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Una internauta contrademanda a la RIAA

Krigan

En Estados Unidos un juez ha admitido a trámite una contrademanda de una internauta a la que la RIAA pedía 750 dólares de indemnización por canción descargada.

La internauta alega que las discográficas obtienen unos 70 centavos por canción descargada de sitios como iTunes (cuyo precio final por canción es de 99 centavos), y que es inconstitucional que la RIAA la demande por daños que son más de mil veces superiores a los ingresos que la discográfica obtendría si ella se hubiera bajado la canción en una descarga de pago.

De ganarse esta contrademanda, las implicaciones son obvias. Las demandas a los internautas norteamericanos ya no serían por valor de decenas o centenares de miles de dólares, sino por valor a lo sumo de sólo unos centenares de dólares. Ya no parecería en los titulares que el internauta haya saqueado Fort Knox, ni habría tantos internautas dispuestos a pactar pagos de 4.000 dólares para no ir a juicio, sin que su culpabilidad haya sido demostrada (cosa difícil de lograr porque la RIAA sólo tiene una IP y en un hogar suelen vivir varias personas).

Ahora le toca a la RIAA demostrar que verdaderamente hay un daño de 750 dólares por canción descargada. Si no lo consigue, su petición de daños podría ser declarada inconstitucional, y su estrategia de demandas masivas a internautas se desmoronaría.

Fuente:

El blog de Enrique Dans

💬 Comentarios

UnderBara

Cuando se juzga a una persona por un robo de una cantidad de dinero ¿Se le pide que devuelva la cantidad íntegra o que pague una multa?
Lo que hay que tener en cuenta es si piden una "indemnización" por el daño causado al descagar una canción, pero me parece totalmente ilógico pedir 750$ por canción.
Saludos.

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BocaDePez
BocaDePez

Pero es que ahi no se ha robado nada, se ha DUPLICADO, no es el mismo caso. Si robas, le privas a alguien de algo, si copias, simplemente lo duplicas, y no se puede aplicar el mismo castigo.

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UnderBara

OK, lo de robar lo decía por poner un "mal" ejemplo.
Los 749,30 $ restantes son para asustar por lo que veo.
Saludos.

Zaiko

Lo que veo es que si piden 750$ será porque esa persona lo ha distribuido a más gente. Si yo robo 10 euros, tendré que devolver 10 euros. Si un tio roba 3 millones devolverá 3 millones. Pero si yo robo y luego lo vendo por el triple, ¿cuanto tengo que pagar?

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alicante1984

¿De verdad crees oportuno el término "robar" ?

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Gerwalk

Yo no lo veo oportuno, ya que las redes P2P se basan en la buena fé de la gente que pone a disposición de los demás sus archivos. Lo entendería si, por ejemplo, lo tuvieras en tu disco duro pero no compartido, se te metieran en el PC, se lo copiaran y te lo borraran después.

Yo, por ejemplo, si me compro un paquete de chicles en las máquinas expendedoras del curro, al llegar a la mesa ofrezco a mis compañeros... "¿Queréis?"... No me están robando, que yo sepa... Sería lo mismo que si yo me compro un CD, lo ripeo, y lo comparto por la mula.

PD: Mi humilde opinión.

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crackman

Qué buen ejemplo el de los chicles...

Y luego viene Trident y te pide 1.000#8364; por cada chicle que hayas "regalado" a tus compañeros.

Salu2

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

La demanda de Trident sería si pudiras replicar los chicles infinitamente.

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BocaDePez
BocaDePez
Krigan

Nadie ha vendido nada. Las demandas de la RIAA son por descargas p2p, lo cual es ilegal en USA. Pongamos que descargas una canción, y que de ti se descargan esa canción 3 personas. Dado que esas 3 personas también pueden ser demandadas, lo lógico es demandar a cada internauta por el valor de lo que ha descargado, y eso son 70 centavos.

Nótese que también se da la circunstancia de que es imposible saber a cuántas personas has subido la canción, y se supone que la cuantía del daño ha de ser demostrable.

El problema para las discográficas es que la represión no va a funcionar si el castigo consiste en pagar 70 centavos por canción que ellos hayan detectado que te bajas. Un internauta puede haberse bajado mil canciones y sólo le pillarían por unas pocas. Las discográficas necesitan que el castigo por canción descargada sea extraordinariamente alto, y por eso piden 750 dólares por canción. Pero claro, ahí el castigo es claramente desproporcionado.

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Excalipollas

Lo has clavao.

Y añado que ya era hora de que se oyesen buenas noticias en este frente. A ver si de paso los del partido demócrata espabilan y se dan cuenta de que es más rentable en votos el proteger al ciudadano que el soplársela a la RIAA.:-)

Saludos.

Pitufito

Cuando se demanda, se demanda por el daño causado, el juez es el que debe poner la multa correspondiente, que nunca va al demandante.
Si cometes un hurto en el Corte Inglés (por poner un ejemplo) el corte inglés te demanda por el valor de lo robado, ojo, el valor de compra por parte del Corte Inglés,sólo si no se devuelve lo robado y el juez te pone una condena que puede ser una multa.
En el caso de canciones, lo tiene fácil el internauta, les devuelve una copia de la canción y paga la multa al juez. :)

mokli

Luis Roldán ha devuelto algo? Pues eso.

Si no hay bienes embargables se supone que con la cárcel paga su delito, e imagino que con bienes embargables durante X tiempo.

pablus77

Cada vez que sale alguna noticia así de otro país (Generalmente USA), estoy seguro de que a la gente de la SGAE $$$$ se le pone los pelos de punta por si se sigue el mismo ejemplo aquí. Y en contra partida, cuando la RIAA sale con una nueva fórmula de presión, es al internauta español al que se le pone los pelos de punta, por si los políticos, jueces y SGAE $$$$ siguen el ejemplo.

Total, estoy totalmente de acuerdo con esa internauta, porque una sanción de ese calibre es completamente ilógica y desproporcionada. No hay daño sobre la moral, ni perjuicio a terceros de ningún tipo. Una sanción así no es entendible ni por el más retorcido abogado.

En cuanto a lo de la IP, también está la posibilidad de que nadie en tu casa haya descargado nada, que por Wifi (a pesar de la encriptacion, filtrado mac, etc...) hayan entrado a tu router y algún vecino haya usado tu conexión. Si eso es posible, QUE LO ES, la RIAA (SGAE) no puede demostrar que TU hayas descargado la canción, y tú demostrando que has puesto los medios posibles para evitar que se te cuelen, resulta que han podido entrar.
Normalmente en derecho tiene que haber una certeza del 100%. Si existe una posibilidad en la que tu puedes no ser el culpable, el acusador es el que debe demostrar que ha sido una persona en concreto quien ha usado una determinada IP

Y a pesar de todo esto, y no está mal recordarlo, en España, si no hay ánimo de lucro, si no plantas una "manta" en el rellano de tu casa para vender la música descargada, NO estas haciendo algo ilegal.

Un saludo a todos!!

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BocaDePez
BocaDePez

¿tengo que recordaros que el derecho anglosajón es diferente al nuestro?¿

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BocaDePez
BocaDePez

¿en qué es diferente?

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heffeque

En que... ¿las leyes son distintas? Mismamente el derecho a llevar armas de EEUU no lo hay por aquí ;-)

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BocaDePez
BocaDePez

no en todos los estados de los Estados Unidos se pueden llevar armas, hay algunos donde esta incluso peor que aquí para poder tener un arma, de la misma manera que efectivamente, si, hay muchos estados que además de permitir su tenencia y porte incluso tienes que llevarla casi a la vista y no esta permitido llevarla oculta o guardada, pero bueno que no es el tema, yo pienso que efectivamente los importes que reclaman son claramente desproporcionados al supuesto y no demostrable daño causado, ya que como demuestran estos señores, que lo que yo he grabado me lo hubiese comprado de no habérmelo grabado, venga ya hombre si me lo he grabado era porque estaba gratis si no de que me iba yo a comprar el disco, que bajen los precios de los CD’s y entonces veremos si lo que hay dentro vale la pena; si a mi me roban la tarjeta de crédito y pagan con ella si reclamo(por supuesto) solo me devuelven lo sustraído y punto, además de que tardan un huevo en hacerlo, ah por cierto que en relación a esto de la tarjeta no os olvidéis de firmarla por detrás que si no entonces si alguien la utiliza sin vuestro consentimiento y no esta firmada la cosa se complica si tienes que reclamar

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BocaDePez
BocaDePez

Se me viene un caso a la cabeza, referente al futbol, ya que la FIFA juraria recordar segun decia la noticia en la tele se rige segun el derecho sajon. En la noticia un jugador pretendia recurrir una sancion y si recurria y perdia le podia caer mas sancion aun si asi lo dictaba el juez, cosa que creo que aqui en españa no pasa. Tu recurres y si pierdes te quedas con la misma condena.

Bodescu

Pues no se si tendras razon o no, aunque para pelos de punta, esto

Conde-Pumpido ordena a los fiscales actuar contra quienes cuelgan en la Red obras protegidas
Me pregunto... Bastara una denuncia para autorizar el rastreo de lo que te bajas? Y ya de paso... Indagaran el trafico de los denunciados para saber si usan p2p o no?

Y si basta una denuncia... Que impide a los chicos de la innombrable iniciar una escalada de denuncias indiscriminadas al estilo yankee?...

Sera este el comienzo del acoso masivo a los usuarios de P2P? Se daran casos como en los eesuus?

Y aqui conviene recordar que el fiscal general del estado habia remitido ya una circular en ese sentido. Ha cambiado de idea en poco tiempo?

Hay orden de su superior de que 'cambie de idea'?

A todas estas preguntas, y muchas otras, respuesta en la proxima edicion.

Un saludo

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BocaDePez
BocaDePez

Una denuncia no basta.

Hacen falta indicios racionales de que se pueda estar cometiendo un delito.

Tampoco pueden pincharte el teléfono porque yo le dijera a a los maderos así por las buenas que tu eres un terrorista.

Lo mismo para entrar en tu casa...

Hacen falta indicios racionales de que se pueda estar cometiendo un delito.

Es un juez el que tiene que apreciar la racionalidad de los indicios y cursar la orden oportuna.

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Bodescu

Es precisamente la ultima frase de tu post la que me preocupa...

Un saludo

BocaDePez
BocaDePez

en USA es el denunciante el que tiene que probar la culpabilidad del acusado. Lo cual no se aplica en España, que es casi casi justo al revés.
Dicho esto, otra cosa es que la coacción en forma de demanda funcione: uno paga 4000$ por ejemplo para evitar gastarse, también por ejemplo, 12000$ en abogados defensores y varios años mareando la perdiz por tribunales, lo que a la RIAA no le va a importar si de cada 1000 denunciados 5-10 litigan.
A la RIAA no le importa el dinero ganado sino la publicidad que genera, y la proporción en que se van a reducir los intercambios a causa del miedo.

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Krigan

Ya, pero el caso es que a nadie le preocupa una demanda de 10 dólares (unas 15 canciones descargadas a 70 centavos por canción). Si te demandan por 10 dólares, y no quieres gastarte el dinero en abogados, simplemente pagas los 10 dólares en el acto de conciliación.

BocaDePez
BocaDePez

otia, yo pensaba que en España tb había presunción de inocencia xdd

eolos

Perdoname, pero aquí es lo mismo. Es el que demanda o la fiscalía la que tiene que demostrar la culpabilidad. Si no se demuestra de manera clara la cupabilidad, el 'reo' es declarado inocente ('in dubio pro reo').

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BocaDePez
BocaDePez

Por razones de brevedad he sido muy genérico. Obviamente debe haber indicios de delito para admitir la denuncia, Y A PARTIR de ahí si el denunciado se cruza de brazos ya se puede dar por jodido aunque los indicios sean los que aqui nos ocupan: una IP y unos datos provenientes del denunciante sin más pruebas. El denunciante no ha de probar que hayas usado dicha ip, más bien debe ser el denunciado el que debe crear la duda.
Y es mas grave por ejemplo en atracos, asaltos, etc... Las ruedas de reconocimiento dan pena y no se ajustan a procedimiento casi nunca, así que Dios te coja confesado si alguien te identifica y no es cierto. Serás tú quien deba demostrar el error del denunciante, no al revés, y esto es verídico.

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eolos

Perdoname, pero yo he estado acusado en un proceso penal que no viene al caso (me vendieron un móvil robado y al reclamar y decirles que lo denunciaría en prensa me acusaron de estafa y amenazas). Y el fiscal pidio antes que mi abogado, el archivo del caso. Luego el juez se empeño en llevarlo a juicio y el fiscal pidio la absolución. Así que lo que dices no es cierto.

BocaDePez
BocaDePez

En España no hay la presuncion de inocencia, si no mas bien lo contrario la presuncion de culpabilidad, el acusado siempre tiene que desmostrar que es inocente, si no que me lo expliquen a mi, y otra cosa en España robar es cuando sustraes algo con intimidacion, si no es apropiacion indevida, cualquier persona te puede denunciar por esos dos hechos, y luego los problemas son tuyos para desmostrar que eres inocente, vendita esta santa democracia, que ante todo eres culpable.

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eolos

Obviamente, lo que dices es falso.

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BocaDePez
BocaDePez

segun el texto escrito de nuestras leyes es falso, pero en realidad es cierto.

Muy triste pero cierto.

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BocaDePez
BocaDePez

el texto ni os lo habéis leído. No se vale hablar sin tener idea.

robo:

Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas.

cuando no concurra ninguna de las circunstancias anteriores estamos ante un caso de HURTO.

El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto,...

La apropiación indebida es diferente...

la cometen "los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que hayan recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido, cuando la cuantía de lo apropiado exceda de cuatrocientos euros."

BocaDePez
BocaDePez

¿Presunción de culpabilidad?

En tiempos de Franco sí, por suerte ya no... Veo que vives unos años atrasado compañero.

BocaDePez
BocaDePez

Lo que digo no es falso, simpremente por que cuento mi propia esperiencia, a mi me acusaron de apropiacion indebida, y el que me acuso no tuvo que demostrar que yo lo habia hecho, si no todo lo contrario yo tuve que demostrar que no lo habia hecho, es sencillo, estas trabajanado tu jefe te pone una denuncia como le falta material, el solo demuestra que ha comprado ese material y te denuncia que te lo has llevado, sin poderlo probar, en esos momentos tu ya eres culpable y tienes que demostrar que no lo has cogido tu, si eso no es presuncion de culpabilidad? no se lo que sera.

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BocaDePez
BocaDePez

Seguro que a lo que has contado nadie se atreve a decir algo. Se nos llena la boca de democracia, estado de derecho y presuncion de inocencia, pero la realidad en los juicios es bien distinta.

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pablus77

Yo sí me atrevo, y es bien sencillo. Saldría inocente por falta de pruebas. A no ser que se deje tomar el pelo o el abogado sea un incompetente.

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BocaDePez
BocaDePez

Si estas tan limpio como una patena para qué necesitas abogado?

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Bodescu

Sencillamente porque es un derecho que te asiste.

Y si, los libros dicen 'in dubio, pro reo', pero es bien cierto, y todos conocemos sentencias absurdas de esas que de cuando en cuando averguenzan hasta a los mismisimos Cruz y Raya (grandes!).

La Justicia deberia ser para todos por igual, pero ya se sabe: Si no puedes pagar la justicia, te daran dos duros.

En resumen: Porque aunque estes limpio como una patena, te la pueden meter doblada, y pagaras el mochuelo de otro para que dentro de X años te digan que eres inocente, y que perdone las molestias...

Un saludo

pablus77

Si él no puede probar que tú te lo has llevado, es su palabra contra la tuya, con lo cuál, él no ha demostrado nada, acusación sin fundamento, con lo cual, con lo cual...... acusación nula completamente.

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BocaDePez
BocaDePez

Pues anda que no hay gente en la carcel (o con multas jodiendoles de por vida) aun siendo inocentes...
Coño si eres mujer solo tienes que poner una denuncia por malos tratos y automaticamente, ponen orden de alejamiento al hombre, etc... apenas se investiga. Se hara.. pero mientras si y no, a ti te van jodiendo. Eso en mi tierra se llama culpable hasta que se demuestre lo contrario.

Y si alguno duda de esto, que ponga la tele o lea algun periodico. Joder, parece mentira que a estas alturas la gente se crea que todo es bonito y funciona....

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pablus77

Bueno, no queria exponer mi caso, pero visto lo visto.
"Teleoperador. Te sancionan para evitar indemnización alegando "bajo rendimiento".
Te despiden. Y tienes razón, de momento te comes el despido. Llega el acto de conciliación (1mes), ya que se denuncia a la empresa un despido improcedente ya que no alegan ni motivos, ni pruebas, ni nada de nada. En el acto de conciliacion es quien dice que hay bajo rendimiento el que debe probarlo. Es decir, ES LA EMPRESA, la que debe de presentar las pruebas. No hay pruebas, no hay sancion. Y encima esto es vinculante para las dos partes y no solo eso, es efectivo desde el mismo dia la improcedencia." TU, en ningun momento tienes que demostrar que tu rendimiento es "alto". Es la empresa la que debe demostrar que tu rendimiento "es bajo".

En el caso de la musica, tu NO tienes que demostrar que no te has bajado nada, sino que es la SGAE $$$$ la que debe demostrar que tú te has bajado la musica.

Si fuera como decis, ahora mismo os reclamo 1 millon de euros alegando un pacto verbal. La ley os obliga a darme el millon de euros hasta que tú demuestres que no hubo dicho pacto. Mientas tu reclamas mi denuncia contra ti, yo me gasto tu millon de euros. (Esto no tiene sentido.... y es bastante obvio)

BocaDePez
BocaDePez

Completamente de acuerdo, yo estaba trabajando en un videoclub cuando se presentó un chulo de gimnasio a insultar y a amenazar a una compañera y al decirle que se calmara y se fuera, entró en el mostrador y me rompió la nariz de un cabezazo.Al verme así cogí lo primero que tenía a mano:una banqueta.La lancé contra él y no sólo no le llegó a dar sino que me la devolvió,rompiendo el mostrador y parte del expositor de películas.Pues bien

Me llegó una denuncia falsa en la cual su novia me acusaba a mí de haberla golpeado con la banqueta.El forense declaró en el juicio que ella no presentaba la más mínima marca(contradiciéndose con la versión de ella)así que su única prueba era su declaración.

Pues me han condenado a pagar 500 euros entre unas cosas y otras amigos!.Aquí se ve lo de la presunción de inocencia, por cierto, lógicamente mi compañera de trabajo declaró a mi favor.Apesta a que ni han revisado lo más minimo el caso y se han limitado a condenar.Tengo preparado el recurso y solamente con los hechos probados tengo fundamento suficiente para que me absuelvan.No prevees que la justicia no haga honor a su nombre hasta que te toca a tí...

Salud! y disculpad el tocho

BocaDePez
BocaDePez

En el caso de la palabra de una persona contra otra, sin testigos ni pruebas; además de prevalecer la presunción de inocencia, el juez observa otras cosas.

Tengo el caso de un conocido mio; una denuncia por agresión leve. Las dos partes presentaron denuncia, una conforme le había agredido la otra y viceversa. Llegan a juicio sin testigos ni pruebas (la palabra de uno contra la del otro).

El juez toma declaración a ambas partes. Mi conocido se mantuvo firme y tranquilo en su declaración, la otra parte se puso nerviosa, titubeaba y dudaba en sus declaraciones.

Resolución del juez: Cómo ambas partes se llevaban mal desde hacía tiempo, y mi conocido siempre mantuvo la misma versión de los hechos, lo absolvieron.

La verdad de la ocurrido estaba más o menos a mitad de camino; perfectamente podrían haber condenado a ambas partes. En este caso el abogado de mi conocido hizo bien su trabajo, al recomendarle mantenerse firme y tranquilo, cosa que no ocurrió con la otra parte.

Muchos de estos juicios que se comentan, que si han condenado a alquien sin pruebas, etc. son casos cómo el que he expuesto más arriba. En muchos casos depende de la actitud del acusado/acusador frente al juez.

Saludos.

BocaDePez
BocaDePez

A ver el no tiene que probar nada, el solo dice aqui habia esto, la factura conforme lo he comprado este señor se lo ha llevado por que trabaja aqui y tiene acceso libre a esta mercancia, y el juez no le pide nada mas, entonces el juez dice si puedes demostrar que no has sido tu, si lo consigues no pasa nada, lo puedes denunciar por injurias, y si por lo que sea no puedes demostrarlo, te comes todo el marron sin saber por donde van los tiros, asi es nuestra democracia y nuestro estado de derecho

Albaceteman2

El principio en el que se basa la alegación de esta mujer es que un castigo por un delito tiene que ser proporcionado al mismo, ¿no? Es decir, de lo que se queja esta mujer es de que la indemnización pedida es excesiva, ¿verdad? En este foro he oido más de una vez que en la justicia española existe lo que se llama un principio de proporcionalidad en la aplicación de penas a delitos.

Respecto a lo que comentas en medio de uno de los hilos, yo creo que si se demostrara que ha distribuido la canción a más gente, no debería tenerse en cuenta igual que el hecho de que ella lo haya descargado porque sería absurdo que pagaran por un mismo perjuicio dos cómplices de un mismo delito. O paga uno o pagan los dos proporcionalmente.

Aún así, lo de esta gente es una vergüenza.

BocaDePez
BocaDePez

Yo no se por que tienen tantos problemas lo estadounidenses, supongo por que debe de ser un problema a nivel federal, por que hace poco que leí un articulo sobre el estado de California de que había un gobernador que impulso un impuesto sobre la viviendas, los ciudadanos estaban en contra de ese impuesto, y por lo visto en ese estado, se puede decir que hay un principio de democracia real, no como aquí, allí los ciudadanos pueden revocar cualquier ley o impuesto, y en cualquier momento someter a referéndum la continuidad de sus gobernantes ( aquí por mucho que la gente se llene la boca de democracia, no existe por ningún lado), para llevar a cabo cualquier de estos procesos solo es requerido un numero de firmas, y por lo visto los ciudadanos de ese estado reunieron las firmas necesarias revocaron el impuesto y echaron al gobernador. No se si esta que tendría que ser la primera regla de cualquier democracia, ya que la palabra democracia significa que el pueblo decide o manda, es aplicable en todos los estados unidos.

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BocaDePez
BocaDePez

alguien de los presentes tiene peerguardian es que resulta que al entrar no me deja si tengo http blocked me sale una ip de retevision es algun spy wares curiosamente esa misma ip me sale cuando uso p2p

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Excalipollas

Rasca pelota derecha. Desbingla el binglador inferior (¡¡¡el rojo no, el verde!!!). Continúa pausadamente hasta el final del procedimiento. Ahora es momento de desmontar el montaje para sú extracción. Una vez extraído, puede descartarse. Si falla el procedimiento de comprobación, sírvase de repetirlo, pero esta vez, cabeza abajo. Destornille levemente la escrófula y púrguela con una solución de alcohol iso-propílico (75%) y etanol(25%), con un 3% al peso de permanganato. Si la purga falla, puede realizar el procedimiento de purga alternativo, que necesita de un palillo de dientes y un poco de saliva.

Espero haberle resultado de ayuda.

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Excalipollas

Importante: la escrófula se destornilla en sentido antihorario, porque en caso contrario podría dañarse el bombín.

De nada.

magost

Lo que me pregunto yo ahora es:
Si el internauta gana el juicio, qué pasa con tod@s l@s internautas que les había tocado pagar a la RIAA sumas desproporcionadas por unas decenas de canciones?
Tendrá que devolver la RIAA el dinero a toda esa gente? Sería gracioso ver como son obligados a devolver todo ese dinero y entonces demandarles por haberse aprovechado de toda esa gente.
Llegará a pasar eso alguna vez en España? Que de una demanda a un restaurante por 10000EUR el/la juez dictamine que sólo está obligado a pagar 20EUR. Creo que sería el final de las demandas de la $GAE ya que les saldría más caro arreglar todo el papeleo que dinero conseguirían.

ActiveMan

Ni demandas ni contrademandas. Lo injusto es que los lobbies obligen a los gobiernos a crear leyes injustas.

Vota Partido pirata.

BocaDePez
BocaDePez

hasta donde yo conozco la legislacion yankee, por trabajos de universidad y esas cosas, es que se basa en el sistema de precedentes, es decir, cada caso se puede basar en uno similar ocurrido anteriormente ....
Con esto llegamos al punto que de salir ganadora la demandante, no existiria una retroactividad con la sancion, a menos que esta fuera pedida (y justificada).....
Sin embargo lo que tendriamos, seria que los futuros casos de demandas de la RIAA por este tipo de delitos, se les aplicaria este mismo tipo de sancion, o sea, paga lo que vale la cancion y no lo que a ellos se les pege la gana ...

Esta cualidad judicial, no es algo muy comun en los sistemas penales del mundo, en donde aun se analiza cada caso como unico ....

BocaDePez
BocaDePez

LO de que poneis aqui de q en España hay presunción de culpabilidad no es del todo falso...la norma dice que Hay presuncion de inocencia, pero no siempre es cierto. Por ejemplo, en los procedimientos en los que tienes problemas con Hacienda o con las admisitraciones recaudatorias locales SIEMPRE eres culpable y tienes q demostrar lo contrario.

Pensad q la ley tb dice q los españoles somos iguales ante la ley ( Falso, porque vascos, navarros y catalanes no pagan los mismos impuestos q en el resto del pais ), que todos tienen derecho a una vivienda digna, derecho al trabajo, etc ...evidentemente eso no es asi.

Por ultimo deciros q la principal diferencia entre el derecho USA y el español ( Para mi ) , y no hablo de leyes concretas, es q alli las sentencias son fuente primaria del derecho y los antecedentes tienen q respetarse. Aqui, no.

AQui, la jurisprudencia es sólo una fuente secundaria, frente a la ley, la costumbre y los principios generales de derecho

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eolos

Obviamente el Pais Vasco y Navarra, funcionan con el sistema de cupos y no pagan lo mismo que el resto de Españoles (no se si más, o menos, pero hay autonomía fiscal). En el caso de Catalunya te equivocas, ya que los impuestos (al márgen de lo que puede modificar una autonomía, como todas las de España, excepto País Vasco y Navarra) son los mismos en Catalunya.

BocaDePez
BocaDePez

El importe de lo robado no tiene importancia; las condenas legales son, por una parte para proteger a las personas perjudicadas y por otra para castigar y aleccionar a aquellos que no las cumplen. La RIAA incluso ha sido muy condescendiente al demandarle solo esa cantidad.

Si todo el castigo por robar algo fuese tener que pagar su valor, la tasa de robos se dispararia; si la gente creyera que lo peor que le puede pasar es que tenga que pagar el producto, dejarian de comprar cosas para robarlas directamente. Además recordemos que esta internauta no solo se ha descargado ilegalmente una canción, si no que la ha distribuido a decenas o cientos de personas

Será divertido ver como además de los 750$ tiene que pagar las costas de la contrademanda. Tal vez así aprenda a no robar el trabajo de otros.

🗨️ 6
BocaDePez
BocaDePez

Dime el nombre de tu camello XDDD

eolos

Pues hay una diferencia fundamental. Para empezar según la valoración del RIAA en España, con bajarte una canción estás cometiendo un delito. Según la nueva valoración propuesta, hasta 428 canciones bajadas sería falta, más de eso sería delito. Obviamente estamos hablando en el peor de los casos de hurto. Robo es hurto con violencia y violencia no creo que haya por bajarse un archivo por internet.
Por otro lado obvio que se puede poner una multa a quien hurta, pero la ley exige una proporcionalidad en la pena. Es decir si alguien hurta algo que tiene un valor de 70€ (100 canciones), lo que no se puede es poner una multa de más de 70.000EUR.

Así que, pongamos el peor caso, que realmente es un hurto el bajarse canciones con copyright de internet, es determinante saber el valor de lo hurtado, ya que con este valor determinaremos la pena (sea carcel, sea multa). Por otro lado resulta obvio que yo soy responsable de mis bajadas, no de las de los demás.
Cuando yo pongo una canción en emule, es como si dejara un CD en la puerta de mi casa. Lo pueden coger o no, pero el responsable del acto, en todo caso, es el que coge el CD, no yo.

eolos

Tiene suerte que la RIAA no haya pedido su pena de muerte. La verdad es que hay que escarmentar a todos estos delicuentes que lo único que hacen es robar por internet.

Krigan

Conejo Blanco ataca de nuevo: el valor de lo robado no tiene importancia.

Dinos Conejo Blanco, ¿cuántos años de cárcel te meten por hurtar (sin violencia, fuerza, ni intimidación) 70 centavos?.

¿Y si no has hurtado, sino que has copiado?. Vale que el profe te suspenda si has copiado el examen de otro, pero ¿750 dólares de indemnización?.

¿Qué hacemos con los que aparcan mal el coche?. ¿Les fusilamos?.

Y todo esto en USA, claro. Porque resulta que aquí el copiar para uso privado es perfectamente legal.

Excalipollas

"El importe de lo robado no tiene importancia"

Mal. Aquí no se ha robado nada, ni siquiera según la legislación yankee.

Mal. Sí tiene importancia. La proporcionalidad en las penas es un principio legal fundamental en todas las democracias "reales". Si no te gusta esto, siempre te puedes ir a vivir a Corea del Norte o a Yemén.

"La RIAA incluso ha sido muy condescendiente al demandarle solo esa cantidad"

Si condescendiente es sinónimo de gangsteril e hidepvta, entonces vale. En caso contrario, no sé que te habrás fumao tú ultimamente, pero debía estar muy bueno.

"recordemos que esta internauta no solo se ha descargado ilegalmente una canción, si no que la ha distribuido a decenas o cientos de personas"

O millones. Desgraciadamente para tu tesis esto es totalmente indemostrable, ya que no hay forma de cuantificar cuantas personas-y en qué porcentaje del total de la obra- se han descargado ficheros de esta señora. Como el daño tiene que ser demostrable, pues... prtzzzzzzzzzz. Por otra parte, si la cobran 750$ por descargar una canción, y luego quieren también cobrarle lo mismo a cada uno de los que se la hayan descargado de ella, resulta las discográficas no necesitan ni siquiera vender discos para forrarse. Vaya incongruencia, ¿no?

"Será divertido ver como además de los 750$ tiene que pagar las costas de la contrademanda. Tal vez así aprenda a no robar..."

Totalmente de acuerdo, siempre que el sujeto implícito de la frase sea la RIAA, y no la demandante. Desde luego, les vendría bien a los sres. de la RIAA una buena patada (metafórica) en el cielo de la boca, propinada por el sistema legal americano.

Unas preguntitas: ¿De verdad te crees lo que has escrito? O bien ¿Lo haces porque te pagan? O bien ¿Te gusta ser un tonto útil? O bien ¿Mandas este tipo de posts porque si no nadie te hace caso?

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eolos

Es que es Teddy Bautista. Lo que me hace gracia es que uno es responsable de lo que se baja y de lo que se suben.
Es decir pretenden, so pena de delito, pretenden que yo haga el trabajo de custodiar los archivos que tienen derechos de autor. Es decir yo debo velar para que ellos no pierdan dinero. Que hidepvta que son.
Dicho de otra manera, si bajarse canciones, siempre según su lenguaje, es robar, pretenden que el robado (el que tiene la canción), también sea condenado.

BocaDePez
BocaDePez

a mi como comprador de CDs me gustaria demandar a las compañias cuando compro un cd por 18€ y al mes lo ponen en un hiper por 6€.
Pueden pasar dos cosas:
-que el hipermercado venda por debajo del precio de coste, lo cual es un delito
-que la discografica tenga un beneficio indecente (el 500% lo menos) en cada CD, lo cual posiblemente no sea delito pero es poco etico

lo mejor seria no comprar un jodio disco durante un año, a ver que cara se les queda
la musica y los musicos los estan matando las discograficas, la sgae y gente de este estilo.
¿cuanto le dan al autor e interprete por cada disco vendido? pues os lo digo yo, una miseria que a veces no llega al 1%. son una mafia y lo mejor es no hacerles el juego

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BocaDePez
BocaDePez

Pagas el derecho a poder disfrutar cuanto antes de ese disco; es la ley de la oferta y la demanda, y este tipo de situaciones no se dan tan solo en el mercado discográfico, si no en muchos otros ámbitos, como el tecnológico, el alimentario, el téxtil, etc... En todo caso, si eres una persona de bajos recursos económicos a quien pagar 18 € por un disco le parece caro, tan solo tienes que esperar algunos meses para comprarlo. ¿Donde está el problema? Si es algún tipo de intento de justificar la pirateria, es bastante absurdo; seria como decir que no hay problema en robar un ordenador de última generación, porque al fin y al cabo dentro de unos años estará obsoleto.

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eolos

No justifica la piratería. Quiere decir que frente al abuso de las discográficas esta la opción del intercambio legal de canciones para uso privado.

BocaDePez
BocaDePez

De entrada, te remito a la definicion de pirateria. Todo ilustracion academica.

Como no hay robo (pues no te quedas sin el bien en cuestion) ni destruccion, no ha lugar a calificar de pirateria el acto de descargarse una cancion de la red, pagues o no por ella.

Por no mencionar que la LPI reconoce la figura de la copia privada, siempre que no haya comunicacion publica, no medie animo de lucro y la copia se obtenga de forma legal. Bien, mis copias las veo (oigo) yo, no las vendo (pero las regalo para uso personal, lo que tampoco es delito) y desde luego que yo sepa, el protocolo P2P es legal en España, de manera que siento contradecirte, pero tampoco soy un pirata.

Sin embargo, si nos remitimos a la definicion de usura, esta nos dice en su punto cuatro: "Ganancia, fruto, utilidad o aumento que se saca de algo, especialmente cuando es excesivo.", que es precisamente lo que las discograficas hacen con los consumidores. Y si miramos la definicion de mafia, vemos en su punto 3: "Grupo organizado que trata de defender sus intereses sin demasiados escrúpulos."

Asi que la proxima vez que diga que en SGAE son una mafia usurera, que no se ofendan, que es lo que hay. Y lo dice la DRAE.

Un saludo

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BocaDePez
BocaDePez

En cuanto al tema de "pirata", es un término coloquial aceptado por la mayoría de la gente y se supone que cualquiera con un nivel medio de comprensión no los confundirá con los personajes de las calaveras y la pata de palo. El hecho de que exista un ¿partido, grupo de amigos, pachanga? que se autodenomina pirata ya te puede dar pistas. De hecho, probablemente según la RAE no te "bajas" cosas de internet.

Solucionado este tema (Hay que ver como Internet puede dar una falsa aura de cultura a cualquiera), recordar a nuestro "erudito" que para que se produzca un robo (o fraude si eso te parece mejor) no es necesario privar a nadie de un objeto: colarse en un cine o viajar en el tren sin pagar también provoca daños económicos. Lo siento, pero cuando tu descargas música con derechos de autor sin pagar nada y encima la distribuyes entre amigos y desconocidos, estás privando a un trabajador de recibir dinero por su trabajo y por ello no solo eres un ladrón, si no un explotador del talento ajeno.

En cuanto a lo de "mafia usurera". Deberías vigilar tus palabras para no tener problemas (o que los tenga esta web). Todas las acciones de la SGAE se ajustan a la legalidad vigente, y las posibles disputas se dirimen en juzgados. La idea de la "ganancia excesiva" no es de extrañar cuando viene de alguien que está acostumbrado a adquirir las cosas por 0 € mediante el robo

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Bodescu

Permite que sea yo quien rebata (o al menos lo intente) tus argumentos.

No creo que la cuestion gire en torno a las definiciones que la RAE pueda dar a una u otra palabra; todos sabemos a que te refieres cuando nos llamas piratas, de la misma forma que todos entendemos que te va a dar igual: Sabemos que no hacemos nada malo ni ilegal, y pensamos, al menos yo, seguir haciendolo. Muestrame donde dice que no puedo descargarme lo ultimo de X.

Para robar es necesario privarte del bien en si. De otro modo no puede considerarse robo. No lo digo yo, ni la RAE; hay jurisprudencia al respecto. Colarse en un cine no es robar, ni viajar de gorra. A lo sumo es tener mucho morro, lo puedo aceptar, pero desde luego no es un robo.

Parecia abandonada la vieja falacia tan utilizada, pero veo con sorpresa que volveis a tirar de ella: El hecho de que lo descargue no implica daños economicos, y esto es asi porque si no pudiera descargarlo, probablemente tampoco lo compraria. De modo que la excusa del lucro cesante, ampliamente rebatida ya, no es valida de nuevo. No obstante lo dicho, me gusta (en serio, me he reido un rato) la coletilla de "explotador" que nos has colgado: Ya nos habian llamado traficantes (de armas, de blancas, de drogas...), pederastas, ladrones (nada nuevo, verdad?), y mil lindezas mas. Pero al añadir una nueva expresion al ya de por si nutrido repertorio de descalificaciones, nos dais un poco mas la razon. Luego decis que hay una campaña contra los autores, que si sois unos angelitos, que si todas esas paridas que soltais por ahi adelante... Falso. Lo unico que haceis es mentir y difamar, porque estais ya tan faltos de ideas y de recursos, porque ya no podeis frenar esto, porque no podeis mantener un modelo muy lucrativo... Porque no dais para mas, en suma. El insulto es lo unico que os queda, con la esperanza de convencer a los padres para que no permitan a los hijos la descarga de musica.

Los hijos de hoy son los padres de mañana. Y los hijos de hoy ya os conocen y saben de que vais. Pan para hoy...

Solucionado este tema (Hay que ver como una ley puede dar una falsa aura de moralidad y decencia a los abusos), supongo que lo de "Deberías vigilar tus palabras para no tener problemas (o que los tenga esta web" es un consejo amigable, y no una amenaza velada propia de la mafia barriobajera mas recalcitrante, verdad? "las posibles disputas se dirimen en juzgados" y los juzgados dan palo a SGAE una y otra vez, como sin duda sabes. La tactica del "tatecallaoquetemeto" hace mucho que dejo de funcionar, e incluso parecia que habiais cambiado de esquema. Pero no, seguis siendo los mismos, con las mismas ideas y fijaciones. Lamentable.

La idea de la "ganancia excesiva" parte del hecho contrastado del cobro indiscriminado de un canon a todas luces inadecuado (aunque legal, eso si), viene del abusivo precio de un cd en el mercado (cuanto dices que cuesta fabricarlo, pagados ya los tecnicos? Que margen de ganancia tiene una discografica?) viene de que el personal esta harto de que me des un tema semibueno y once penosos, de clones por ordenador, de productos fabricados en serie, de rellenos apestosos...

De amenazas, de pagame o te demando, y luego otra vez, y otra, de pedir claridad en las cuentas de las gestoras, en las listas de socios, y que te digan que pagues igual. De redadas con falsas acusaciones, de manipulacion y engaño, de...

Enterate: Aqui nadie esta contra los autores. Me parece genial que cobren por su trabajo (como cualquiera), pero no estoy (estamos?) dispuestos a pagarle los vicios a quien quiera que diga que 'en ese CD podrias grabar canciones, asi que porsi te cobro'. No estoy dispuesto a pagar por las copias de seguridad de mi base de datos, ni por las fotos de mis vacaciones, ni por guardar un cuento que he escrito (similar a Alibaba y los 40 ladrones, pero con un titulo mas actual, no se si pillas...). No estoy dispuesto a contribuir, por poco que sea, a que unos pocos se peguen la gran vida sin dar ni golpe durante años.

De los 80ypicomil socios que tiene SGAE, por ejemplo... Cuantos dices que pillan parte del canon? Asi que es para repartir entre los artistas, pero claro, de equidad nada de nada. Asi se explica las mansiones castillescas y las obras faraonicas en las que se han embarcado ultimamente estos señores. Como una sociedad sin animo de lucro puede permitirse pagar semejantes obras? Con las cuotas de sus socios? (Perdon: JUASJUASJUAS!)

En fin, que el modelo de negocio no se sostiene, hace agua desde hace mucho, y tarde o temprano se hundira, con vosotros dentro o no (vosotros vereis).

Un saludo

BocaDePez
BocaDePez

Pues... Ya te han contestado cumplidamente, de forma que obviare tus insultos y asi lo dejare. Que cada cual entienda lo que vea.

Saludos

BocaDePez
BocaDePez

En parte es cierto, ni es indecente ni es un delito. En nuestra legislación vigente existe el derecho a la copia privada de cualquier obra con derecho de autor. Antes la gente se grababa las películas de la TV en cintas de VHS o discos en cintas de cassette y la SGAE no puso jamás el grito en el cielo. La gente lo hacía a diario, con muchas cintas y muchos discos y nadie decía nada, era algo habitual. Pero el principal problema de todo esto es la propia SGAE. Ella ha convertido en legal hacer copias de música descargada de internet. Con la aplicación del canon ya están compensando las supuestas pérdidas de los derechos de autor. Cuando compras un CD o un DVD, la SGAE ya presupone que lo vas a usar para grabar material bajado de la mula. Pero, ¿qué pasa con la gente que usa esos CD's o DVD's para grabar sus propias fotos o sus propios videos de vacaciones, bodas, bautizos, etc? Ellos son los autores y están pagando a la SGAE por sus propios derechos sin ellos querer. Pero dejando de lado el tema del canon, lo que dice también nuestra legislación es que se ha de castigar la copia ilegal de material protegido con derechos de autor cuando existe ánimo de lucro. Es entonces cuando se convierte en delito, no antes. De hecho una jueza aquí en España ya ha declarado que bajarse canciones de internet para uso privado no es delito pues no existe ánimo de lucro. Si hubiera vendido un CD con música bajada de internet a un amigo, entonces sí sería delito.

En fin, saludos cordiales

Krigan

Precisamente lo que él dice es: "lo mejor seria no comprar un jodio disco durante un año"

¿Se te ha ido la olla, Conejo Blanco?.

En mi opinión, lo mejor es bajarse el disco de la mula, y dejar que actúe la ley de la oferta y la demanda. Cuando vean que nadie los compra a 18 euros, ya los pondrán a 3, o incluso a 1 si es necesario.

En Internet ya estamos empezando a ver a la ley de la oferta y la demanda en acción. Servicios como Napster To Go te permiten bajarte todas las canciones que quieras, de un repertorio de 2 millones, por 15 dólares (12 euros) al mes. Y con la bendición de las discográficas, además.

¿Cómo ves el futuro de la venta de copias?. Yo lo veo jodidillo, ¿y tú?.

🗨️ 9
eolos

Les jode pero poco a poco aprenden que no van a ningún sitio con la usura (aunque seguirán luchando para poder seguir con ella). Ayer me hinche de comprar recopilatorios en el fnac, con precios entre 5€-7€.

🗨️ 4
Krigan

Ya sabes, eres un ladrón, no un cliente. No les entra en la cabeza que están atacando a sus propios clientes...

🗨️ 3
eolos
BocaDePez
BocaDePez
🗨️ 1
Krigan
BocaDePez
BocaDePez

La venta de copias funcionará bien mientras los gobiernos se ocupen de proteger a los autores, y de momento parece que están por la labor, no de forma tan entusiasta como seria deseable pero se va por buen camino. En cualquier caso, la venta de música sea en el formato que sea es buena siempre que se pague por ella. Personas como tu, que creen que tienen derecho a adquirir gratis aquello por lo que otros pagan 12 o 18 €, son las que deben ser perseguidas y castigadas... eres la viva aplicación del ejemplo que he puesto sobre el ordenador... te atribuyes unos derechos que no tienes y ni siquiera te planteas esperar a comprar el disco cuando sea más barato: lo quieres ya y por 0 €. Puedes llenarte tanto como quieras la boca con frases y razonamientos hipócritas: la verdad es que a un ladrón, cualquier precio mayor que 0 le parece caro.

🗨️ 3
Krigan

Claro, y por eso el mandamás de EMI dijo "el CD está muerto". Por eso el uso del p2p no para de crecer en USA, a pesar de que allí es ilegal descargarse pelis o canciones. Debe ser que todos esos millones de internautas USA se pasan todo el día bajándose distros de Linux.

En cuento a Napster To Go y similares (en España está Pixbox), no sé si aprecias la "pequeña" diferencia que hay entre pagar 18 euros por un CD de 12 canciones, o pagar 12 euros al mes por poder descargar todas las canciones que quieras. La diferencia de precio por canción es brutal, si te bajas 100 canciones al mes te sale cada una a 12 céntimos, si te bajas 1.000, te sale a 1,2 céntimos por canción. Y claro, si las discográficas ven que sus ingresos se reducen a la décima o centésima parte de lo que son actualmente ya no dedicarán tanto dinero a comprar influencia política ni a campañas de "concienciación".

Al final del camino, lo que queda es que el negocio de la venta de copias no se va a poder sostener a largo plazo, porque las copias han pasado a ser esa cosa que cualquiera puede obtener por sí mismo. Como mucho, podrás vender rapidez y comodidad en la obtención de copias, a un módico precio mensual, o bien financiándote con anuncios. Y si te descuidas, igual ni eso. Igual te encuentras conque el mandamás de EMI te dice dentro de unos años "las descargas de pago están muertas".

Y no, yo no me atribuyo ningún derecho. El derecho a la copia privada lo tengo porque lo dice la ley, no porque lo diga yo, ni dejo de tenerlo porque tú digas lo contrario.

BocaDePez
BocaDePez

"Personas como tu, que creen que tienen derecho a adquirir gratis aquello por lo que otros pagan 12 o 18 €, son las que deben ser perseguidas y castigadas..."

La Ley dice que tenemos ese derecho, por lo que tu no eres nadie para decir lo contrario.

Si por otra parte esta dinámica ahoga tus deseos de forrarte sacando la canción del verano, dedícate a la construcción o al temporeo, o pon un kiosko. Y por la música no te preocupes que no morirá. Hay muchos grupos muy buenos que tocan porque SIMPLEMENTE les gusta, y seguirán haciendolo, como siempre en sus ratos libres.

Ale, un saludo.

BocaDePez
BocaDePez

Es así de simple:El compartir nace de un sentimiento solidario ante el abuso de las grandes compañías que se reparten el enorme pastel.Además hay infinidad de artistas de toda índole que se pudren en el anonimato por no haber sido tocados por el dedo divino de una multinacional, más interesada en encumbrar a cuatro elegidos, distintos del resto de los inoperantes mortales, que les reportarán grandes beneficios en su calidad de diosecillos del show-biz.,adorados por gente con un gusto musical completamente domesticado y que consumen hasta lo más cutre enorgulleciéndose de engordar a la misma bestia que les chupa hasta el buen criterio.

La cultura debería ser gratuita y subvencionada, no que sólo cuatro pijos puedan acceder a ella como un privilegio.

Salud.

BocaDePez
BocaDePez

Somos más personas...

Si no quieren crear contenido... que no lo creen...
Pero no le pueden poner barreras al mar... y si lo intentan tenemos que impedirlo.

Compartir es bueno. FORRARLES es malo.

Que el autor gane dinero es bueno...
Que MILES de personas cobren por algo que puede hacerse gratis es ANTIÉTICO.

Transportar una canción por internet es económico, ecológico y rápido... Pq coño tengo que pagar con un disco un 99.99% de gastos en tienda+empaquetado+transporte+basura+cientos de altos cargos forrandose... pudiendo hacerse TODO ES GRATIS?

Disculpad...

Solo por el bien del medioambiente ya merece la pena NO COMPRAR ESE PLASTICO...
Descargatelo,... el medioambiente como mínimo ya te lo agradecerá.

BocaDePez
BocaDePez

Estimados,

En Chile, mucha de la publicidad de las empresas proveedoras de internet, trata sobre el acceso a medios (musica, videos, etc), como si fuera "parte del servicio", por lo que no me extraña que muchos de los nuevos usuarios caigan en la practica de descargar y compartir material protegido.

No defiendo la ignorancia ni la ingenuidad pero si creo hay que evaluar que tan etico es que se publiquen beneficios en forma engañosa.

Saludos!

-Isabel