Buenas,
a ver intentare resolveros las dudas que podamos tener. Consultando los contratos y toda la informacion con mi abogado.. Os resumo...
Hay 2 contratos, el de la preasignacion del telefono y el del ADSL.
En la preasignacion pone las condiciones generales de contratacion y despues 2 coletillas (estan abajo )
En esas dos coletillas trata de condiciones particulares sobre la preasignacion... Esto es si tu tienes contratado 1 semana de llamadas gratis pues se aplica esa clausula, y si tienes tarifa plana 24 horas pues tienes esa otra clausula. Por tanto segun me ha comentado se puede firmar perfectamente ese contrato y enviarlo, porque ellos no pueden demostrar que tengamos 1 semana gratis ni tarifa plana 24 horas hasta que no firmemos el contrato ADSL.
Añadir que la permanencia de 1 año en ese contrato se refiere a la marcacion automatica y no al ADSL.
En el contrato del ADSL es en el que hay que tener cuidado... porque ahi... lo mas seguro es que tambien ponga 1 año de permanencia. Yo llame al SAT y tras colsultar a los superiores 3 veces me dijeron que si venia esa clausula pues que no lo firmara... pero que todavia no tenian los contratos nuevos.
Por tanto si solo firmamos el contrato de preasignacion y no el del ADSL solo hemos autorizado a Jazztel a que nos preasignen la linea de telefono y en cualquier momento... nos podriamos dar de baja tanto del ADSL como de la preasignacion.
Del adsl nada mas que tramitarlo con Jazztel, y de la preasignacion creo que solo con llamar al 1004 y decir ke os lo han preasignado y ke vosotros no quereis basta :D Son asi de chulos :D
Bueno espero haber destapado este tema un poco.
Un saludo ;)