La Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional ha aprobado hoy -pero entra en vigor dentro de cuatro meses- los Códigos de Conducta de los servicios SMS Premium y líneas 905. Especialmente importante que toda la publicidad deberá incluir el precio del servicio de forma claramente "legible", con caracteres estáticos y adecuados para su perfecta visualización. El eventual incumplimiento de las obligaciones del Código de Conducta podrá denunciarse. Si se constata que ha habido incumplimiento se le retirará al prestador del servicio el número con el que haya cometido la infracción.
Por otro lado, a destacar en el Código aprobado hoy la regulación de los siguientes aspectos:
• Cuando un usuario solicite un SMS informativo , el prestador estará obligado a enviarle un SMS en el que le informe de su precio y de la identificación de la empresa responsable. Si se trata de servicios de precio superior a 1,20 euros (de suscripción o para adultos), este mensaje informativo será previo a la contratación, con lo que sólo si el usuario lo acepta expresamente podrá prestarse el servicio.
• Se establecen horarios específicos para la publicidad y el funcionamiento de servicios dirigidos a menores. Asimismo, se establecen también unos horarios determinados en servicios dirigidos a adultos, en línea con la regulación de los espacios televisivos.
• Los concursos deberán contar con las correspondientes bases depositadas ante notario. En los programas de televisión, mientras que se anuncie el número telefónico para participar, deberá figurar en la pantalla en todo momento su precio además de la identificación del prestador de servicio