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El borrador del Reglamento para la Ley de Transparencia limita aún más el acceso a la información en España

Alejandro Santos
Ley de Transparencia

Algunas de los apartados más indignantes del Reglamento incluyen invertir el test de interés público de forma que favorezca el secretismo, o reducir aún más los tipos de información que pueden ser solicitados.

En su respuesta a esta consulta apenas publicitada sobre el Reglamento, la sociedad civil ha expresado su malestar por la exclusión total de las deliberaciones del Consejo de Ministros por vía de la mención a una ley de 1997, rebajando así la aplicación de la Ley de transparencia ante cualquier otra ley que limite el acceso.

El Reglamento también cierra la puerta a la posibilidad de realizar solicitudes por e-mail o correo postal, admitiendo únicamente aquellas solicitudes presentadas a través del Portal de Transparencia o en persona. En la actualidad, sólo pueden realizar solicitudes de acceso a la información los escasos ciudadanos españoles y residentes en España que tengan un DNI electrónico o un código de acceso específico que resulta muy difícil obtener.

Seis meses después de la entrada en vigor de la Ley de Transparencia (y dieciocho meses después de ser ésta adoptada), el borrador del Reglamento no solo falla a la hora de clarificar terminología clave como, por ejemplo, qué es un 'informe interno' -, sino que la amplía dificultando aún más el acceso, por ejemplo, excluyendo de la aplicación de la ley cualquier documento que 'contenga opiniones'.

"Este borrador contiene disposiciones que van justo en el sentido contrario a los estándares internacionales y que restringen de forma ilegítima el derecho a la información más allá de los límites que ya de por si establecía la Ley de Transparencia", ha declarado Helen Darbishire, Directora de Access Info Europe.

La respuesta a la consulta también hace alusión a secciones del Reglamento que sencillamente están mal enunciadas, dando lugar a ambigüedades acerca de en qué formatos se puede obtener la información, sin llegar a aclarar si la disposición se refiere al medio de preferencia por el cual se desea recibir la información o al formato en el que se prefiere recibir la publicación.

Access Info Europe ha apuntado que muchas de las disposiciones que contienen tanto la Ley como el Reglamento, van en contra de los estándares de la Convención de Acceso a los Documentos Oficiales del Consejo de Europa que aún no ha sido firmada por España.

"Resulta especialmente decepcionante presenciar este desarrollo de acontecimientos ya que España es un miembro de la Alianza para el Gobierno Abierto, y habiendo sido la Ley de Transparencia uno de los compromisos principales dentro de su primer plan de acción", ha añadido Darbishire.

Actualizado