Así es, pero por lo que tengo entendido y en base a que existe relación contractual, creo que es conveniente aclarar que el uso de los datos recogidos queda supeditado únicamente a promociones internas de productos y/o servicios del proveedor (Euskaltel, en este caso), y únicamente también relacionados con el tipo de servicio y/o producto contratado por el cliente.
Tomando una de las muchas resoluciones de la AGPD:
Artículo 21. Prohibición de comunicaciones comerciales realizadas a través de correo electrónico o medios de comunicación electrónica equivalentes (artículo modificado por la Ley 32/2003, de 3 de noviembre).
1. Queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas.
2. Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación cuando exista una relación contractual previa, siempre que el prestador hubiera obtenido de forma lícita los datos de contacto del destinatario y los empleara para el envío de comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de su propia empresa que sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación con el cliente.
En todo caso, el prestador deberá ofrecer al destinatario la posibilidad de oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales mediante un procedimiento sencillo y gratuito, tanto en el momento de recogida de los datos como en cada una de las comunicaciones comerciales que le dirija.
Fuente: aepd.es/es (pág. 2)
Esto es, creo que hay que aclarar que Euskaltel no podrá facilitar estos datos a terceros o empresas asociadas sin el consentimiento expreso del titular del contrato. Esos datos recogidos con esa autorización no revocada como cliente y obtenida por el propio contrato, solo le permite realizar promociones propias de sus servicios y/o productos objeto de su actividad.
Por tanto y entendiendo que debido a la relación contractual se admite de facto el consentimiento por parte del cliente para el envío de tales comunicaciones, Euskaltel ofrece con esta opción la posibilidad de revocar dicho permiso por parte del cliente.
Al menos, así lo interpreto yo.
Saludos.