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Sentencia absolutoria en España por intercambio de archivos en Internet

TaJiNaSTe

Al fin tenemos una sentencia en nuestras manos. Está bien estar seguro de algo, te puede parecer que una ley dice claramente lo que dice. El espíritu legal puede estar claro, el contexto para el que se creo también, los comentarios a esa ley parecen ir en la misma línea e incluso gran parte de la doctrina te apoya pero hasta que el intérprete supremo, el juez, no mete mano, no podemos empezar a estar seguros.

J.M. fue demandado por AFYVE, Promusicae y ADESE por descargar material audiovisual de Internet, ofrecerlo e intercambiarlo con otros usuarios mediante chats. Nunca hubo precio por estas operaciones. El fiscal se descolgó pidiendo dos años de prisión, 16 meses de multa (15 euros-día), las costas del proceso e indemnización a AFYVE por 18.361,53 euros. Casi nada. A AFYVE le gustó esta petición pero ADESE y otros acusadores les faltaba algo así que aumentaron la petición a 3 años de prisión y multa de 20 meses (10 euros-día). El acusado pidió su absolución por considerar que la descarga e intercambio de archivos sin ánimo de lucro no es constitutivo de delito.

Bien, pues el pobre J.M. un peligroso delincuente por lo visto, ha sido ABSUELTO. Como afirma David Bravo, la fuente de la noticia, el interés es que el juez estima que "el intercambio de archivos no es constitutivo de delito por inexistencia de ánimo de lucro sino que lo considera además copia privada".

Fuente: David Bravo

Sentencia al completo

Actualizado