1- Le cuentas la "historia" a la primera persona con la que te pones en contacto. Que te han cobrado la tramitación de baja, que es ilegal según la Ley 44/2006 (BOE 30-XII-2006),exposición de motivos IX, apartado 6, sección 3, parrafo segundo: "..El consumidor podrá ejercer suderecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebró, SIN ningún tipo de sanción o de cargas onerosas...."
2- Te dicen, en mi caso que el contrato es de 2005, que eso es para lo contratado desde el 1 de septiembre de este año o alguna "milonga" similar, (que venía en el correo de bienvenida o a saber...)
3- Les comentas que la Disposición transitoria primera de dicha Ley 44/2006, de 29 de diciembre de Mejora de la protección de los consumidores y usuarios (BOE 30-XII-2006) dice textualmente:
Los contratos con los consumidores deberán adaptarse a las modificaciones introducidas por esta ley en el plazo de dos meses desde su entrada en vigor (por cierto, al día siguiente al de su publicación en el BOE) Transcurrido dicho plazo, las cláusulas contrariasa lo previsto en esta ley serán, por tanto, nulas de pleno derecho.
Demoledor ¿eh?, cosas de las leyes (las exposiciones de motivos y especialmente las disposiciones adicionales y transitorias suelen tener mucha chicha)
4 Te pasan con alguien de consultas administrativas. Esto ya es con alguien del país.
5- Repetimos pasos 1 a 3.
6- Como "atención especial" te retiran el cargo. Menos mal que lo indica expresamente la ley, que si no...
7- Importante: Solicitais el número de referencia, para reclamar cuando os envíen el aviso de impago.
Espero que os sirva de ayuda