"El canon no puede aplicarse indiscriminadamente"
"De acuerdo con el análisis preliminar de la comisión, sólo deben gravarse con cánones los soportes y equipos que puedan utilizarse, y que efectivamente se utilicen en medida apreciable, para hacer copias realmente destinadas a uso privado (…) La comisión considera asimismo que los equipos utilizados con fines comerciales (p.ej., en empresas o en administraciones públicas) no deberían gravarse con cánones, pues ello supone ir claramente más allá de la necesaria compensación por actos autorizados (es decir, la copia privada), con arreglo a lo dispuesto en la directiva."