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Sentencia: la copia sin animo de lucro no es delito

BocaDePez

Segun noticia aparecida en

elconfidencial.com/elconfidente/indice.a…_s=Lunes&psw=

y al parecer en otros medios de comunicación, la juez Monserrat Birules (hermana de la ex-ministra de Ciencia y Tecnologia) firmo el pasado 28 de enero una sentencia en la que absuelve a los responsables de una tienda de alquiler y venta de videojuegos, estimando que la posesion de copias (37 copias de videojuegos incautadas) sin animo de lucro no constituye delito.

El mismo articulo remite a la sentencia completa en el enlace:

(link roto)

💬 Comentarios

besugo

Con 2 co*ones ... ya está bien de que nos pisoteen.

BocaDePez
BocaDePez

Menos mal que es así que si pillaran todos los cds q tengo piratas me caería una buena, jirjirjirjir, saludos a todos los asiduos y pajilleros mayores.

..y torrente dijo... nos hacemos unas pajillas chavales...?

darkito

La sentencia se refiere a copias de seguridad ! no a soft bajado de internet del cual ni tenemos original ni factura de compra.

Resumiendo lo resumido que no es ilegal que te compres un juego y que por seguridad te hagas una copia de seguridad del juego por si se te raya el cd o lo pierdes siempre y cuando tengas una prueba de que has comprado el original o sea la factura o ticket de compra de dicho soft.

Aqui en ningum momento ser refiere a que tengas libertad de bajarte soft de inet que ni has comprado y ni tienes original ni factura ni nada.

A ver si entendemos las cosas bien, que parece que vivimos de ilusiones.

Hay que diferenciar lo que es una copia de seguridad y a lo que es piratear y/o bajar soft de inet del cual no hemos ni comprado ni nada.

Copia de seguridad : se refiere a la copia de un software adquirido de forma legal por un individuo y la cual como su propio nombre indica es una COPIA DE SEGURIDAD ya que en envase en el que viene dicho soft (CD, Disketes u otros medios de almacenamiento) pueden deteriorarse.

Pensad bien si lo que teneis vosotros en el emule kazaa etc etc es una copia de seguridad!! ? creo que no es asi!

🗨️ 6
BocaDePez
BocaDePez

de acuerdo contigo, se refiere exclusivamente a copias de seguridad, pero esta sentencia es un argumento mas EN CONTRA DEL PUTO CANON que cobran a los CD-DVD. Tu no tienes que pagar un impuesto por tu copia de seguridad legitima. Ya que los politicos tanto de un lado como de otro le hacen la cama a la SGAE, es bueno que los jueces defiendan al consumidor.

Evidentemente, el tema del P2P es otra cosa, en eso no entro.

🗨️ 5
darkito

Si se lo que quieres decir esto no se trata de p2p pero si lees el 1mer y 2do post pues parace ke se alegran por que consideran legan sus CD´s piratas.

Bueno el primero no tanto pero el segundo .....

BocaDePez
BocaDePez

no seria por la copia de seguridad, si les aprietas te diran ke el canon es por el perjuicio ke sufren al no venderte un segundo original despues de ke el primero te lo haya comido el caiman ke tiene el vecino de al lado(ke mas o menos es lo ke dice la ley pero sin cocodrilo). Nunca te diran ke es quid pro quo, no es un intercambio canon por copia de seguridad, asi evitarian ciertas posibilidades..... :P

todo esto hipotetikamente, si se llegara a una situacion en ke fueran a kedarse sin la pasta, empezarian nuevas interpretaciones :P....... ke si el prejuicio no es solo por la copia de seguridad, ke si la pirateria, ke si magneto, ke si la t3t4 de janet jackson les persigue........ :P

nada, lo de siempre :P

---burbujaaa---

🗨️ 3
3DFiZ

Jue.. mira que yo pensaba que la copia de seguridad era un derecho que tenia el consumidor.. y ahora va y es una juez la que dice que realmente si es legal el tema..yo cada dia entiendo menos esto.. y ya como para marear mas el asunto si realmente tenemos derecho a esa copia de seguridad, por que es legal que protejan los discos contra copia?, eso creo que evita nuestro derecho a realizar una copia de seguridad..pero bueno dentro de unos añitos vendra el hermano de Piqué y nos dira que es legal que nos enfademos por el canon.. o algo parecido..

Es que nos contentamos con cada cosa que...

Saludillos a todos..

🗨️ 2
Zheo

Porque me parece que el concepto de copia de seguridad está limitado por la EULA del programa en cuestíon.

Es decir, puedo hacer una copia privada de un CD de música, pero por ejemplo, de un juego estoy limitado a hacer una copia de seguridad o no, o en algún soporte dependiendo de la licencia.

No tengo mucha idea de esto, a ver si alguien nos ilumina.

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez

por varias razones. En el sistema legal español la existencia de una sentencia no sienta jurisprudencia así que otro juez en el mismo caso puede dictar todo lo contrario y aquí no vale aquello del "es que en este otro caso el juez dijo...."

Segundo porque lo que ha hecho este juez es no admitir las pretensiones de la acusación PERO tampoco ha dicho que lo que hizo el acusado es totalmente legal. Dice la sentencia (o el recorte que, intencionadamente o no, exponen los del bufete) El acusado tenía en su poder un número considerable de copias ilegales de programas. Vamos, que reconoce que hay ilegalidad en las copias. Lo que no está probado es que "traficara" con esas copias con ánimo de lucro pero si puede ser imputado por posesión (sic) En resumen, que el titular de esta noticia no se ajusta a la verdad, o al menos la verdad que quieren sacar de esta noticia.

Lo curioso es que nadie ha comentado el excesivo interés del bufete Almeida en todo este tema. Es razonable pensar que lo hacen "por defender a la comunidad" o podríamos pensar que han visto un enorme filón de negocio en un tema muy verde aun en el que pueden manejar mucha publicidad y más dinero? Eso también habría que plantearselo.

🗨️ 2
Baudelaire

Esto es España,...y España no se rige por el Derecho Anglosajón,donde al precedente judicial le asiste verdadera fuerza de ley.
En el mundo Hispano,la Jurisprudencia tiene un significado distinto,es el criterio constante y uniforme de aplicar el Derecho por parte del tribunal supremo.
Así que en España las resoluciones constantes y uniformes emitidas por el Tribunal Supremo sientan Jurisprudencia y modifican los terminos en los que se expresa la Ley vigente.

De donde sacas lo que dice la sentencia"...número considerable de copias de programas" Anda leetelo de nuevo(confundes churras con merinas)

Excesivo interés de Sanchez Almeida?
No lo va atener si era el abogado defensor.XDDD.

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

la próxima vez que leas algo y pretendas responder no lo hagas desde la cama. Seguro que respondes a un post en BandaAncha? Tu lees y se te queda algo de lo que lees? No serás analfabeto funcional?

BocaDePez
BocaDePez

Acaso una sentencia contraria iba a hacer que dejaramos de piratear?

La verdad es que no entiendo la euforia. Si la gente copia, es pq se pasa la ley por el forro de los huevos, por lo cual que pase a ser legal o no copiar software, le va a dar igual. Eso de alegrarse es una pollez como otra cualquiera. Pero tio, si vas a seguir pirateando, no seas hipocrita!

yatique

No se trata de la 1º cosa en la que se establece que si realizas copias pero on son con animo de lucro no esta estipulado como delito, haciendo memoria creo haber leido esto mismo en alguna cinta VHS y algun otro soporte, bueno más concretamente decian que toda copia realizada con intencion o con animo de lucro seria considerada delito, pero si te lo quedas para uso privado no.

Sobre este articulo se basa la ley que permite que los usuarios domesticos puedan tener copias de sus cintas y cds para uso privado, puesto que no es por animo de lucro, esta noticia no va más lejos de lo que ya se sabia de antes, pero alguna empresa se pensaba que los jueces se habian ya olvidado de que el consumidor de a pie tiene derecho a realizar sus copias.

Puesto que se supone a buena fe que la copia la tienes de un original, si te llevan a juicio siempre puedes decir que no se leia bien el original. Y que creaste una imagen y lo planchaste. A ver quien te lleva la contra.

BocaDePez
BocaDePez

es decir, que nosotros siempre hemos tenido el derecho a tener una copia de seguridad, no?

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

nunca está de más manipular un poquillo los hechos para intentar justificarse en temas totalmente ajenos a los que en realidad toca la sentencia. Vamos, lo que hacen los telediarios de TVE 1 pero aceptado como dogma de fe por los que intentan justificar lo injustificable.

🗨️ 1
Baudelaire

Querido BocaDePez (80.58.46.---) eres la mosca cojonera que vas de foro en foro dandotela de erudito en la materia ,...y no eres más que un pobre diablillo que no sabe ni siquiera leer;así que no nos venga a tocar los cojones con rancias teorias sobre manipulaciones.
El único que manipula la información eres tú.

Entre otras cosas has dicho:

> En el sistema legal español la existencia de una sentencia no sienta jurisprudencia así que otro juez en el mismo caso puede dictar todo lo contrario y aquí no vale aquello del "es que en este otro caso el juez dijo...."
Ya te he contestado en un post anterior.

> El acusado tenía en su poder un número considerable de copias ilegales de programas. Vamos, que reconoce que hay ilegalidad en las copias.
Lo que no está probado es que "traficara" con esas copias con ánimo de lucro pero si puede ser imputado por posesión (sic) En resumen, que el titular de esta noticia no se ajusta a la verdad, o al menos la verdad que quieren sacar de esta noticia."
Vuelve a leer el enlace.Chico, el enlace es un resumen ,...un resumen de una sentencia citada por el catedratico en Derecho penal Sr. Gonzalez Gomez
No tiene nada que ver con el caso que nos ocupa ni con el Sr.Sanchez Almudia(...si existe una pequeña relación entre el Sr. Almudia y el Sr Gonzalez
,lo ha leido muchisimo y ha sido fuente frecuente en sus articulos)
APRENDE A LEER

Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 10ª, 10-6-1995

(Resumen de la sentencia, citada por el Dr. D. Alejandro González Gómez en su excelente obra -y tesis doctoral dirigida por el Dr. D. Enrique Gimbernat Ordeig-, "El tipo básico de los delitos contra la propiedad intelectual - De la reforma de 1987 al Código Penal de 1995", Editorial Tecnos, 1998.

!!Si viene a demostrar que sentencias constantes y uniforme,SI CREAN JURISPRUDENCIA !!
Sobre la sentencia a la que hace referencia la noticia ,añadir que la defensa se baso para probar que los hechos no eran legalmente constitutivos de un delito contra la propiedad Intelectual, previsto y penado en el art 270.1 CP,porque no concurrian los elementos que Integran dicha infracción formal.
!No existia el requisito de procedibilidad exigido en el articulo 287.1 CP!
!Desde el examen de la prueba articulada había quedado acreditado que el material intervenido no era de copias ilícitas
ni que estuviera en exposición u oferta para venta al público !
Como anecdota curiosa hubo que esperar al dictado de la sentencia cerca de 20 minutos para resolver problemillas que aparecierón para GRABAR LA VISTA (en un CD con canón XDDD)

Asi que chico date un rulito por otros lares y dejate de hablar de lo que no sabes.

P.D Por cierto la noticia pone de fecha un 20 de Septiembre y el registro se realizó el 22/9/99
!!!COMPARTIR ES LEGAL!!!¿ LO RECUERDAS ?
Hasta otra.

BocaDePez
BocaDePez

vamos a ver, no se trataba de una tienda de alquiler y venta de videojuegos? donde esta entonces el lucro? no utilizaban las copias para hacer negocio? si tu haces 37 copias de un videojuego (vaaale, de vaaarios) y los pones a alquilar, obviamente te estas lucrando con esas copias. ganas hasta 37 veces mas que con un solo original y encima las copias te salen infinitamente mas baratas que comprar 37 originales (370.000 pelas?)...

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

37 copias incautadas usease 37 copias en total, tu no crees ke una tienda de alquiler no tienen mas de 37 juegos ??

Lo normal de una tienda de alquiler por lo menos las que yo he visto es que se guarden el original y te alquilen la copia.

y lee bien que son 37 en total no 37 de cada juego. !!!