Leo en el periódico gratuito 20 Minutos que los hoteles que den a sus clientes programas de televisión o hilo musical deberán pagar derechos, según el Tribunal Europeo de Justicia que dio la razón a la SGAE en una demanda presentada contra la cadena Rafael Hoteles, SA. Para cumplir la legalidad es necesaria la autorización del autor, ya que "el carácter privado de los dormitorios de un establecimiento hotelero" no impide que la emisión de contenidos televisivos sea considerada un acto público.
Un juzgado de primera instancia había desestimado anteriormente su denuncia, basándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo español, que considera que el uso de televisores en habitaciones de hotel no es un caso de comunicación pública y, por tanto, el establecimiento no tiene por qué pagar.
"La distribución de una señal por televisores en un hotel a sus clientes está protegida por los derechos de autor," dijo la corte en un comunicado. La ley de derechos de autor de la Unión Europea dice que los autores tienen el poder de autorizar o prohibir la difusión de sus obras al público, según la corte.
"Si, por medio de televisores (…) instalados, el hotel distribuye la señal a los clientes que se alojen en las habitaciones o que estén en cualquier otra zona del hotel, tiene lugar una comunicación, independientemente de la técnica utilizada para transmitir la señal" dijo el tribunal.
Esta es la sentencia.