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Comentarios sobre el juicio contra Wanadoo

pepepotamo2

Hola a todos,

Soy el usuario asturiano que demandó a Wanadoo por la baja velocidad del ADSL. Como sabeis, la vista se celebró el lunes día 15 y el caso quedó visto para sentencia. En teoría, y según la Ley de Enjuiciamiento Civil, el juez tiene diez días desde ese momento para dictar sentencia, así que aún no conozco el resultado.

En todo caso, os comento como se desarrolló el juicio. A petición de su señoría imprimí los test de velocidad que había entregado en CD, y fueron admitidos como prueba. Evidentemente, no hacen prueba plena, lo que no significa que no sean válidos, sino que el juez puede valorarlas según el criterio de la "sana crítica", es decir, conforme al sentido común.

No presenté ninguna prueba pericial, porque para ello, en contra de lo que piensan algunos, no es suficiente con llevar a un informático a casa y que él realice el test de velocidad. Para que UN test de velocidad pueda ser considerado como absolutamente fiable habría que probar que el sitio web o servidor donde está alojado el test funciona perfectamente a la hora de realizarlo, que dicho test de velocidad está bien programado, que el ordenador está bien configurado y que no hay elementos extraños en la línea que provoquen pérdidas en la velocidad. Es decir, una prueba pericial requeriría al menos de tres peritos simultáneamente a la hora de realizar cada uno de los test. Si el peritaje consiste únicamente en que un ingeniero informático acredite que tu ordenador está bien configurado, se puede argumentar que el test de velocidad está mal programado, no es fiable o que el servidor en el que funcionaba mal.

Decidí, por tanto, no presentar pruebas periciales, confiando en que el juez aplique la legislación y jurisprudencia en materia de consumidores y usuarios, y que hiciera uso de la facultad que le otorga el 217.6 LEC. En pocas palabras, en materia de consumidores y usuarios rige el principio de inversión de la carga de la prueba y, además, hay sentencias que exigen que la prueba sea realizada por la parte que tiene los medios técnicos para acreditar el hecho. Al consumidor le hace falta únicamente presentar indicios razonables o un principio de prueba sobre el hecho en cuestión.

Alegué, por tanto, y aportando sentencias del Tribunal Supremo y de distintos Tribunales Superiores de Justicia, que Wanadoo tenía los medios materiales y técnicos para probar que concedía buena velocidad. Por ejemplo, podía presentar datos sobre mi consumo a horas punta. O podía presentar el contrato que tiene con Telefónica para demostrar el ancho de banda contratado, y a la vez los contratos de sus clientes que pasan por el mismo nodo que yo, y así acreditar que aunque todos hiciéramos uso de la conexión a la vez tenían capacidad para satisfacer las necesidades de todos.

Realmente ése es el punto clave. Si el juez estima que yo, como consumidor, estoy obligado a probar más allá de cualquier duda, con prueba pericial incluida, que la velocidad es deficiente, los usuarios tendremos un grave problema, porque obtener una prueba pericial plena, si es que se puede, que no estoy seguro, resultaría carísimo. Compensa más darse de baja y abonar la penalización correspondiente.

Si el juez admite los test ante la falta de prueba en contrario de Wanadoo, que debería admitirlos a tenor de la ley y de la jurisprudencia, yo debería ganar.

Wanadoo, por supuesto, impugnó los test de velocidad, pero reconoció cinco veces que efectivamente la velocidad a horas punta es inferior a 256k. Básicamente, alegaba que:

1- en una de las condiciones particulares de contratación se establece que la velocidad del ADSL es de HASTA una determinada cantidad.

2- No existe norma que imponga a Wanadoo una velocidad concreta.

3- Wanadoo no garantiza ningún tipo de velocidad.

4- Las velocidades que se marcan en cada modalidad (128/128, 256/128, etc.) únicamente son picos, y no se puede garantizar una velocidad constante.

5-Wanadoo sólo tiene la obligación de dar servicio ADSL, es decir, de permitir el acceso a internet, y no de conceder una velocidad, pues la velocidad depende de factores exógenos no controlables por Wanadoo.

6- El famoso 10% garantizado no está garantizado por las compañías adsl a sus usuarios, sino por Teléfonica a Wanadoo. Wanadoo alegó, por tanto, que no puede dar a sus usuarios más de lo que recibe de telefónica.

Todos esos argumentos carecen de peso.

1- La Ley General de Consumidores y Usuarios, en distintos artículos, establece que los contratos en los que participe un consumidor deben regirse por los principios de buena fe y justo equilibrio entre las prestaciones.

2- También resulta nula cualquier cláusula que coloque a las partes en un notable desequilibrio en perjuicio del consumidor.

3- La misma Ley exige el cumplimiento de las condiciones que se ofertan en la publicidad, así que presenté publicidad del adsl go en la que no se hacía referencia a ninguna limitación.

3- Si a la producción del daño concurre un tercero la responsabilidad es solidaria, es decir, el usuario puede reclamar contra cualquiera de las dos partes. Si reclama contra la otra parte contratante (Wanadoo en este caso), esa parte deba afrontar su responsabilidad y después repetir (o sea, reclamar) contra quien efectivamente provocó el daño.

En definitiva, jurídicamente los argumentos de Wanadoo fueron totalmente contrarrestados, porque claramente vulneran la legislación en materia de consumidores y usuarios.

El problema, único problema, es el de la prueba. Los usuarios no tenemos fácil conseguir pruebas fehacientes. No es prueba plena que un familiar o un amigo vea que la conexión no va bien. Ni siquiera que un experto informático lo compruebe. Es necesario que los tribunales aprecien y apliquen el principio de inversión de la carga de la prueba en los términos que antes he expuesto (hay tribunales que lo han hecho, incluso el propio Tribunal Supremo).

Si eso sucede, y confío ciertamente que sí, ganaré seguro.

Como veis, no hago mención a cuestiones sobre cuánto me devolverán si gano. La verdad es que no me importa. No hago esto por dinero, sólo por dignidad, por no seguir sintiéndome estafado.

Un saludo.

Actualizado