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La CMT archiva una denuncia contra un miembro de FON por no estar inscrito como operador

Joshua Llorach

La CMT ha archivado la denuncia contra un miembro de la comunidad FON al que un particular acusaba de dar servicio de acceso a Internet sin estar registrado como operador. El regulador analiza el funcionamiento de la red de FON y concluye que no puede considerarse reventa y por tanto no es necesario que sus miembros tengan que cumplir las mismas obligaciones que un ISP.

El denunciante mandó su queja tanto a la SETSI (usuariosteleco.es) como a la CMT. Esta última abrió una investigación para comprobar si realmente FON y sus miembros revenden el servicio de acceso a Internet y por tanto deben cumplir con las obligaciones que el regulador exige a los operadores de comunicaciones electrónicas.

El miembro de FON estaba dado de alta como Bill, de forma que recibía una parte de los ingresos que cobra FON a los usuarios que se conectan a la Fonera. Durante el 2008 cobró 40,02 € por 52 conexiones.

Los miembros de FON no son operadores

Para revender el acceso a Internet de un operador con una marca propia, es necesario constituirse como operador. ¿Pero es esto lo que hacen los miembros de FON? La CMT analiza pormenorizadamente el funcionamiento de la Comunidad FON "con el fin de determinar si existen indicios de incumplimiento". Concluye que no hay ninguna relación entre el propietario de la fonera y los usuarios que se conectan a la red, ya que la gestión y cobro del servicio la realiza FON, quien además en ningún momento garantiza a sus clientes la calidad del servicio, puesto que esto depende del acceso contratado por el usuario. Al parecer esta es una de las condiciones necesarias para considerar que se realiza reventa del acceso a Internet.

FON es un fabricante de hardware

La respuesta de FON al requerimiento de información de la CMT no deja de ser curiosa. En ella asegura que "no suscribe ningún tipo de contrato con ninguno de sus usuarios, tan solo se dedica a comercializar routers Wi-Fi" y que la única relación que tiene con el miembro de la comunidad FON es "la compraventa de dichos equipos", una Fonera y una Fontenna.

Manifiesta que la intención de FON TECHNOLOGY al notificar a esta Comisión el inicio de sus actividades de comunicaciones electrónicas era la de crear una comunidad inalámbrica (Comunidad FON) y habilitar a los miembros de dicha comunidad a compartir su capacidad de ancho de banda (de forma voluntaria y gratuita) para acceder a Internet. Pero nunca llegó a realizar esta actividad.

La razón de que FON diga que no mantiene una comunidad inalámbrica parece estar en que esta actividad legalmente la presta FON Wireless Ltd., la empresa matriz ubicada en Reino Unido.

Actualizado