La Agencia Española de Protección de Datos ha resuelto su investigación sobre los datos de redes WiFi domésticas recogidos por los coches de Street View con una multa de 300.000 €, ya que considera que se trata de datos personales protegidos por la ley.
Este es el final del procedimiento abierto contra la empresa desde el 2010, que se mantuvo paralizado un tiempo, puesto que un juzgado ya estaba estudiando el caso por la denuncia de un particular. La justicia ordinaria acordó el sobreseimiento provisional, por lo que Protección de Datos retomó el caso.
Según la agencia, la ley requiere que el usuario consienta expresamente que puedan recopilarse su datos personales. Entre mayo de 2008 a mayo de 2010, los coches de Street View recogieron por accidente datos como "cuentas de correo electrónico, direcciones IP, direcciones MAC de los routers y de los dispositivos conectados a los mismos o nombres de redes inalámbricas (SSID) configurados con el nombre y apellidos de su responsable". El hecho de que estos datos se captasen de redes WiFi abiertas no implica que un tercero pueda recopilarlos y utilizarlos posteriormente.
Los coches de Street View utilizan esta información para geoposicionar routers WiFi a partir de su dirección MAC, para que posteriormente los usuarios que entran en su cobertura puedan utilizar la geolocalización sin recurrir al GPS.