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Las operadoras tratan de frenar las sanciones de la AEPD con un servicio de mediación que atenderá reclamaciones

Joshua Llorach
Servicio mediación telecomunicaciones Autocontrol

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha dado el visto bueno al código de conducta que las cuatro grandes operadoras de telecomunicaciones han firmado con Autocontrol para regular el tratamiento que hacen de los datos personales de los usuarios en sus campañas de publicidad y que incluye un servicio de mediación que tratará de contener las abultadas sanciones que reciben por esta causa.

El existente código de conducta sobre el tratamiento de los datos personales en la publicidad supervisado por Autocontrol1 vigila la actividad de numerosas empresas de varios sectores. MásMóvil, Movistar, Orange y Vodafone son las últimas en sumarse de forma coordinada, acordando la creación de un servicio de arbitraje para los casos relacionados con las telecomunicaciones donde no se respete el código.

Qué casos se pueden reclamar a Autocontrol contra las operadoras

El servicio de mediación facilita que cuando un usuario reclama por el tratamiento que una de las operadoras adheridas ha hecho de sus datos personales, se llegue a un acuerdo de forma rápida y sencilla. Este servicio solo atiende a particulares por asuntos ocurridos en el último año que previamente hayan abierto una reclamación a la empresa y no hayan llevado todavía el caso ante las autoridades. Algunas situaciones en las que interviene la mediación son las siguientes:

  • Llamadas o correos electrónicos comerciales no deseados estando inscrito en listas de exclusión como Robinson.
  • Suplantación de identidad o sin se han realizado gestiones sin autorización del titular, como en casos de SIM swapping.
  • Emisión de facturas tras haber solicitado la baja.
  • Inscripción en ficheros de morosos por deudas inexistentes.
  • No atender debidamente los derechos de protección de datos, como por ejemplo el derecho de acceso, rectificación o supresión.
  • Cesión de deudas a empresas de recobro siendo estando pagadas o ser incorrectas.
  • Añadir al abonado a una guía telefónica habiendo solicitado la exclusión.
  • Consultar indebidamente los datos de un ciudadano en un fichero de morosidad.

Para iniciar la reclamación hay que rellenar el formulario que aparece en la web de Autocontrol adjuntando las evidencias. Durante los primeros 10 días pueden pedirnos subsanar o aportar nueva documentación. Autocontrol planteará una solución en el plazo de un mes que deberán aceptar ambas partes. Una vez se firme, la operadora estará legalmente obligada a cumplirlo. De no hacerlo, o si no se ha llegado a ningún acuerdo, el usuario podrá reclamar a través de los cauces habituales, como denunciando directamente a la AEPD.

Contra qué operadoras puede reclamarse

El acuerdo comprende a las 4 grandes marcas de telecomunicaciones y todas sus marcas secundarias, OMV y low cost incluidas:

  • MásMóvil: Ahí+, Cable Móvil, Embou, Euskaltel, Guuk, Hits Mobile, Lebara, LlamaYa, Lycamobile, Oceans, Pepephone, Netllar, R, Telecable, Virgin, Yoigo y You Mobile
  • Movistar: O2
  • Orange: Jazztel y Simyo
  • Vodafone: Lowi
Marcas telecomunicaciones mediación Autocontrol
Logotipos de las marcas que aparecen en la web de Autocontrol

Autocontrol hará de muro de contención para reducir las multas de la AEPD

Las operadoras de telecomunicaciones son uno de los destinatarios más habituales de las reclamaciones de los consumidores por la vulneración de sus derechos a la protección de sus datos personales. La AEPD azota cada mes con varias sanciones a las compañías de telefonía al resolver reclamaciones de los usuarios por casos de spam telefónico donde no se ha respetado la Lista Robinson, no atender el derecho de acceso o supresión de los datos que conservan de clientes y exclientes, inscripciones erróneas en fichero de morosos o por permitir el duplicado de tarjetas SIM sin contrastar debidamente la identidad del solicitante. Son solo algunos ejemplos de las reclamaciones habituales relacionadas con las telecomunicaciones que atiende la AEPD, que en 2021 puso multas por un importe total de 6,5 millones de euros1 al sector.

La legislación permite que las empresas suscriban voluntariamente códigos de conducta supervisados por un organismo independiente, que a la vez puede mantener un sistema de resolución de conflictos extrajudicial. Este modelo interesa a todas las partes, puesto que libera de carga administrativa a la AEPD, delega más responsabilidad a Autocontrol y hace de muro de contención para que las reclamaciones se resuelvan sin llegar a los organismos administrativos, lo que evita las sanciones. Los usuarios por su parte ven cómo su reclamación se resuelve en menos tiempo que si la remiten a la AEPD.

  1. aepd.es/es/prensa-y-comunicacion/notas-d…-agilizar-la
  2. aepd.es/es/prensa-y-comunicacion/notas-d…n-un-35-2021

Actualizado