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Un juez ordena a través de la CNMC a todas las operadoras el bloqueo selectivo de redes sociales para un único usuario

Josh
Pedobear llamando

La CNMC ha enviado a todos los operadores registrados una circular en la que traslada la orden de un juzgado de filtrar el acceso de un único condenado a las redes sociales. Se trata de un preocupante precedente que añade más carga a las operadoras de cualquier tamaño para que se conviertan en guardianes de la red.

El profesor y perito Pablo Duchement publica en Twitter la notificación que CNMC ha enviado a los proveedores de internet registrados para trasladarles la orden de un juzgado penal de bloquear el acceso de un condenado a las redes sociales.

El sujeto ha sido condenado por un Juzgado de lo Penal a pena de prisión e inhabilitación, pero adicionalmente el oficio solicita a la CNMC que comunique a todas las compañías inscritas en el Registro de Operadores como prestadores de servicios de internet que durante dos años se cancelen las cuentas en redes sociales del usuario y se le impida el acceso a las que tengan presencia de menores, mencionando a Facebook, Twitter, Instagram y Tik Tok. El regulador de las telecomunicaciones se ha limitado a trasladar la orden judicial sin entrar a valorar el fondo del asunto.

Notificación bloqueo CNMC
Notificación enviada por la CNMC a los operadores

Cualquiera con un poco de conocimiento de cómo funcionan las redes entenderá que la petición es bastante absurda, puesto que las operadoras no pueden identificar de forma precisa quién está usando la conexión. En el caso de que el sujeto contrate a su nombre una línea, la operadora tendría que aplicar un filtro selectivo exclusivo para el usuario, lo que sienta un preocupante precedente. Además se pide que las operadoras cancelen las cuentas personales abiertas por el usuario, labor que no les corresponde ni está a su alcance, lo que demuestra el desconocimiento de cómo funciona el ecosistema de las redes sociales por parte del juez.

Al estar dirigida la orden a la totalidad de operadores registrados y no solo a los de mayor cuota de mercado, como se hace habitualmente en este tipo de peticiones, incluso operadoras locales de tamaño y recursos limitados tendrían que implementar en su red los costosos equipos necesarios para ejecutar este tipo de bloqueo. Por otra parte, los bloqueos que las operadoras pueden aplicar están regulados en la normativa europea sobre neutralidad de la red, que no contempla el bloqueo selectivo a medida de un único usuario.

Los poderes públicos están cada vez más cargando a las operadoras una responsabilidad de vigilantes de la red que no debería corresponderles y que les obliga a invertir en sistemas de filtrado que además de capacidad de proceso requieren el mantenimiento constante para que identificar correctamente los tipos de tráfico.

Walid

flipo, solo para un usuario?!

Virutas
2

Pinta a pederasta/pedófilo, a la horca con él y las operadoras se ahorran el trabajo y el mundo será un lugar un pelín mejor.

🗨️ 2
superefren
8

Independientemente del caso en cuestión (el porqué se toma esta decisión por parte de juez), noticias como esta me hacen preguntarme el catetismo de algunas personas que tienen el poder de condicionar la vida de todo el mundo.

Si este juez no sabe de lo que habla para dictar este tipo de sentencias, mejor que se declare ‘no apto’ y que otro ocupe su lugar, antes de realizar semejante barbaridad.

Brandon0965

Efectivamente, para estos casos Cadena Perpetua y todo eso que se ahorra el sistema em medidas y contramedidas.

pqangel

Por no decir la facilidad que tiene saltarse este tipo de medidas si usa una VPN o la red onion…

vukits
3

Como siempre, gracias a la falta de formación de los funcionarios (en este caso Jueces), los cacos tienen cancha libre para delinquir

superllo
4

Pedobear: scoring infinito. Solucionado, ya no lo tenemos como cliente.

Pero si está en la cárcel, ¿para qué lo quieren bloquear?

Y otra cosa, ¿por qué no se lo ordena a las redes sociales? Las operadoras son simplemente tuberías para llegar a Internet y no se deberían meter en esos temas de los contenidos, ¿no? (sí, es sarcasmo)

Rorte01

Como ya han dicho, esto tiene pinta de ser un caso de un pederasta/pedófilo, y esta resolución, no va a conseguir nada. Aún suponiendo (cosa que es imposible) que los operadores fueran capaces de bloquear el acceso a las redes a este individuo, nada le impide seguir cometiendo el delito en persona a pie de calle. En mi opinión hubiese sido mejor meterlo en la cárcel.

🗨️ 7
rbetancor

La sentencia ya le condena a prisión e inhabilitación. Solo se pide de extra que se le impida el acceso por dos años a las redes sociales.

Si tiene una sentencia de 2 años, pues es fácil de cumplir, se le indica a la prisión que el nene tiene prohibido el uso de los ordenadores de la cárcel y punto.

🗨️ 6
Rorte01

¿Los 2 años son de cárcel o son de prohibición de acceso a las redes sociales? Si es lo primero, si no tiene antecedentes creo que no tiene que ingresar en la cárcel, si es lo segundo, si tiene pena de cárcel y va a ingresar en la cárcel, de poco sirve esta limitación de acceso a las redes sociales.

🗨️ 5
rbetancor

Los años de cárcel, no lo sé, porque no he leído la sentencia original, pero los 2 años de no-acceso, son SI o SI …

macr

Sin antecedentes si entra o no en la cárcel lo decide el juez, no es una norma.

🗨️ 3
Rorte01

Yo tengo entendido que si no tienes antecedentes y la condena no supera los 2 años, no entras a prisión porque se supone que es algo "leve", porque si fuera grave, la condena superaría los 2 años, y al no tener antecedentes, ha podido ser algo "puntual". Pero si dices que no, pues ya dudo.

🗨️ 2
superllo
🗨️ 1
Rorte01
rbetancor
1

Con independencia del fondo de la cuestión, esta no es ni la primera, ni será la última resolución judicial de este estilo, que remite la CNMC a los operadores.

Las he visto de todas las formas y colores, pero no es nada raro que pidan que las restricciones se apliquen a un solo usuario. El operador solo debe limitarse a bloquear el acceso si el usuario es el titular de la línea que intenta acceder al servicio. Cosa SUPER fácil de hacer para cualquier operador de cualquier tamaño, no requiere de "costosísimos equipos".

En cuanto a la neutralidad en la red, etc. Por encima de eso está la LGTEL que obliga a los operadores a atender las peticiones de la justicia con respecto al bloqueo de acceso de los usuarios a recursos de la red.

Repito, que no es nada rara esta petición. No entiendo a que vienen las rasgadas de vestidura ahora.

pjpmosteiro

Con todo el respeto a su señoría, debo decir que esta vez no ha sido culpa de los gallegos, el ya venía así de su casa.

Y esto efectivamente es bastante peligroso, porque como mucho puedes filtrar el DNS de esas aplicaciones asociando el DNI del individuo con las IP a su nombre. Y si hacen eso, la que se puede liar como tenga conexión compartida.

Y digo "como mucho" porque, uno, las operadoras NI DE COÑA van a hacer eso.

Dos, no tengo yo muy claro hasta que punto es legal eso desde el punto de vista del operador (segmentación?), ya no hablemos de que esto viola por completo la neutralidad de red, y que hasta la ONU ha declarado que limitar el acceso a internet va en contra de la carta de derechos (es.gizmodo.com/prohibir-o-limitar-el-acc…o-1783099635) .

Y tres: Sin ser yo letrado, o siquiera tener idea de derecho, cae de cajón que eso es tarea del servicio, no del operador .

Es como si el juez ahora decide que a este señor no se le puede vender libros de Caillou y obliga a Correos a vigilar que no pueda entrar en la libreria a comprarlo.

En mi opinión, igual lo que debería haber hecho su señoría, en vez de soltar esa parida (porque no tiene otro nombre) es directamente dictar una prohibición de acceso a internet al caballero. Si, se han dictado en el pasado y a esa gente no se le da de alta servicios que impliquen conexión a Internet.

Y por cierto, que nadie dude que en la CNMC aún se siguen descojonando.

🗨️ 2
rbetancor
-1

Tamos confundiendo churras con merinas … me parece a mi …

Y digo "como mucho" porque, uno, las operadoras NI DE COÑA van a hacer eso.

Los operadores lo hacen, continuamente. El bloqueo se establece en las líneas y servicios que ese DNI tenga contratados.

Dos, no tengo yo muy claro hasta que punto es legal eso desde el punto de vista del operador (segmentación?)

Perfectamente legal, la LGTEL les obliga a ello.

ya no hablemos de que esto viola por completo la neutralidad de red, y que hasta la ONU ha declarado que limitar el acceso a internet va en contra de la carta de derechos (es.gizmodo.com/prohibir-o-limitar-el-acc…o-1783099635) .

¡Fiummmmmm! … ¡y por la derecha vemos pasar al amigo @pjpmosteiro!, que nos está demostrado la relación entre la velocidad y el tocino … ¡si frotas suficiente tocino, no veas la velocidad que vas a pillar en la resbalada! … (con cariño ;-) )

Ni las normas sobre neutralidad de red, ni la ONU, están por encima de la LGTEL y leyes circundantes y relacionadas con este asunto, como la Ley de Enjuiciamiento CIVIL/PENAL, etc.

Y tres: Sin ser yo letrado, o siquiera tener idea de derecho, cae de cajón que eso es tarea del servicio, no del operador

Es obligación de los prestadores de servicio (operadores y RR.SSS), pero siendo los operadores, actor indispensable para el acceso al servicio que se quiere limitar, es la forma mas simple de hacer cumplir la sentencia.

Es como si el juez ahora decide que a este señor no se le puede vender libros de Caillou y obliga a Correos a vigilar que no pueda entrar en la libreria a comprarlo.

Umm … no es la comparación más acertada.

Mas bien, es como si el juez decide que no puedes conducir y se lo notifica a las casas de alquiler de coches.

Y por cierto, que nadie dude que en la CNMC aún se siguen descojonando.

La CNMC se limita a cumplir lo que la ley le obliga … pasar el requerimiento a los operadores.

🗨️ 1
pjpmosteiro

Tomo nota y aprendo para la próxima, y buena relación velocidad-tocino 😂

PezDeRedes

Esto es de vergüenza. Las operadoras no están para esto. Aparte, una VPN o simplemente la vista anónima de startpage y se lo puede saltar. No tiene sentido. Es lo que pasa por tener jueces que no tienen idea del caso que tratan.

andressis2k

Y lo mejor es que en esa orden judicial, la CNMC ha enviado TODOS los datos (totalmente irrelevantes para los ISP). ¿Y luego cada vez que entras a una web tienes que aceptar y aceptar y aceptar por protección de datos? Pero claro… ¿la AEPD se atreverá a "meterle mano" a la CNMC? Lo dudo.

Y cuando digo TODOS los datos, incluye hasta el nombre y apellidos de la víctima, así como DNI, fecha de nacimiento, número de teléfono del acusado…

En la propia sentencia aparece el siguiente texto:

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Pero la CNMC, se ve que se lo pasa por el forro de los…

Mikker

Este usuario al que le bloquean todo tipo de red donde pueda registrarse menores, que me lo dejen a mí… me vendría bien un saco nuevo de boxeo ya que el mio esta para cambiar… de una sesión le quitaba las ganas de tratar con un menor…

Este juez sabe bien de lo que habla… las operadoras saben perfectamente el trafico de un usuario, de hecho, hasta el tiempo que ves cada canal de su deco.

La única y gran pega, que el juez se le escapa de las manos, a las operadoras, es que si el delincuente, si usa la linea de otro poco se puede hacer, pero también esta, que yo no le dejo el mis lineas, ni fibra ni móvil a nadie, y menos a un delincuente de menores, la única oportunidad que tiene es haciendo uso de redes wifi gratis y o que otro delincuente le deje la linea, que esto si es fácil.

naveganteperdido

lo que, creo yo, sucedera, le cortaran internet o se negaran a darselo de alta si esta a su nombre

porque en lugar de esto no le impone a el la pena de no usarlas?, y que de orden y poder a la policia para comprobarlo de vez en cuando, es mucho mas efectivo

lo que es cojonudo es cuando dice, redes como bla bla bla "o similares", toma, ala, decidid telecos que es similar a facebook y que no

ximin

Aqui la CNMC tenia que haber indicado que no es competente para realizar lo indica el juez, porque los operadores de internet, donde habría que entender (facebook,Twitter, …) no están bajo su supervisión si no es por motivos de competencia, y que en todo caso debería remitirse a la Secretaria de Estado para las Telecomunicaciones para sea ella quien lo remita a dichos proveedores de contenidos.

Entiendo que cuando un juzgado quiere cerrar una pagina web, no se dirige a la CNMC no?, porque que yo sepa no es competente es eso.