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Inspeccionar el tráfico para bloquear el intercambio de archivos es ilegal según el Tribunal de Justicia de la UE

Joshua Llorach

La justicia europea resuelve que no se puede obligar a los proveedores de Internet a analizar el tráfico de sus clientes o bloquear las comunicaciones P2P, ya que los derechos de los autores no está por encima de los derechos fundamentales de los usuarios.

El origen del litigio está en el proceso abierto en el 2004 por la sociedad de autores belga SABAM contra el proveedor de internet Scarlet. SABAM denunció ante los tribunales belgas a Scarlet por permitir el tráfico P2P de obras protegidas con derechos de autor.

La justicia ordenó al ISP que impidiese a sus clientes cualquier tipo de comunicación P2P que contenga obras del repertorio de SABAM. Esta resolución solo podía cumplirse inspeccionando el tráfico de los usuarios y bloqueando todo aquel en el que se identificarán contenidos gestionados por la sociedad de autores.

Scarlet recurrió a la corte de apelaciones de Bruselas alegando que inspeccionar las comunicaciones iba en contra del Derecho de la Unión. La corte de apelaciones elevó la cuestión al Tribunal de Justicia, preguntando si un juez nacional puede ordenar a un proveedor de internet filtrar las comunicaciones e identificar el contenido de las descargas.

En la sentencia dictada hoy, el Tribunal reconoce que los titulares de los derechos pueden solicitar medidas cautelares contra los proveedores de internet si sus servicios se utilizan para vulnerar derechos. Pero esta medidas no pueden incluir la "supervisión general de los datos" transmitidos en la red.

Una medida de este tipo atenta contra la libertad de empresa de los ISP, al imponerles "un sistema informático complejo, gravoso, permanente y exclusivamente a sus expensas". Pero también puede afectar a los derechos fundamentales de los usuarios.

Dicho requerimiento judicial implicaría un análisis sistemático de todos los contenidos y la recopilación e identificación de las direcciones IP de los usuarios que hayan originado el envío de contenidos ilícitos en la red, dándose la circunstancia de que dichas direcciones son datos protegidos de carácter personal. Además, el requerimiento judicial podría vulnerar la libertad de información, dado que se corre el riesgo de que el citado sistema no distinga suficientemente entre contenidos lícitos e ilícitos, por lo que su establecimiento podría dar lugar al bloqueo de comunicaciones de contenido lícito.

Actualizado