Protección de datos obliga a Vodafone a entregar a un cliente el histórico de la ubicación de las antenas a las que se conectó su línea móvil, al tratarse de un dato personal cubierto por el derecho de acceso. El usuario reclama la ubicación de todas las líneas que forman parte de su contrato, lo que podría abrir la puerta a que los titulares de un contrato sepan dónde han estado los miembros de su familia.
La ley obliga a guardar la ubicación de los móviles
Las operadoras de telecomunicaciones tienen la obligación legal de almacenar algunos datos de la actividad de sus clientes al utilizar sus servicios, como al llamar por teléfono o navegar por internet. La ley de conservación de datos de las comunicaciones obliga desde 2007 a las compañías a conservar durante un año datos sensibles como el IMEI del móvil, la IP asignada al navegar y la geolocalización de la antena móvil que da la cobertura. Estos datos quedan almacenados y disponibles para la justicia en caso de que sean requeridos durante una investigación.
Lo que no sabíamos es que el cliente también tiene derecho a acceder a esta información. En realidad tiene su lógica, dado que se trata de datos personales y como tales, la ley reconoce el derecho del usuario a acceder a ellos.
En el pasado la Agencia Española de Protección de Datos ya ha obligado a las operadoras a facilitar al cliente datos personales atípicos, como la grabación de voz al contratar por teléfono. Esta vez lo hace con los logs de su actividad. Y esto tiene algunas implicaciones delicadas.
Vodafone obligada a facilitar los logs de geolocalización a un cliente
La AEPD insta a Vodafone1 a responder a la solicitud de un cliente que pidió ejercitar su derecho de acceso a la ubicación de 7 líneas móviles contratadas a su nombre. En su primera solicitud, la operadora rechazó entregar estos datos, alegando que "no era posible facilitarle el históricos de los datos de ubicación y localización de sus líneas telefónicas" y añadiendo que "únicamente puede facilitar el acceso a dicha información a las autoridades en el marco de una investigación penal y previa autorización judicial".
La AEPD no piensa lo mismo, ya que la ley no hace excepciones para el acceso a los datos personales y deja claro que esta información está cubierta por el derecho de acceso.
La conclusión es que los datos de ubicación de la línea telefónica pueden ser objeto de petición de derecho de acceso.
¿Puede el titular saber donde han estado los miembros de su familia?
La agrupación de varias líneas móviles en un único contrato a nombre de un único titular es una práctica común especialmente dentro del hogar y la familia, ya que permite acceder a paquetes con un precio más económico. Que la operadora facilite estos datos al titular supondría que éste puede tener acceso al histórico de la ubicación de sus familiares. El titular podría por ejemplo saber dónde ha estado su pareja sin conocimiento de esta. No todo el mundo se sentirá cómodo sabiendo esto.
Es por eso que la AEPD deja sobre Vodafone la responsabilidad de facilitar solo los datos de la línea utilizada por el usuario, a pesar de que esta información está fuera del alcance de la operadora.
A este respecto, la parte reclamada deberá adoptar las precauciones necesarias para garantizar que únicamente se facilitan a la parte reclamante los datos personales que conciernan a dicha parte reclamante, por ser esta última la usuaria (no solo la titular) de la línea telefónica móvil.
Desde Vodafone nos aclaran que "la AEPD todavía no ha contestado a nuestro escrito motivado, por lo que no dicha resolución no es definitiva".