Así debes interpretar la etiqueta que vendrá en la caja de todo tipo de dispositivos electrónicos obligados a traer conector USB Type-C y carga rápida con USB Power Delivery desde finales de 2024.
Europa aprobó el cargador universal1 a finales de 2022 para que buena parte de los equipos electrónicos de consumo traigan en el futuro una interfaz unificada de carga que garantice la interoperabilidad entre fabricantes, con el fin de hacer la vida más fácil a los consumidores, a la vez que se reduce el impacto ambiental. España ya ha traspuesto esta normativa2 para que entre en vigor en la fecha prevista.
La nueva normativa regula exclusivamente la carga por cable y deja de momento fuera a la carga inalámbrica, aunque contempla incorporarla en el futuro.
- En un primer momento, a partir del 28 de diciembre de 2024 afectará a tabletas, cámaras digitales no profesionales, auriculares, videoconsolas portátiles, lectores de libros electrónicos, teclados, ratones y navegadores GPS.
- A partir del 28 de abril de 2026 se extenderá a ordenadores portátiles.
Por qué se ha elegido USB C
Estos equipos estarán obligados, por una parte, a utilizar el tipo de conector USB-C. Esta denominación se refiere exclusivamente a la forma del conector: redondeado, reversible y similar en ambos extremos del cable, lo que lo hace más resistente, fácil de insertar y elimina la necesidad de tener un conector diferente en el host (cargador) y el periférico (móvil) como ocurría con su predecesor, Micro-B.
Sus 24 pines están diseñados para resistir al menos 10.000 conexiones y desconexiones. Además de soportar transferencias de datos de hasta 80 Gbps con USB4 Version 2 y modos alternativos como DisplayPort, HDMI o Thunderbolt, es un sistema de alimentación y carga muy versátil, lo que lo convierte en la solución universal para la interconexión de dispositivos por cable.
Carga rápida USB Power Delivery obligatoria
Además del tipo de conector, la normativa que llega de Europa obliga a soportar USB Power Delivery (PD) cuando el dispositivo pueda cargarse con más de 5V, corrientes superiores a 3A o más de 15W de potencia, aunque podrá paralelamente tener otros sistemas de carga rápida propietarios, siempre que mantenga la compatibilidad.
USB PD es el protocolo que permite la alimentación de alta potencia a través del cable USB y la carga rápida. Para ello se suministra inicialmente el voltaje estándar USB de 5V con hasta 2A (10W), pero alimentador y dispositivo pueden negociar mayor voltaje e intensidad para alcanzar potencias de hasta 100W (20V y 5A), suficiente para alimentar un portátil. Esto se hace en ambos sentidos, de forma que con USB PD un dispositivo puede alimentar a otros a la vez que se carga. Con la última versión 3.1 de USB PD la potencia puede llegar hasta los 240 W con el cable USB-C adecuado. Esta versión más reciente no se ha incorporado a la normativa, aunque se contempla para futuras revisiones.
Cómo es la etiqueta del cargador universal
La trasposición a la legislación española que prepara el Ministerio2 permite que los dispositivos se vendan sin cargador, de forma que el usuario pueda reutilizar uno que ya tenga, pero esto tendrá que venir claramente especificado en el embalaje mediante una etiqueta estandarizada.
Este símbolo con forma de cargador es el que puedes ver en la infografía. Cuenta con tres versiones. La primera para indicar que se incluye un cargador básico y la segunda para señalar que el cargador no viene incluido. Además de una de estas dos, si el dispositivo soporta carga rápida tendrá que mostrar un símbolo con las letras USB PD en su interior y la potencia mínima requerida para cargar el equipo estando en funcionamiento, junto con la potencia máxima soportada para la carga rápida.