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Telefónica tendrá que limitar a 65 ms. el ping del ADSL para garantizar la VoIP

Joshua Llorach

El regulador quiere mejorar la calidad del ADSL indirecto que los operadores ofrecen utilizando la red de Telefónica allí donde no llegan con su propia red. El objetivo es que las condiciones de la red sean suficientes para que puedan ofrecer voz sobre IP con calidad.

La VoIP es un sistema con muchas ventajas para los operadores alternativos. Con él reducen costes, pudiendo alquilar el bucle en modalidad naked (sin servicio telefónico convencional), por lo que resulta más barato. El servicio telefónico se transporta entonces sobre la conexión de datos del ADSL.

La mala prensa que tiene la VoIP en España es debida sobre todo a que el tráfico de las líneas ADSL residenciales se transporta en modo best effort, lo que significa que no hay ninguna garantía de velocidad, latencia o perdida de paquetes. La voz sobre IP es un servicio crítico, que necesita que la conexión ofrezca cierta fiabilidad. Lo ideal sería tener reservado y garantizado una parte del ancho de banda de la conexión (de unos 128 Kbps). Esto es lo que está previsto implementar en el futuro, aunque por el momento la CMT considera que es suficiente la imposición ciertos limites a los parámetros del tráfico.

  • Tasa de pérdida de paquetes < 1%
  • Retardo medio < 50 ms (correspondiente a unos 65 ms al incluir el retardo del CPE)
  • Variación del retardo < 30 ms
  • Disponibilidad > 99%

Esto significa que la latencia entre el router del cliente y el punto de acceso indirecto del operador no podrá ser mayor de 65 ms. El jitter (variación de retardo) deberá ser inferior a 30 ms.

Estos valores deben ser entendidos como objetivos de calidad (SLO, objetivos de nivel de servicio), que permiten disponer de una orientación sobre el valor máximo medido pero cuyo incumplimiento no conlleva asociada penalización alguna ni podrá ser considerado una incidencia (de manera equivalente a Telefónica, que no garantiza estos parámetros a sus clientes finales); sin embargo, Telefónica sí deberá velar por que en condiciones normales de funcionamiento de la red (es decir, fuera de ventanas de actuación o mantenimiento) se cumplan estos valores.

Actualizado