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La prohibición del spam telefónico entra en vigor, pero podrán seguir llamandote en estos casos

Joshua Llorach
Spam llamadas telemarketing call center

Las llamadas comerciales son desde hoy ilegales si no cuentan con el permiso expreso del destinatario. El BOE publicó ayer el protocolo que tendrán que seguir las empresas al llamar en los pocos casos que seguirán permitidas. La excepción es que podrán llamar para tratar de recuperar a sus clientes hasta 12 meses después de finalizar el contrato.

El spam telefónico queda prohibido en España desde el jueves 29 de junio de 2023. La Ley General de Telecomunicaciones modificada hace un año introdujo el derecho de los usuarios "a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial", pero éste no entraba en vigor hasta un año después. El plazo vence hoy y eso implica que las empresas que utilicen las llamadas comerciales para captar clientes estarán cometiendo una ilegalidad sancionable.

Hasta ahora existía el derecho a oponerse a recibir este tipo de llamadas previa inscripción en una lista de exclusión publicitaria como Robinson. Los centros de llamadas consultan este listado al ejecutar sus campañas y si el número al que van a llamar figura en él lo descartan. La novedad es que en principio ya no es necesario inscribirse, ya que por defecto todos los números de usuarios particulares quedan excluidos, aunque figurar en este listado nos seguirá protegiendo en algunos casos.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es quien se encargará de que se cumpla la ley, por lo que, tras un periodo de consulta, hoy el Boletín Oficial del Estado publica la circular1 donde se explica cómo actuarán las autoridades para vigilar las llamadas comerciales. Regularlas es necesario para "poner fin a la práctica generalizada de realizar llamadas comerciales a números generados de forma aleatoria" dice el texto.

Nuevas obligaciones para las empresas al hacer llamadas comerciales

Por una parte quedan prohibidas las llamadas comerciales a números aleatorios. Por otra parte, las guías de abonados de las que se extraen números para las campañas incluirán un nuevo campo indicando si el titular ha prestado su consentimiento. Las empresas tendrán que consultar este campo para comprobar si el destinatario permite que le llamen.

La AEPD permitirá las llamadas comerciales en algunos casos, como cuando el titular sea un profesional o empresario. También las empresas podrán llamar a sus clientes y exclientes para vender productos similares al contratado. Si el contrato ha vencido solo podrán llamar para recuperar al cliente durante los siguientes 12 meses. En este punto entra en juego la Lista Robinson, ya que si el usuario figura en ella, la empresa seguirá sin poder llamar a su cliente o excliente con fines comerciales.

La circular de la AEPD fija un protocolo estricto que deben seguir las llamadas comerciales permitidas:

  1. La primera es que al inicio de la llamada la empresa responsable deberá identificarse e indicar que la llamada tiene fines comerciales.
  2. El operador tendrá que informar sobre la posibilidad de revocar el consentimiento a ser llamado.
  3. En el caso de que el usuario diga que no quiere ser llamado habrá que tomar nota de su petición.
  4. Además las llamadas tendrán que grabarse para poder ser utilizada la grabación como medio de prueba de que la llamada cumplía la legalidad.

El spam telefónico no desaparecerá por completo: call centers en el extranjero y caller ID spoofing

Aunque la nueva normativa va a reducir mucho el spam telefónico, éste no desaparecerá por completo. Hay que recordar que a menudo las llamadas de este tipo proceden de call centers situados en otros países que emiten llamadas VoIP con numeración geográfica de España, estando ubicados habitualmente en latinoamérica o Marruecos. Cuando la AEPD envía requerimiento a estas empresas para investigar las denuncias de los usuarios afectados se encuentra con el silencio como respuesta y acaba archivando el caso, por los que los responsables se libran de las sanciones. También son cada vez más frecuentes las llamadas fraudulentas con identificador de llamada falso manipulando el CLI, de forma que el usuario no puede saber el origen real de la llamada ni las autoridades investigar al responsable.

  1. boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-15071

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