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Sentencia del caso SGAE contra Traxtore

Alejandro Santos

Teníamos en enlace hace unos días y pedimos disculpas porque nos había sido imposible redactar una nota para compartirlo. Ya está disponible la sentencia en la que el Juzgado Mercantil Nº 4 condena a Ana María Méndez al pago de 16759.25 euros, intereses legales de 18094.70 más costas a SGAE por compensación por copia privada. Lamentablemente el juez no ha entrado en consideraciones más profundas sino se ha limitado a delimitar legalmente el por qué de la copia privada -de la OMPI hasta los últimos cambios en la LPI- y condenar al pago. Esperemos que en la Audiencia Provincial se valoren los argumentos que Ana María Méndez ponía sobre la mesa.

En su contestación a la demanda, el demandado utiliza más de 150 farragosos folios en exponer, en mi opinión, de una forma absolutamente confusa, una serie argumentos insostenibles relativos a la posible inconstitucionalidad de la regulación expuesta, argumentos que carecen del más mínimo rigor jurldico y que resultan por lo descabellados imposibles de contrargumentar lógicamente. La único que merecen es un rechazo general, afirmando que no existen motivos para plantear la cuestión de inconstiucionalidad al Tribunal Constitucional ni cuestlon prejudicial alguna al Tribunal de Justicia la Comunidad Europea.

Algunos escribimos en la intimidad de ciertos foros que el enfoque utilizado no era adecuado aunque públicamente defendimos la demanda. Es momento de reescribir y pensar bien cómo afrontar el nuevo paso porque este proceso no ha terminado, por duro, seguramente en la cita que usamos excesivamente, que haya sido Luis Rodríguez Vega, magistrado-juez.

Acceso a la sentencia
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El brillante letrado David Maeztu -crítico en su día con la sentencia- da su opinión. Ana María Méndez interviene en los comentarios.

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