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El Supremo obliga a Digi a pagar 17.000€ a Basauri, sentando precedente para que los ayuntamientos cobren por desplegar fibra

Joshua Llorach
Tienda Digi Bilbao

Digi es una de las operadoras que más fibra han desplegado en los últimos años, sobre todo una vez que las grandes, como MásOrange y Movistar, han empezado a darse por satisfechas con la extensión que ha alcanzado su red tras más de una década de despliegues.

Digi ha seguido una estrategia bien pensada, focalizándose en las zonas donde sabía por adelantado que su red iba a ser rentable. El acuerdo para usar la fibra indirecta de Movistar le facilitó conquistar todos los grandes núcleos de población del país en solo dos años y medio. En una segunda fase, los barrios con más clientes sobre la red de Movistar fueron elegidos para desplegar su propia fibra, ahorrándose así el alquiler de la red de Movistar a medida que estos clientes eran traspasados a su red propia de fibra Smart.

La Ley General de Telecomunicaciones eliminó muchas trabas para que las operadoras puedan instalar fibra y antenas de telefonía móvil con rapidez sin esperar a autorizaciones de vecinos y administración. Digi también ha encontrado en la LGT, concretamente en el artículo 59.111, un argumento para reducir costes. Y es que la ley especifica que si "sobre una infraestructura de red pública de comunicaciones electrónicas, fija o móvil" se incorpora "nuevo equipamiento", "no se requerirá ningún tipo de concesión, autorización o licencia nueva o modificación de la existente o declaración responsable o comunicación previa a las Administraciones públicas competentes".

Digi evita pagar impuestos municipales

En los negocios ser el primero se considera una ventaja competitiva, pero por lo menos con la fibra a Digi le va muy bien siguiendo el camino despejado por Telefónica. Y es que Digi se ha venido acogiendo a este supuesto para evitar el pago de impuestos municipales, concretamente el ICIO (Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras), tasa que grava con un 2% del presupuesto las obras que requieren licencia o declaración responsable.

Para evitar pagar el ICIO, Digi argumenta que no construye, sino que utiliza la infraestructura ya construida por Telefónica, puesto que le alquila sus conductos gracias a la oferta mayorista Marco, y que su trabajo consiste en"instalar sus redes de último tramo y equipos".

El Ayuntamiento de Basauri lleva a Digi al Supremo

El Ayuntamiento de Basauri ha llevado el caso al Tribunal Supremo, después de que el Juzgado de lo contencioso-administrativo 4 de Bilbao diese la razón a Digi, eximiéndole del pago de 17.000 € que se le reclamaban en concepto del ICIO. Sin embargo, el Supremo ha dado finalmente la razón al Ayuntamiento2, obligando a Digi a pagar los 17.000 €.

La sentencia sienta un precedente negativo para todo el sector, puesto que fija doctrina para casos similares. Es de esperar que otros Ayuntamientos adapten sus ordenanzas para aprovechar esta nueva fuente de ingresos procedente de las operadoras que despliegan cableado de fibra.

El despliegue de redes de comunicaciones electrónicas, consistente en el tendido de cables de fibra óptica por canalizaciones de otro operador o de nueva colocación, tanto por las fachadas de inmuebles como por su interior, constituye una instalación a los efectos del hecho imponible del ICIO, y, en las circunstancias del caso, comporta la realización de una instalación, que requiere declaración responsable a presentar ante el Ayuntamiento de la imposición, por cuanto no integra una actuación de innovación tecnológica o adaptación técnica que supongan la incorporación de nuevo equipamiento.

  1. Art. 11 de la LGT
  2. Sentencia del TS

Actualizado