He dado de baja una de las líneas ADSL que tengo con Pepephone y al parecer, lo de no poder facturar más allá de dos días hábiles, como marca la ley, lo hacen a su manera. En su contrato figura lo siguiente:
7.- TERMINACION Y RESOLUCION DEL CONTRATO
1. Por decisión propia del CLIENTE: a) Comunicando directamente a Pepephone la Baja del Servicio por cualquier medio fehaciente. Pepephone dispondrá de un máximo de 2 días hábiles para cursar la solicitud de baja y adicionalmente TELEFONICA S.A.U dispondrá de un máximo de 5 días hábiles para aceptar o rechazar la baja y comunicarlo a Pepephone. Una vez aceptada la baja, TELEFONICA S.A.U dispondrá de un máximo de 10 días hábiles para ejecutar la baja. Pepephone tomará como fecha de finalización del servicio de CLIENTE a efectos de facturación, dos (2) días naturales posteriores a la fecha en que surtió efecto la baja del servicio.
Así que básicamente lo veo como puentear la ley para que sea como era antes y que no puedas reclamar. ¿Pueden hacer eso?