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La penalización por desistir de la fibra que aplican las operadoras podría ser abusiva

Joshua Llorach
Derecho desistimiento

La CNMC dice que las operadoras pueden cobrar la instalación de la fibra si el cliente ejerce el derecho de desistimiento tras iniciarse el servicio, pero que el importe no puede ir más allá del valor de cable y los trabajos de instalación del mismo, lo que abre la puerta a reclamar en casos como el de Jazztel y sus 315€ de penalización por lo que cuesta unos 82€.

La Unión de Consumidores de Aragón elevó una consulta a la CNMC1 acerca de la práctica que tienen los operadores de cobrar la instalación de la línea cuando el cliente ejerce el derecho de desistimiento, algo en principio contradictorio, puesto que este derecho otorga los usuarios la posibilidad de cancelar el contrato durante los primeros 14 días sin dar explicaciones ni incurrir en gastos.

Otros organismos ya se han pronunciado sobre esta cuestión. El último, la Comisión Europea en sus nuevas directrices sobre cómo interpretar este derecho en algunos casos, como tras el alta de una línea de comunicaciones electrónicas como la fibra. Según la UE es legítimo que los operadores cobren la instalación si ésta ya se ha completado cuando el cliente desiste.

Esto puede suponer el pago de 157,30€ en el caso de Movistar, donde se da la paradoja de que si nos damos de baja durante los primeros 14 días nos pueden imponer esta penalización, pero si lo hacemos en el día 15 no, al no tener permanencia. En el caso de Orange, Vodafone y MásMóvil toca pagar 181,50€, mientras que el contrato de Jazztel habla de 314,6€.

La novedad es que estas cantidades podrían ser abusivas. Aunque la CNMC no entra a valorar las cifras, sí advierte que según la ley, éstas deben ser razonables. Y explica que no deberían ir más allá del valor del cable y el trabajo de instalación, y siempre que la instalación se haya producido de forma efectiva. Hay que recordar que en muchos casos la acometida ya está lista en el domicilio procedente de un alta previa.

Si aplicáramos por analogía este criterio sobre los gastos a repercutir en caso de tratarse de un servicio de comunicaciones electrónicas, valorar la razonabilidad de un coste de instalación de la línea telefónica fija para la activación del servicio requeriría examinar algunos aspectos, como el valor del cable instalado y el tiempo empleado para su instalación, siempre que el operador incurriera efectivamente en esos gastos.

En cualquier caso, la CNMC asegura que no es el organismo competente para calcular si los importes que aplican las operadoras están justificados y traslada el asunto a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (SETID) del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (MAETD) para que se pronuncie.

Es difícil que con este criterio se puedan justificar los 315€ que cobra Jazztel, e incluso los 157€ de Movistar. Si nos remitimos a la oferta NEBA, el precio calculado por los técnicos de la CNMC para los trabajos de instalación de una nueva acometida es de 68,17€. Esto es lo que pagan los operadores a Movistar por un "Alta sobre vacante (con instalación PTRO)". Si sumamos el IVA, un usuario final no debería pagar más de unos 82€ al desistir.

  1. cnmc.es/sites/default/files/3865652_4.pdf

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