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Los alternativos podrán revender los 30 megas de Telefónica sobre FTTH o VDSL2

Joshua Llorach

La CMT acaba de publicar su propuesta de regulación para las redes de nueva generación. La obligación de compartir modalidades de hasta 30 megas sobre fibra o cobre, la obligación de no instalar nodos remotos sin permiso, el cierre de las centrales convencionales o la libertad para fijar el precio del acceso indirecto en las zonas con competencia son algunas de sus novedades.

La propuesta garantiza a los operadores alternativos la posibilidad de replicar las ofertas minoristas que lance Telefónica con una velocidad de acceso a Internet igual o inferior a 30 Mbits/s. Telefónica deberá ofrecer acceso indirecto sobre VDSL2 o FTTH para velocidades de hasta 30 megas. Solo tienen la condición de "servicios innovadores o emergentes" y que por tanto no están regulados, aquellas modalidades por encima de los 30 megas.

Respecto a los nodos remotos, la CMT advierte que Telefónica no puede modificar la estructura de su red de cobre sin autorización del regulador y la comunicación previa a sus competidores. Cualquier modificación que afecte a la red de acceso que impida la desagregación del bucle deberá contar con la autorización de la CMT, que podrá establecer condiciones.

La CMT reconoce no es factible la desagregación de la fibra. Como estaba previsto, obligará a Telefónica a proporcionar acceso a sus infraestructuras de obra civil (cámaras, arquetas, canalizaciones, postes y conductos) con precios orientados a costes, pero se obligará a todos los operadores a compartir las redes de nueva generación tendidas en el interior de las edificaciones. En los casos en que no sea posible ubicar la fibra de los alternativos, Telefónica deberá alquilarles la suya.

Telefónica deberá avisar 5 años antes de cerrar una central convencional

Cuando el 25% de los abonados de una central disponga de fibra, Telefónica podrá iniciar el cierre de la central, estando obligada a mantener el suministro de todos los servicios de acceso desagregado durante un periodo de 5 años, aunque pasados los primeros 30 meses dejará de admitir nuevos operadores.

El precio del acceso indirecto no estará regulado en zonas con competencia

La CMT ha propuesto, establecer una regulación distinta en cada zona dependiendo de la competencia que exista. El criterio fijado para distinguir una zona de mayor competencia es el de aquellas centrales de Telefónica que tengan un tamaño mínimo de 10.000 pares y existan al menos tres operadores con red propia compitiendo con las siguientes características:

  • Centrales en las que el operador de cable ha alcanzado zonas de cobertura iguales o superiores al 60% del total y se encuentren coubicados al menos dos de los siguientes operadores: Orange, Tele2/Comunitel o Jazztel
  • Centrales en las que se encuentren coubicados Orange, Tele2/Comunitel o Jazztel y la cuota de mercado de Telefónica sea inferior al 50%.

En estas zonas, Telefónica deberá ofrecer acceso indirecto pero sus precios no estarán regulados, de forma que podrá fijarlos a su conveniencia o bien negociarlos con los operadores dentro de unos "precios razonables".

El 37% de los abonados se verán afectados por esta medida. En ese conjunto de centrales la cuota de mercado de Telefónica es del 36,5%, inferior incluso a la de los operadores de cable.

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