La entidad de gestión de derechos de autor CEDRO va a ser la encargada de cobrar lo que se ha venido denominando 'canon AEDE' o 'tasa Google' según adelanta eldiario.es/turing/propiedad_intelectual…0561469.html. El artículo 32.2 de la recientemente aprobada reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, recoge la limitación de la reseña con compensación irrenunciable en favor de los autores en el caso de contenidos con "finalidad informativa" (caso de Menéame, Flipboard o Google News por ejemplo).
Aún no hay ningún reglamento aprobado que regule esta normativa que entró en vigor hace casi seis meses. CEDRO cobrará con carácter retroactivo al 1 de enero de 2015, aunque aún quedan por determinar también cuáles serán las tarifas. ¿Qué es lo que exactamente va a cobrar la tasa? Muy pronto lo sabremos.