En los últimos días, y en virtud de una denuncia ya antigua presentada en la Comisión Europea, España ha sido condenada por el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea a pagar un canon, una compensación, por aquellos ejemplares que dejan de ser vendidos como consecuencia del préstamos de libros. Nuestro país no cumplía, y ojo con esto porque es tremendo, con la directiva 92/100CEE, que resulta ser tan antigua como de noviembre de 1992 (ni siquiera se llamaba UE; ese año con la firma del tratado de Maastricht, ya lo hizo) y una de las primeras veces que decidió tocarse los derechos de propiedad intelectual y afines.
El Tribunal reconoce que la normativa europea permite a los países "eximir a determinadas categorías de establecimientos del pago de dicha remuneración". Sin embargo, "el hecho de eximir a casi todas, o incluso a todas las categorías de establecimientos que efectúan tales préstamos (...) privaría a los autores de una remuneración que les permitiese amortizar sus inversiones", por lo que "va en contra del objetivo principal" de la Directiva, indica la sentencia que leo en Hispamp3.
En ACAM, cuentan demandas de los escritores tan estrambóticas como que exigen, junto a los productores, la ampliación de sus derechos. Quieren disfrutar de ellos más allá de los 50 años actuales, ampliándolos a 70 y equiparándolos, de este modo, a los de los autores. El sector editorial facturó en 2005 2.933 millones de euros.
Bien es cierto que esta compensación es diferente a los CDs/DVDs porque aquí el préstamo es incuestionable y se pretende que el canon nunca afecte -ya lo veremos- al posible lector. ¿Son las formas para potenciar la lectura? ¿Qué ha hecho este año la Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria? Hay que subir los libros a las redes de pares. Las leyes analógicas mal retocadas y aplicadas al siglo XXI traen consecuencias: I love P2P.