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Los discos duros exentos del canon sencillamente no existen

Alejandro Santos
Conector

A pesar de que la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual del verano de 2006 dejaba fuera de la aplicación del canon a los discos duros:

Los discos duros de ordenador en los términos que se definan en la orden ministerial conjunta que se contempla en el anterior apartado 6 sin que en ningún caso pueda extenderse esta exclusión a otros dispositivos de almacenamiento o reproducción.

La orden a la que hace referencia se aprobó ayer y dice:

Conforme el párrafo b) del apartado 7 del artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual y a los efectos en él previstos se entiende por «disco duro de ordenador» el dispositivo de almacenamiento magnético de un ordenador en el que se aloja el sistema operativo de dicho ordenador, al cual está conectado con carácter permanente, de forma que éste solo y exclusivamente pueda servir de disco maestro o del sistema en el sentido de que su conexión sólo le permite adoptar esa funcionalidad y no la de disco esclavo.

Esta definición es anacrónica. En los antiguos discos PATA había que seleccionar manualmente la configuración del disco duro mediante los pines que venían en la parte posterior, configurándolo de esta forma para que actuase como Master o Esclavo. En la actualidad, los discos duros más vendidos son los SATA, que pueden ser instalados como disco principal o secundario sin necesidad de tocar ningún PIN. Pero no existen discos preconfigurados para funcionar exclusivamente en el canal 0 como discos primarios. Todos tienen la posibilidad de actuar como disco secundario. Por lo tanto, los discos a los que hace referencia la ley, sencillamente no existen y a día de hoy todos deberán pagar su correspondiente canon de 12 €.

Probablemente no tardaremos en ver discos duros SATA que si estén limitados por hardware para funcionar solo en el canal 0.

El año pasado se vendieron un millón de discos duros en nuestro país. ¿Cambiarán las tornas y se venderán más unidades USB que están afectadas por tan sólo 0.30 céntimos? No se preocupen, la Comisión de Propiedad Intelectual con carácter bienal revisará las tarifas de la remuneración por copia privada: el canon.

Actualizado