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Cinegratis.net: favorecer la descarga mediante enlaces no está tipificado como delito

alejandrosantos

La conducta típica -ya lo hemos dicho- consiste en reproducir, plagiar, distribuir o comunicar públicamente, en todo o en parte, una obra protegida, sin que sean objeto de tipificación expresa actuaciones tendentes a favorecer la ejecución de dichas conductas. En el supuesto analizado la página web www.cinegratis.net no aloja contenido alguno sino que se limita a facilitar el acceso a las páginas en las que efectivamente se alojan los contenidos supuestamente protegidos, ello mediante la inserción de enlaces o "links" que proporcionan información sobre la existencia y denominación de esas páginas

Esta conducta constituye - dicho sea a título meramente indiciario- un claro acto de favorecimiento de las conductas que se tipifican por el articulo 270 del Código Penal, ello en el caso de que las páginas a las que remiten los enlaces alojen datos o contenidos protegidos por la legislación sobre propiedad intelectual. Pero la conducta de favorecimiento no se encuentra tipificada.

Parte del auto 204-10 de la Audiencia Provincial de Cantabria en el caso 'cinegratis.net'.

Vía Twitter de Bufet Almeida.

💬 Comentarios

Serakon
0

lo que ya sabíamos todos. ^^

Setzer

mola el -ya lo hemos dicho-

^^

Calario
-1

ojo que aunque esto sea una buena noticia la referencia a que las paginas no alojen contenido alguno es preocupante porque los jueces pueden empezar a considerar el alojo de contenidos y su libre acceso como delito

🗨️ 5
BocaDePez
BocaDePez
1

O pueden no empezar a considerar el alojo de contenidos y su libre acceso como delito, como deberían hacer siempre que no exista ánimo de lucro, ya quela referencia a que no alojan contenidos es una justificación de la inexistencia de comunicación pública, nada más. Y tú puedes dejar de jugar a ser adivino. ;)

🗨️ 2
Calario

que haya o no haya animo de lucro no tiene nada que ver

en el momento en que un juez considere comunicacion publica el ofrecer contenidos por internet ya la hemos cagado

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

Y si mi abuela tuviese ruedas, sería una bicicleta. Además, la comunicación pública sin ánimo de lucro no es delito, así que incluso aunque tu escenario apocalíptico se hiciera realidad, a lo sumo estaríamos ante un ilícito civil...

glacius

La conducta típica -ya lo hemos dicho- consiste en ...

Esta conducta constituye ...

¿Donde ves tu que se hable de delito? :D

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez
1

Donde típica significa tipificada en el codigo penal, razón por la cual el no alojar contenido supone una causa de exclusión de la antijuridicidad de la conducta. En resumen, lo que todos sabemos ya. No hay delito.

BocaDePez
BocaDePez

Grande

BocaDePez
BocaDePez
-1

Pues este tio acaba de dar la pista para joder a todos estos sitios. El favorecimiento no esta tipificado. El que sepa leer entre lineas que lea. Veremos el tiempo que esa conducta sigue sin estar tipificada en el codigo penal. ¿hacemos apuestas ? Solo con ese pequeño toque se acabo el gorroneo. A ver si alguien toma nota

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

¿Qué gorroneo? Aunque se tipifique el favorecimiento, el canon seguirá existiendo y cobrándose includo cuando la ley establece que no debe cobrarse. Por tanto, el gorroneo seguirá, y los gorrones seguirán cobrando un dinero que, por ley, no deberían cobrar.