Buenas,
Ya quedó claro con la famosa circular de la fiscalía que hace falta ANIMO DE LUCRO COMERCIAL para que lo que desde ciertas organizaciones y discográficas consideran delito lo sea de verdad para la jurisdicción penal.
Ahora, se ha reformado la Ley de Enjuiciamiento Civil (la que rige el modo de realizar procedimientos en el ámbito de la jurisdicción civil), mediante una Ley que adapta nuestro Derecho a algunas Directivas europeas. Pues bien, trata sobre las diligencias preliminares a pedir para poder "demandar como es debido", asegurar alguna prueba de la que se intente valer, ... La cuestión es que si léeis el texto de la susodicha Ley, veremos que, de nuevo, es necesario la ACTIVIDAD A ESCALA COMERCIAL para que el Sr. o Sra. Juez de turno pueda acordar estas medidas.
Otra vez, queda clarito por dónde van lo tiros en esta cuestión, ahora, se admiten apuestas, ¿cuánto tardará la SGAE en demandar a un particular e intente alicar estos preceptos? Lo siento por las tiendas que venden CD"s y tal, porque ¿no pagar el canon es un ilícito civil cometido por una tienda, ya que estas sí tienen actividad comercial? También reforman algunas disposiciones de la Ley de Patentes y de Propiedad Intelectual, y eso que a la nueva Ley que nos quieren colar le queda sólo el trámite del Congreso, y hala, a pagar cánon y a meternos rootkits en nuestros ordenadores...
Saludos y a firmar: todoscontraelcanon.com/cgi-sys/suspendedpage.cgi