BandaAncha.eu

  • 🔍 en 📰 artículos ⏎
  • 🔍 en 👇 este 📰 artículo ⏎
  • 🔍 en 💬 foros ⏎
Regístrate Regístrate Identifícate Identifícate
  • 📰 Artículos

La CMT archiva una denuncia contra un miembro de FON por no estar inscrito como operador

Joshua Llorach

La CMT ha archivado la denuncia contra un miembro de la comunidad FON al que un particular acusaba de dar servicio de acceso a Internet sin estar registrado como operador. El regulador analiza el funcionamiento de la red de FON y concluye que no puede considerarse reventa y por tanto no es necesario que sus miembros tengan que cumplir las mismas obligaciones que un ISP.

El denunciante mandó su queja tanto a la SETSI (usuariosteleco.es) como a la CMT. Esta última abrió una investigación para comprobar si realmente FON y sus miembros revenden el servicio de acceso a Internet y por tanto deben cumplir con las obligaciones que el regulador exige a los operadores de comunicaciones electrónicas.

El miembro de FON estaba dado de alta como Bill, de forma que recibía una parte de los ingresos que cobra FON a los usuarios que se conectan a la Fonera. Durante el 2008 cobró 40,02 € por 52 conexiones.

Los miembros de FON no son operadores

Para revender el acceso a Internet de un operador con una marca propia, es necesario constituirse como operador. ¿Pero es esto lo que hacen los miembros de FON? La CMT analiza pormenorizadamente el funcionamiento de la Comunidad FON "con el fin de determinar si existen indicios de incumplimiento". Concluye que no hay ninguna relación entre el propietario de la fonera y los usuarios que se conectan a la red, ya que la gestión y cobro del servicio la realiza FON, quien además en ningún momento garantiza a sus clientes la calidad del servicio, puesto que esto depende del acceso contratado por el usuario. Al parecer esta es una de las condiciones necesarias para considerar que se realiza reventa del acceso a Internet.

FON es un fabricante de hardware

La respuesta de FON al requerimiento de información de la CMT no deja de ser curiosa. En ella asegura que "no suscribe ningún tipo de contrato con ninguno de sus usuarios, tan solo se dedica a comercializar routers Wi-Fi" y que la única relación que tiene con el miembro de la comunidad FON es "la compraventa de dichos equipos", una Fonera y una Fontenna.

Manifiesta que la intención de FON TECHNOLOGY al notificar a esta Comisión el inicio de sus actividades de comunicaciones electrónicas era la de crear una comunidad inalámbrica (Comunidad FON) y habilitar a los miembros de dicha comunidad a compartir su capacidad de ancho de banda (de forma voluntaria y gratuita) para acceder a Internet. Pero nunca llegó a realizar esta actividad.

La razón de que FON diga que no mantiene una comunidad inalámbrica parece estar en que esta actividad legalmente la presta FON Wireless Ltd., la empresa matriz ubicada en Reino Unido.

💬 Comentarios

BocaDePez
BocaDePez

Poderoso caballero es don dinero.

Que no debieran multarles vale, que deberían mejorar la legislación, mejor.

Que según la ley (a falta de mejora) tendrían que tener multa, de ello estoy seguro. Menos mal que aun queda gente normal en la CMT, al menos, de vez en cuando.

superefren

Debería ser así, pero ya verás como se sacan algo de la manga, alguna ambigüedad o alguna normativa "muy cogida por los pelos" para evitar lo que dices.

heffeque

La verdad es que quien tenga una conexión de 50 o 100 Mbps le sobra ancho de banda (de bajada) por lo que no es una mala idea compartirla, pero no creo que la fonera aguante ese throughput.

BocaDePez
BocaDePez

Yo creo que su interpretación solo afecta al tema concreto de la licencia, en el caso de los contratos el concepto de reventa lo decidiría en todo caso un juez.

🗨️ 6
Josh

Claro pero para un juez es un argumento de mucho peso que un organismo como la CMT opine que no es reventa.

🗨️ 5
BocaDePez
BocaDePez

Puede que sí, puede que no. Aquí no existe el concepto americano de jurisprudencia, y en este caso aún menos por no ser ni siquiera una decisión judicial. Ni siquiera se referiría a la misma rama del derecho.

🗨️ 4
usuario-eliminado

el concepto americano de jurisprudencia? entiendo con eso que dices que la jurisprudencia de este pais no sirve de nada?

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez
Calario

no es jurisprudencia porque la cmt no crea jurisprudencia

la cmt en este caso analiza una situacion por peticion de un juez y el juez hara lo que considere pero si el juez pregunta a la cmt sera porque cree que su criterio es valido

BocaDePez
BocaDePez

En el caso de los contratos, el hipotético juez que lo juzgara tendría dos opciones: preguntar a la CMT, que seguramente dictaminaría lo mismo (puesto que si no es reventa, no es reventa, valga la redundancia), o informarse sobre si la CMT ya ha opinado al respecto, y usar lo que haya dictaminado si lo ha hecho.

skizoy

Por 40€ le denuncia un particular? ... Que gente más ·$%·DFS"·$%"·$ ...

🗨️ 3
BocaDePez
BocaDePez

Hizo bien. Con independencia del resultado, ahora existe una sentencia clara y firme, y ya no se mueve nadie en un terreno de confusiones y ambigüedades. Tanto si el asunto hubiese salido para un lado o para el otro, ha contribuido a aclarar la cuestión, que no lo estaba, y por tanto es muy positivo.

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

Pues sí, ahora todo el que quiera puede "revender" su conexión si no ofrece garantías de la calidad de la misma formalmente.

skizoy

Mirándolo por ese lado... :P

comun3ro
-1

hay algun hilo dedicado a la fonera?, la verdad que me ha llamaod mucho la atencion este sistema.