¿Sabías que cada vez que haces una llamada se almacena el identificador de tu línea, el IMEI del móvil y la antena a la que te conectas? La ley obliga a las operadoras a conservar esta información durante un año y ponerla a disposición de las autoridades para investigar delitos.
- 1 Ley de conservación de datos de las comunicaciones
- 2 Datos registrados al llamar
- 3 Datos registrados al navegar por internet
- 4 El cliente tiene derecho a acceder a esta información
Ley de conservación de datos de las comunicaciones
Las operadoras de telecomunicaciones tienen la obligación de conservar durante un tiempo algunos datos sobre el uso que hace el cliente de su conexión de fibra o de la línea móvil. Desde 2007, la ley de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones1 detalla qué registros deben conservarse y durante cuánto tiempo.
El propósito de esta normativa es que las operadoras almacenen durante un tiempo cualquier indicio sobre el uso de sus servicios con fines delictivos. A esta información sólo pueden acceder las fuerzas de seguridad con una autorización judicial y en ningún caso incluye el contenido de la comunicación, como sería el audio de una llamada o la información descargada o transmitida por internet.
La ley ya tiene un tiempo y eso se nota en el tipo de información que obliga a conservar, como la relativa al envío de correos electrónicos y llamadas VoIP. Este tipo de comunicaciones en la actualidad está cifrada por lo que los registros de las operadoras son poco útiles, ya que solo conservan la actividad al utilizar sus servicios y no los de los cientos de servicios alternativos que hay disponibles en internet.
Datos registrados al llamar
Al realizar una llamada tanto desde la red fija como la móvil, se almacena el número de origen, titular y el número marcado, así como cualquier desvío activo, además de la fecha, hora y su duración. La información se recoge aunque la llamada no llegue a establecerse.
Si la llamada la cursa la red móvil además se añade información del IMSI e IMEI de ambas partes y la localización geográfica de la celda o antena de la red móvil que atiende al usuario. El primer código identifica al abonado y el segundo al terminal. En el caso de ser una línea prepago además debe indicarse desde cuándo está activa y la primera celda donde se utilizó.
Datos registrados al navegar por internet
Al utilizar la conexión a internet mediante la fibra o los datos móviles, debe almacenarse la dirección IP asignada en ese momento sea dinámica o estática, así como la fecha de inicio y duración de la sesión. También se debe registrar el "punto terminal identificador del autor de la comunicación", lo que podría referirse al código IUA de la roseta PTRO o similar.
Toda esta información se almacena en los sistemas de las operadoras durante un periodo de 12 meses, quedando a disposición de las autoridades para la investigación de delitos. Pasado este tiempo se elimina de forma automática.
El cliente tiene derecho a acceder a esta información
La AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) entiende que la dirección IP es un dato personal, por lo que los usuarios pueden ejercer el derecho de acceso. En una resolución reciente2, un cliente de Vodafone solicitaba a la operadora el listado de direcciones IP que han sido asignadas a sus dispositivos a lo largo del tiempo, con el fin de investigar una estafa realizada usando su conexión. La AEPD dice que el cliente tiene derecho a recibir esta información, pero exime a Vodafone de responsabilidad por no facilitarla, al haber pasado más de 12 meses desde que se registró.
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