"Las tarifas actuales son bajas, entre otras cosas, porque las paga todo el mundo, por lo que si una parte queda excluida el canon debe subir para que la compensación que reciben los autores siga siendo la misma", explica Rafael Sánchez, director gerente de Egeda. Si el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) da la razón a la Audiencia Provincial de Barcelona y exime del pago a las empresas, Administraciones Públicas y despachos profesionales, ya sabemos lo que nos quedará por aguantar próximamente.
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Aparte de SGAE y además de la propia Egeda, Agedi (Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales), AIE (Asociación de Intérpretes y Ejecutantes) y Aisge (Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión), acompañan en sus pretensiones y en el juzgado, a las primeras. La raiz de este asunto se encuentra en un auto fechado el 15 de septiembre de 2008, donde la Audiencia de Barcelona acepta TJCE si el canon regulado por el actual Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual contradice la normativa europea, atendiendo a si es un concepto "armonizable", si guarda justo equilibrio entre quienes lo pagan y quienes lo recibe y si la compensación puede aplicarse a los equipos y materiales de los que no puede presumirse que se destinen a copia privada.
De interés:
- Copia del auto de la Audiencia Provincial, de 15 de septiembre de 2008. Formato .pdf
- Escritos de alegaciones de prejudicialidad europea (dos versiones). Formatos .txt, .doc y .odt.