El pasado lunes se ha comunicado a la Asociación de Internautas que el recurso de casación, que interpuso en el año 2006, contra la Sentencia que determinaba su responsabilidad absoluta por contenidos alojados bajo un dominio web que no era suyo ("(link roto)"), ha sido por fin admitido a trámite. Será debatido en el seno del Tribunal Supremo, con los consiguientes efectos jurisprudenciales que conlleva para la difusa doctrina existente sobre la responsabilidad de los prestadores de servicios de la sociedad de la información en España.
En su momento, la AI explicó judicialmente que, ni la LSSI ni la Directiva 2000/2000/CE sobre el comercio electrónico, permiten que se haga responsable al proveedor de servicios de la sociedad de la información, por los contenidos elaborados, editados y publicados en Internet por terceras personas.
De interés: Texto Admisión recurso de casación
Fuente: internautas.org/html/5038.html