El Tribunal de Defensa de la Competencia había condenado en abril de 2004 a Telefónica a una multa de 57 millones de euros por obstaculizar el proceso de preselección de llamadas, por lo que la competencia de la compañía española se podía ver gravemente afectada y por ende el proceso liberalizador del sector de las telecomunicaciones en España.
La Audiencia Nacional suspendió de forma cautelar la sentencia tres meses más tarde al entender que el pago de la multa acarrearía graves perjuicios a la compañía si el pago se producía de forma inmediata, y ahora ha sido este tribunal el que ha dictaminado que no hay pruebas suficientes del supuesto daño causado por Telefónica en la competencia.
Fuente: Libertad Digital
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