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Cambio de IVA y abonos sobre factura

inar

Hola. Os cuento una duda que tengo y que hablando con varias personas (AAPP inclusive), la verdad es que no me terminan de aclarar.

Todos sabemos que a partir del 1 de Julio entra en vigor el nuevo IVA. Por ejemplo, en el grupo donde se aplica el actual 16%, pasa a aplicarse un 18%. Bien, supongamos lo siguiente:

Emitimos una factura por, digamos 1000€+IVA en Mayo. Llegado el mes de Septiembre, al cliente hay que hacerle un abono de 500€+IVA. ¿Qué IVA se le debiera aplicar en ese abono? ¿El 18% con lo cual deberíamos abonarle proporcionalemnte un importe final mayor de lo que él pagó en su día? (menudo chollito :P ) ¿O existe alguna excepción para casos de este tipo y se podría mantener el 16% en ese abono?

Gracias por las respuestas y, por favor, no politizemos el tema ;)

eThAn

Yo entiendo que si una factura se emite con un IVA, y al empresario se le va a cobrar ese IVA, los abonos se hagan con ese IVA. No entiendo yo mucho pero es lo mas lógico.

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inar

Esa es la interpretación a priori que yo también hago, pero no lo tengo confirmado.

BocaDePez
BocaDePez
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Lo que tu abonas es una factura en un momento determinado de la vida: FACTURA 0001 - 01 ABRIL 2010, por lo que debes abonar lo que contiene esa factur a(lo que contenía en ese momento) y nada de actualizarla.

Es como decir: "Le he cobrado un lapiz a 1 euro, pero ahora cuesta 2, le tengo que abonar 2 euros?" NO.

Un saludo.

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inar

El precio no varía. El abono se calcula sobre los conceptos o el importe base, el cual sigue siendo el mismo. El problema viene al aplicarle el nuevo IVA, como en cualquier otra factura, donde el importe final sí resultaría superior.

BocaDePez
BocaDePez
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La medida no tiene caracter retroactivo, las facturas emitidas antes de la subida se computan a todos los efectos como si no existiese subida, sea cuando sea el abono (o por ejemplo la devolución, no tiene sentido ir a comprar el día antes de la subida, y que te devuelvan el importe con el IVA corregido, así saldrías ganando).

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inar

Sí, por lo que he estado consultando, parece que es así.

Gracias :)

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BocaDePez
BocaDePez

En los supuestos de modificación de la base imponible que deban realizar con posterioridad al 1 de Julio, la rectificación de las cuotas repercutidas tendrá en cuenta los tipos que se aplicaron cuando se produjo el devengo de las operaciones y no el que esté vigente en el momento de efectuarse la rectificación.

Espero haberos aclarado las dudas.

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BocaDePez
BocaDePez

yo entiendo que estoy abonanado un producto cuando se compro costo ej 100 mas iva 116 ahora abono el producto que sigue valiendo 100 mas iva 118 es hacinda quien pierde y el cliente gana a la empresa le da igual.

BocaDePez
BocaDePez

tendrás que aplicar el mismo IVA que le repercutiste por el mismo bien objeto de la factura. para más información creo que es mejor que te informes en la propia página de la agencia tributaria.

BocaDePez
BocaDePez

ES EL 16% PARA ABONOS DE MERCANCIA FACTURADA AL 16