La CNMC sanciona a una operadora wireless de Valencia que telecomunicaciones localizó interfiriendo la señal del radar meteorológico de la AEMET en Cullera al haber desactivado la protección DFS en sus equipos con los que comercializaba fibra aérea.
Las interferencias wifi a los radares son un problema creciente
En los últimos años centenares de pequeñas operadoras de ámbito local han crecido al calor del ocaso del ADSL y la ausencia de la fibra en las zonas alejadas de los núcleos urbanos, utilizando para conectar los hogares tecnologías inalámbricas FWA (Fixed Wireless Access).
El despliegue de estas redes resulta muy económico pues solo es necesario el alquiler de terreno en el punto más elevado de la zona a cubrir, donde se instala la antena que da servicio al vecindario mediante enlaces punto a multipunto, que emplean tecnología wifi de bajo coste. Las compañías que los explotan no necesitan pedir permiso para utilizar el espectro, puesto que utilizan bandas de uso común. Sin embargo, nada las exime de cumplir con los límites de potencia y los mecanismos de protección para no interferir a otros servicios prioritarios que históricamente usan estas frecuencias.
TPC y DFS son dos de los mecanismos que todos los puntos de acceso inalámbricos están obligados a utilizar para emitir en ciertas frecuencias.
- TPC obliga a reducir la potencia de emisión a la mínima necesaria para que la comunicación sea posible, evitando así que las ondas invadan un área mayor de la necesaria.
- DFS obliga a los puntos de acceso a escuchar antes de emitir y abandonar el canal en caso de que un radar esté utilizándolo. Los radares meteorológicos utilizan algunas de las frecuencias de la banda 5 GHz para analizar la densidad y evolución de la lluvia y su imagen se ve distorsionada cuando una señal wifi interfiere su frecuencia.
Respetar esta normativa es molesto para los usuarios particulares y mucho más para las empresas, dado que DFS puede provocar una interrupción de hasta 10 minutos en el servicio que reciben todos los clientes cuando un radar cercano lanza su pulso. Esto es lo que ocurre en las zonas próximas a los 15 radares meteorológicos que la AEMET opera en España.
A pesar de que la normativa lo prohíbe, algunos equipos permiten deshabilitar el mecanismo DFS. Empresas poco escrupulosas utilizan esta posibilidad para priorizar sus emisiones ignorando la presencia del radar.
El resultado lo podemos ver en la página de observación de radar de la web de la AEMET1, donde los ubicados en Corbera (Barcelona) y Cullera (Valencia) dibujan unas extrañas líneas radiales alrededor del punto de observación. Son las interferencias procedentes de puntos wifi cercanos con DFS deshabilitado.
Las Jefaturas Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones es desde donde se controla que el uso del espectro que se hace en todo el país se ajusta a la normativa. Uno de sus instrumentos más versátiles para cazar piratas de las ondas son las unidades móviles de radiogoniometría, una especie de patrulla de las ondas que opera con 17 vehículos equipados con todo lo necesario para localizar la fuente de una emisión e identificar a sus autores.
Sanciones a una operadora wireless por desactivar el mecanismo DFS
Entre diciembre de 2019 y febrero de 2020 la SETID identificó una red wifi emitiendo en 5.620 MHz sin DFS. Esta es la misma frecuencia utilizada por el radar de la AEMET ubicado en Monte de Oro en Cullera, Valencia. Los inspectores localizaron la antena wifi emisora en un edificio y un vecino les informó que pertenecía a la empresa Esystel.
En una visita días después al emplazamiento en presencia de la operadora comprobaron que habían cambiado la frecuencia a 5.240 MHz. La frecuencia utilizada originalmente cae justo sobre el canal 120, en la zona más conflictiva de la banda 5 GHz donde la normativa es más estricta, mientras que la segunda frecuencia corresponde al canal 48 fuera de los canales DFS.
Paralelamente a las sanciones que puedan llegar desde la SETID por interferir a otros servicios, se trasladó la denuncia a la CNMC, lo que motivó otra investigación por no figurar la empresa inscrita en el registro de operadoras desde 2017, dado que su inscripción había caducado.
Esystel se defendió alegando que estaba en disolución, pero la CNMC considera probado2 que mantuvo actividad hasta febrero de 2022, comercializando su internet inalámbrico como AirFibra. Su cifra de negocio declarada en 2020 fue de unos 280 mil €, que es la que se ha tomado como referencia para sancionar con 2.800 € por prestar servicios de comunicaciones electrónicas sin figurar en el registro, lo que se considera una infracción administrativa muy grave.