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Los derechos del detenido

alejandrosantos

Carlos Sánchez Almeida terminó este año su paso por El Mundo hablando de los derechos del detenido. Lo traemos a colación aquí ya que se siguen produciendo detenciones de webmasters acusados por delitos contra la propiedad intelectual, en razón a la publicación en sus páginas de enlaces a contenidos ajenos. A pesar de que las sentencias van poniendo las cosas en su sitio, todo el trámite de esas primeras horas en comisaría es conveniente conocerlo para saber qué hacer y, sobre todo, qué no hacer. ¿Cómo comportarse si te ves injustamente metido en una detención masiva contra las malditas redes P2P e imputado por un delito contra la propiedad intelectual?

-> No perder la calma durante las 72 horas que puede durar como máximo el encierro en dependiencias policiales. La cortesia es contagiosa. En realidad, y siendo el tipo de delito del que hablamos, está injustificada una detención preventiva más duradera de lo necesario.

-> Antes o después le presentarán un documento en el que están expuestos sus derechos. Tómese todo el tiempo del mundo para leerlo, y fírmelo sólo cuando lo haya comprendido todo.

-> Cuando esté presente su abogado, Vd. debe decidir si declarar o no. En esa decisión no debe influir nadie más que Vd. mismo. Tenga en cuenta que sólo podrá entrevistarse con su abogado al término de la declaración, desconociendo los términos en que está redactado el atestado policial, algo que su abogado sólo podrá conocer cuando comparezca en el Juzgado.

-> Debe tenerse en cuenta la existencia de un procedimiento de hábeas corpus, mediante el que se podrá obtener la inmediata puesta a disposición de la Autoridad judicial competente, de cualquier persona detenida de forma ilegal.

-> Antes o después Vd. acabará declarando ante un Juez. Para ese momento, asegúrese de disponer de toda la información sobre el caso, para poder decidir, con todas las garantías, si ratifica la declaración prestada, o no, ante los funcionarios policiales. Y por encima de todo, déjese aconsejar por su abogado, y exclusivamente por su abogado.

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💬 Comentarios

jamad92
2

me parece lamentable que detengan a gente por esto y hayan asesinos en la calle...

La copia privada siempre se ha dicho que no es delito y ahora nos quieren hacer ver que si lo es... ¿Por qué ladrones como Julian Muñoz están solo 2 años en la carcel y alguien que piratee una película puede estar en la carcel casi tanto como el y encima tener que pagar una indemnización?

Saludos

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez
2

Porque Julian Muñox le robó al pueblo y de ti piensan que les estás robando a los que de verdad tienen el poder: LA INDUSTRIA.

Esta versión resumida quizás peque un poco de demagógica pero todos entendéis a que me refiero.

nomardj
2

Hasta que no se salga a la calle, a manifestarnos de que no nos traten como asesinos, delicuentes, ladrones ... seguiran dandonos por el ojete.

Nadie se movilizaa, pues ajo y agua. Solo digo eso.

OqTpO
1

En la práctica el hábeas corpus, independientemente de lo que diga el art. aquí citado, lo que consigue es que la autoridad judicial correspondentiente tenga noticias de que estás en la situación en la que estás.

Puede parecer de perogrullo, pero cuando se producen detenciones "masivas" a las que nos acostumbran los titulares de los mass-media, al final un porcentaje pequeño de los detenidos ni siquiera terminan acusados formalmente, y otros si consiguen ser llevados a juicio, no son condenados.

Para la noticia que se trata aquí, nunca está de más solicitar el hábeas corpus en la misma comisaría, eso les va a obligar a remitir a la autoridad judicial lo que haya en ese momento... y quien sabe... puede que se decida que por una acusación de ese tipo no tengáis que pasar por la sombra más de lo necesario.

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BocaDePez
BocaDePez
1

Y me resulta bastante dificil de creer que unos policías practiquen detenciones por este tema a sabiendas de que una de las peores acusaciones, por no decir la peor, que se le puede imputar a un agente es una detención ilegal. Puede perder hasta su puesto de trabajo permanentemente. Y existe ya jurisprudencia (vease sharemula y un largo etcétera), en la que se ha asentado con bases firmes que el simple hecho de colocar e-links en una página ya sea con publicidad o no, no es un hecho constitutivo de delito por mucho que la SGAE se empeñe en concienciar al mundo de lo contrario.

Otro asunto relacionado, es la detención preventiva. Ésta se puede aplicar en los casos especiales en los que se pueda presuponer una fuga por parte del acusado, por ejemplo. Pero como comenté antes, y viendo la jurisprudencia de éstos temas, me parece algo injusto e ilegal que se detenga a alguien a sabiendas de que va a ser declararado inocente en juicio.

En España tenemos dos justicias. Una para el pueblo, y otra para los adinerados. Una para los webmasters, otra para Julián Muñoz. Una para el pobre desgraciado que trabaja en el top manta, y otra para Roldán. Y podría citar treinta ejemplos mas.

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BocaDePez
BocaDePez

El hábeas corpus esn España se orienta precísamente a que no se produzca una detención ilegal.

Si en los casos que comentas es posible que las pruebas para esas detenciones sean conseguidas de manera posterior, por ejemplo, requisado y estudiado un material (previa orden judicial), pero puede ocurrir en las horas siguientes a esas detenciones.

Es decir, puede haber indicios que un juez considere suficientes para una detención y el juez dicta una orden en ese sentido , pero una vez detenido si realizas un hábeas corpus el juez ha de saber los datos concretos, y si no hay pruebas en ese momento tendrá que dejarte en libertad, porque es posible cargar luego contra el mismo juez.

Lo que no puede ser es que se dediquen a detener a ciudadanos a diestro y siniestro (aunque haya indicios) y después quieran mantenerte detenido si no hay pruebas.

OqTpO

Yo no estoy hablando de detenciones ilegales, además en estos casos con toda seguridad tienen mandato judicial para hacerlo (ha habido permisos judiciales previos para la investigación, como intervenir las comunicaciones, etc).

Hay personas que son detenidas legalmente (con orden judicial) y al final no es posible elevarles a la categoría de acusados, lo cual no quiere decir que no haya habido indicios para la detención.

Lo que estoy diciendo es que no está de más solicitar el hábeas corpus si uno es detenido, el juez puede considerar que no es necesaria la situación de prisión preventiva (no hay posibilidad de destrucción de pruebas, ni de fuga, etc).

O sencillamente puede estimar que, o no hay pruebas suficientes, o con lo que hay no se justifica la prisión preventiva. No hay porqué esperar a que se cumplan todos los plazos y más aún tal y como funciona la Justicia por aquí.

No hay porqué correr el riesgo de estar 72h a la sombra sin necesidad teniendo esa baza, y más para estos casos que no implican peligro social evidente.

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

Te entiendo, pero yo me refería a que habiendose celebrado juicios contra sharemula y similares, y habiendose dictaminado que no existe delito ¿pueden volver a detener a una persona por los mismos hechos a sabienda de que hay jurisprudencia dictaminada (no por el TS, pero al igual de valida como fuente indirecta del derecho) a favor del detenido? ¿Aun a sabiendas de que queradará libre sin cargos y una persona no irá a la carcel por el código civil?

Esa es la cuestión moral.

🗨️ 1
OqTpO

Pueden ser detenidos exactamente igual, mientras un Juez considere que existen indicios suficientes para ello.

La Ley no ha cambiado al respecto, y los indicios que pueden incriminar a una persona siguen siendo los mismos.

La sentencia a la que te refieres corresponde a un acto jurídico distinto, a un juicio. Un juicio es un acto muy posterior, y ese es el momento en el la sentencia que comentas entra en juego.

¿Es lamentable?, pues si, pero es así. Lo que debería ocurrir es que modificaran la Leyes al respecto, pero no es habitual, corresponde al Legislativo (a Las Cortes Generales)... y en este asunto ya sabes cómo están las cosas en contra de los usuarios y el tema P2P...

Otra cosa es que un Juez bien informado y sabiendo de qué va el tema al final acepte la denuncia sobre estos casos pero no opte por ninguna medida preventiva (y menos de detención, creo que fue el caso de esta web http://www.tvmix.net, recomiendo leer la sentencia) únicamente citando al denunciado, es lo más lógico y sencillo... pero claro, eso no tiene efecto amedrantador para abrir un Telediario (14 detenidos por...), que es de lo que se trata y lo que busca, por ejemplo, la $GA€.

Saludos.

BocaDePez
BocaDePez
1

Ha habido casos en los que en esas detenciones se han llevado a comisaria al titular de la conexión, y después no tenía ni idea de que es eso de internet.

Si realizan un habeas corpus se pueden ahorrar un par de días de calabozo.

BocaDePez
BocaDePez

Haber señores, una cosa es la detención porque hay "indicios" de que se ha podido cometer algún delito y otra cosa es un auto dictado por el Juez. La Policía trabaja a partir del Código Penal y NO por la jurisprudencia que del Tribunal Supremo o las sentencias que dicten las Audiencias Provinciales, Juzgados de lo Penal o Juzgados de Instrucción (en caso de Juicios Rápidos o Inmediato de Faltas) en España. Si el Código Penal dice:

Artículo 270.

1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien intencionadamente exporte o almacene ejemplares de las obras, producciones o ejecuciones a que se refiere el apartado anterior sin la referida autorización. Igualmente incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicha autorización, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquellos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos en dicho Estado, o con su consentimiento.

3. Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.

Entonces si alguien comete estos hechos, se le puede detener sin ningún género de duda.

Sobre el procedimiento Habeas Corpus, lo único que decidirá el Juez en ese caso es la procedencia o no de la detención, no si en un posible o probable futuro esa persona pueda ser declarada inocente o culpable de los cargos que se le imputen.

Los consejos legales que se dan en este artículo no son nada especiales, son más bien extensivos a cualquier detención practicada a cualquier persona.

Un saludo.

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alejandrosantos

"A ver..." quien decide "si alguien comete estos hechos" es el juez, no la policía. En cualquier caso, estos consejos genéricos aplicables a cualquier detención lo único que buscan es que el detenido intente comportarse lo mejor posible jurídicamente a pesar de que, en virtud de las últimas sentencias, no signifique nada posteriormente como vemos en el buen puñado de sobreseimientos libres que ya tenemos.

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BocaDePez
BocaDePez

"Haber..." Ups, un lapsus, y no me gustan :-O

"... quien decide "si alguien comete estos hechos" es el juez, no la policía...". Es indudable.

Cuando dije "si alguien comete estos hechos hechos" debería haber puesto "si hay indicios de que se han podido cometer estos hechos", otro lapsus. :-O

jorgecable

:D Viva España y sus maravillosas leyes ! Encantado de la vida, por tener tanta suerte.

BocaDePez
BocaDePez

muy buena esta esta pajina es muy util