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¿Pueden prohibir compartir los datos ilimitados o usar la SIM en un router las operadoras?

Joshua Llorach
Límites de las tarifas ilimitadas

La normativa europea sobre Neutralidad de la Red garantiza a los usuarios que puedan acceder a internet usando el dispositivo que prefieran. Así lo admite el Ministerio de Transformación Digital reconociendo el derecho a compartir los datos mediante tethering o poniendo la SIM en un router.

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (SETELECO) que depende del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital es quién tiene en España la responsabilidad de proteger a los usuarios de servicios de comunicaciones electrónicas. Lo hace a través de la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, conocida comúnmente como Usuarios Teleco. Sus decisiones relacionadas con la neutralidad de la red se basan en la interpretación de la normativa que existe al respecto a nivel europeo.

El artículo 3.1 del conocido como reglamento TSM1 reconoce el derecho de los usuarios a "utilizar los equipos terminales de su elección" cuando utilizan un servicio de acceso a internet, y esto tiene enormes repercusiones sobre las limitaciones que las operadoras pueden imponer a sus clientes.

Los usuarios finales tendrán derecho a acceder a la información y contenidos, así como a distribuirlos, usar y suministrar aplicaciones y servicios y utilizar los equipos terminales de su elección, con independencia de la ubicación del usuario final o del proveedor o de la ubicación, origen o destino de la información, contenido, aplicación o servicio, a través de su servicio de acceso a internet.

En su Informe anual2 la SETELECO analiza las limitaciones que ha detectado en los contratos de las operadoras durante su actividad en el último año y revela cuál es su posición al respecto. Saberla nos permitirá conocer de antemano si una reclamación contra nuestra operadora va a tener éxito.

¿Puede una operadora restringir legalmente el tethering?

Compartir los datos del móvil mediante wifi, lo que se conoce como tethering, es la forma más habitual de aprovechar el bono de datos o la tarifa de datos ilimitados para teletrabajar o, simplemente, para dar acceso a internet a otros dispositivos cuando estamos fuera de casa. Operadoras como Orange han intentado restringir este uso para evitar que el usuario consuma más datos de lo que es normal desde un smartphone.

Las operadoras argumentan que estas tarifas son para un uso en movilidad y no para sustituir a una conexión fija. La red móvil es compartida y su ancho de banda limitado, por lo que el uso que haga un usuario afecta al resto. "Un tethering sin límites podría tener como efecto sustituir el wifi por la conexión móvil", aseguran las operadoras.

La cuestión está aún sujeta a análisis, indica SETELECO, aunque por el momento su posición es contraria a restringir el tethering:

Las ofertas que incluían una limitación en la compartición de datos con dispositivos no directamente conectados a la red (tethering) han sido consideradas contrarias a la normativa sobre la Neutralidad de la Red. Únicamente podrían ser admisibles en caso de establecerse como una medida de gestión del tráfico temporal y excepcional en caso de congestión de la red.

Respecto al caso de Orange, sin mencionarlo directamente, se indica que "se emitió una resolución que requería al operador a suprimir tales restricciones. La resolución fue acatada y ejecutada por el operador y no fue objeto de recurso, suprimiéndose las restricciones."

¿Puede la operadora ralentizar los datos al detectar que la SIM está en un router wifi?

Sacar la SIM del móvil y ponerla en un router 4G/5G para tener un punto de acceso wifi al que conectar los equipos es otra de las formas de compartir los datos ilimitados como si de una línea de banda ancha fija se tratase. La amplia mayoría de contratos de las operadoras lo prohíben expresamente o indican que la SIM sólo puede utilizarse en dispositivos móviles. Sin embargo, no solo la normativa europea te da ese derecho, sino que la interpretación de SETELECO reconoce que limitar el uso de la SIM en un router es contraria a la Neutralidad de la Red.

Durante el 2020 la Secretaría instó a dos operadoras que no menciona por nombre, a modificar sus contratos para solo prohibir usar la SIM en aparatos diseñados para revender el servicio.

Las ofertas que incluían una limitación en el uso de tarjeta SIM en determinados dispositivos han sido consideradas contrarias a la normativa sobre la Neutralidad de la Red. Únicamente podrían ser admisibles en caso de estar referidas a dispositivos directamente destinados a la producción de tráfico irregular o indebido, o a la reventa de tráfico telefónico.

Si tu contrato te obliga a usar la SIM en el móvil, una reclamación ante Usuarios Teleco lo invalidará con toda seguridad. No dudes en reclamar aportando las evidencias adecuadas si al poner la SIM en un router la velocidad cae en picado.

¿Puede mi compañía limitar la velocidad del streaming de vídeo?

El nuevo frente de la batalla por la neutralidad en las redes móviles está en las limitaciones de velocidad que las operadoras aplican cuando detectan que el usuario está reproduciendo vídeo en streaming desde plataformas como YouTube, Netflix y similares.

De nuevo el reglamento europeo prohíbe ralentizar tráfico en función de su contenido si no es de forma puntual en caso de saturación de la red. Sin embargo sí se permiten "técnicas no discriminatorias de compresión de datos que reduzcan el tamaño de un fichero de datos sin dar lugar a ninguna modificación del contenido", así que las operadoras se acogen a este supuesto:

Los operadores, en contestación a requerimientos de información de la SETELECO, aclaran que, una vez identificado, este tráfico pasa por el optimizador de vídeo aplicando Adaptive Bit Rate (ABR). Mediante el uso de ABR la calidad de Vídeo se regula una determinada resolución de imagen.

Las operadoras aseguran que no limitan la velocidad del vídeo, sino que analizan la capacidad del móvil del usuario para reescalar la imagen a la resolución que soporta, ahorrando así consumo de datos sin que el usuario perciba ningún cambio. Lo cierto es que en los contratos de operadoras como Orange puede encontrarse una clara limitación genérica de la velocidad del vídeo a HD o 4K según la tarifa, independientemente del terminal que use el cliente, lo cual no encaja con la interpretación de SETELECO, que aún así indica que aún no ha adoptado una posición al respecto:

Las nuevas Directrices de BEREC restringen en gran medida la posibilidad de utilizar técnicas de compresión de imagen como el ABR. En relación con los operadores que han declarado utilizarlas, el asunto está aún en estudio.

A la luz de la información, es evidente que varias de las limitaciones actuales que las operadoras han introducido en los contratos de las tarifas de datos ilimitados son contrarias a la normativa europea sobre Neutralidad de la Red y no saldrían bien paradas en una reclamación ante Usuarios Teleco.

  1. Reglamento (UE) 2015/2120
  2. Informe sobre Neutralidad de la Red 2020

Actualizado