Oye, miré en un artículo del economista que son seis años. Probablemente por la normativa de facturas que dispone un periodo de conservación de 6 años.
Seis años de inscripción máxima o que figure ese plazo. pero también hay un límte interactivo con el vencimiento de la factura. Cuatro meses de plazo para inicio de la inscripción tras comunicarlo al interesado. Y luego hasta seis años.
O sea que si te apuntan a los seis meses de vencida la factura estarías 5 años y 10 meses ( y un día ?¿?¿?¿?¿). jajajajajaja
:P
Me estaba preguntando cómo controlan las partes los cargos en factura ? . ¿ Existe un control sobre los contadores de consumo ?. ¿ Existe algo similar a un taxímetro en el sector de las comunicaciones ?. ¿ Qué puedes hacer si te reclaman un cargo de una llamada que tú afirmas no haber hecho ?