Veo en República Internet que el Juzgado nº 9 de Barcelona declaró el sobreseimiento, en virtud del trabajo del Bufet Almeida (análisis legal imprescindible), de la demanda contra la web ajoderse.com, por incumplir el art. 17.1 de la LSSI por la colección de enlaces que poseían los administradores de la web. Dice así la sentencia, "no resulta debidamente justificada la perpetración del delito que dio motivo a la formación de esta causa".
Esta misma semana, y por eso la recuerdan, ya estuvo de actualidad otra vez la LSSI porque la empresa AXPE Consulting está mandando amenazadoras cartas a través de los abogados de Garrigues pidiendo a varios blogs que retiren los enlaces a otra página donde algunos ex trabajadores de la compañía critican las condiciones laborales de la empresa.
No hay responsabilidad penal por incluir enlaces a contenidos ilegales si no ha sido informado de manera previa de que los citados vínculos tienen esta características.
De aquellos barros...
Sacada a colación del problema con AXPE