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Alargado indefinidamente el plazo de devolución de las compras online y en el comercio

Josh
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Las medidas que hoy publica el BOE contemplan en su artículo 21 la suspensión del plazo de desistimiento que habitualmente es de 14 días, suspendiendo el calculo de los días indefinidamente hasta que se anule el estado de alarma, momento en el que se reanudará.

Artículo 21. Interrupción del plazo para la devolución de productos durante vigencia del estado de alarma.

Durante la vigencia del Estado de Alarma o sus posibles prórrogas, se interrumpen los plazos para la devolución de los productos comprados por cualquier modalidad, bien presencial bien on-line. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma o, en su caso, las prórrogas del mismo.

www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-…020-3824.pdf

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