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1 mes para la entrada en vigor de la Ley Orgánica 15/2003 - página 2

bocadered

A menos de 1 mes para que se apruebe la temida ley orgánica 15/2003 que reforma el Código Penal y la Ley de Propiedad Intelectual, aún hay gente que no tiene constancia alguna de lo que es y representa esta ley.

Para aquellos que han estado invernando durante un largo tiempo, recapitularemos que esta fue una ley elaborada y aprovada por el gobierno del PP el pasado Noviembre, con los principales fines de proteger los derechos de autor y acabar con la pirateria de la red a base de aumentar las penas. A todo ello, el nuevo gobierno parece no haberse inmutaodo puesto que la ley ya se está publicitando y está prevista su entrada en vigor el próximo 1 de Octubre.

Como información práctica y para resumir el embrollo burocrático, destacaré los puntos críticos de esta ley y que cuentan con la disconformidad de la mayoria de internautas:

- Será delito bajarse una canción de un programa P2P como Kazaa o Emule, sin permiso explícito del propietario de los derechos (Artículo 270, apartado 2). La pena oscilará entre 6 meses a 2 años y las multas de 12 a 24 meses.

- Será delito disponer en el ordenador de programas capaces de saltarse cualquier barrera tecnológica (como los sistemas anticopia de los CDs) para hacer una copia privada o de seguridad ya sea de nuestros propios programas o de un DVD comprado por nosotros (Artículo 270, apartado 3). La pena oscilará entre 6 meses a 2 años y las multas de 12 a 24 meses.

- Será delito llevar a cabo cualquier actividad (como informar, vender equipos o proporcionar el servicio) relacionada con desbloquear un móvil, saltarse una contraseña de acceso a un servicio de pago o compartir el propio acceso doméstico a Internet vía WiFi (Artículo 286). La pena oscilará entre 6 meses a 2 años y las multas de 6 a 24 meses.

Otra de las características que destaca es que a partir de ahora ya no será necesario presentar denuncia por parte del damnificado para hacer cumplir la ley como hasta ahora, sino que todos estos delitos pasarán a formar parte de oficio y por lo tanto podrán ser perseguidos por jueces y fiscales sin más.

Todo ello bajo una campaña de sensibilización delictiva como la ya comentada aquí de "Ahora la ley actúa" y orquestrada por sociedades como SGAE.

Para nuestro consuelo, solo nos queda confiar en las palabras que pronunció el jefe de delitos informáticos del Cuerpo de Policia en confidencia a Paco Ragagales en la Campus Party 2004, y es que almenos ellos no piensan perseguir a los internautas que intercambien archivos, sino que preferenciarán asuntos como la lucha contra delitos mayores, fraudes o la pedofilia en internet.

PDF del Ministerio de Justicia con la ley íntegra 15/2003 (BOE 257-2003)

Saludos

💬 Comentarios

Página 2
BocaDePez
BocaDePez

.... viendo las ley nueva y la anterior se ve claramente que nada cambia. Para que halla delito tiene que haber ánimo de lucro. De todas formas si que existe "ilegalidad" y las cosas se van a complicar a partir de esta ley.

Expongo el por qué.

Artículo 31. Reproducción sin autorización.

Las obras ya divulgadas podrán reproducirse sin autorización del autor en los siguientes casos:

1.º Como consecuencia o para constancia en un procedimiento judicial o administrativo.

2.º Para uso privado del copista, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 25 y 99.a) de esta Ley, y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa.

3.º Para uso privado de invidentes, siempre que la reproducción se efectúe mediante el sistema Braille u otro procedimiento

------- La copia privada está permitida salvo para uso colectivo o lucrativo. Creo que queda claro que en las redes P2P le das un caracter colectivo a tu copia privada al compartirla con miles de usuarios. Pero ojo! No sería delito, no hay carcel. ----------------------------

bufetalmeida.com/republica/node50.html

" El Código Penal de 1995 estableció, para los delitos contra la propiedad intelectual e industrial, el requisito de la persecución a instancia de la víctima. La ley 15/2003, de reforma del Código Penal, elimina dicho requisito, de modo que a partir del día 1 de octubre tales delitos deberán perseguirse de oficio. ¿La causa de esta reforma? El archivo, cuando no la absolución, por parte de jueces de todo el Estado, de causas penales contra personas detenidas por las fuerzas de seguridad, sin previa denuncia por parte del ofendido. "

Sigue ...

"La reforma legal también augura un panorama sombrío para las redes P2P. La simple presencia en la red de un archivo de imagen o sonido, extraído de un DVD o de un CD protegido, puede tener como consecuencia el inicio de una investigación al objeto de determinar el origen de dicho archivo, para cuya creación es necesaria la utilización de software considerado ilícito por la reforma penal, y ello pese a que la Ley de Propiedad Intelectual considere lícita la copia privada."

--------- Ya no será necesario que haya denuncia para que se investiguen los delitos contenidos en esta ley. Así, que como comenta el artículo, basta conque haya indicio de que alguien haya usado un programa para saltarse alguna protección para que se inicie una investigación y de paso ir denuciando a todos los usuarios que comparten "colectivamente" sus archivos.

Aunque esta búsqueda estaría especialmente dirigida a los que ponen en circulación las copias privadas (que curiosamente son legales). -----

En realidad la solución es bastante sencilla, mantener los programas que se saltan protecciones controlados, el resto es legal si no estás compartiendo. E ilegal, si sí, pero no delito.

el.

🗨️ 12
elsanjuanero

onnet.es/01005007.htm

Download, descarga o almacenamiento.
"Esta actividad también debe considerarse inherente al uso de Internet, ya que toda la información disponible en la red es susceptible de ser transferida al ordenador personal del usuario. El autor que introduce una obra en un servidor conectado a Internet de forma abierta, está autorizando (a veces implícitamente, a veces de forma expresa) la descarga de la misma y su almacenamiento en el disco duro. En algunos casos, el autor facilita estos actos incluyendo una opción para la descarga del fichero o comprimiéndolo en formato ZIP, ARJ, etc. para disminuir el tiempo de transferencia. (En mi opinión ,solo con el hecho de la "Divulgación" de la obra el autor esta autorizando la descarga y almacenamiento ) . Debemos por lo tanto distinguir entre los contenidos visualizados en tiempo real: texto, imágenes, gráficos, etc. que pueden ser visualizados en tiempo real y almacenados en nuestro ordenador utilizando la opción GUARDAR, y por otro lado, los contenidos que se hallan en un formato no visualizable por el programa navegador, por estar comprimidos, tratarse de ejecutables o precisar un visualizador, plugin o programa que no está instalado en nuestro ordenador."

La copia privada en Internet "Las reproducciones posteriores serían las que podrían considerarse copias privadas, ya que escapan al consentimiento inicial dado por el titular en el momento del "upload". La actividad de reproducción posterior a la descarga del fichero debe llevarse a cabo para uso privado del copista, de acuerdo con el texto del artículo 31.2."

Parece que queda claro que la ilícitud habrá que buscarla en las UTILIZACIONES POSTERIORES A LA DESCARGA.
Se permite la "Copia privada", siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que sea para uso privado del copista
- Que la copia no sea objeto de utilización colectiva
- Que la copia no sea objeto de utilización lucrativa
- Que la obra reproducida no sea un programa de ordenador.

¿Que requisito no se cumple en el intercambio P2P?

Por este y otros detallitos, los que conocemos un poco "el más allá" argumentamos que COMPARTIR ES LEGAL,...y que no existe ni ilícito pénal ni civil en el intercambio "Peer to Peer"(exceptuando los programas de ordenador que sin ánimo de lucro sólo constituiría un Ilícito Civil.)
Saludos.

🗨️ 11
BocaDePez
BocaDePez

La "copia privada" es la que haces del ORIGINAL que debe ser de tu propiedad.

Cuando te bajas algo de internet, es una copia ilegal. No copia privada.

La gente se puede confundir con estos términos cuando habla en los foros, pero un juez no se va a dejar confundir.

🗨️ 10
elsanjuanero

Uno de los elementos que definen la copia privada en la legislación española es la ausencia de autorización del titular de los derechos de explotación. Ejemplo de ello es el título del artículo 31 del TRLPI: "Reproducción sin autorización", lo cual significa que cualquier copia realizada con el consentimiento del autor, o del titular de los derechos de explotación, si fuese otro, no entra en el régimen de la copia privada prevista en este precepto, sino que se trata de una reproducción autorizada.

CAPITULO II
Límites.
Artículo 31. Reproducción sin utorización

1. Las obras ya DIVULGADAS podrán reproducirse sin autorización del autor y sin perjuicio en lo pertinente, de lo dispuesto en el artículo 34 de esta Ley, en los siguientes casos:

1.2. Para uso privado del copista, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos
25 y 99 a) de esta Ley, y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa.

¿De donde sacas que se necesita el ORIGINAL?

¿Sabes de algún juzgado que siga una causa en contra del intercambio de archivos?;¿Sabes porqué no?.Pués sencillamente porque los jueces si saben interpretar las leyes.

Si como tú afirmas bajarse algo de Internet fuese ilegal,la SGAE tendrían los juzgados abarrotados de denuncias.Sabes porqué no lo hacen?.!!Pués sencillamente porque saben que es completamente legal !!.

...anda, lee un poco más y podrás rebatir con fundamentos.

🗨️ 9
BocaDePez
BocaDePez

Cuando has descargado algo de internet, has hecho una copia? No, has descargado una copia. Así que no estás ejerciendo ningún derecho de copia pues no haces ninguna copia.

El que lo ha puesto a disposición de los demás (el primero, el que posee el original) ha hecho una copia privada? Si, él si ha hecho la copia. El ejerce el derecho de copia privada, hasta ahí perfecto.

Cuando lo pone a disposición de otros, qué está hachiendo? Distribuyendo ese material. Tiene, generalmente, permiso del propietario del copyright para realizar esa distribución? No, con lo cual está cometiendo un delito de distribución sin autorización.

Así que, donde decis "copia privada" no hay tal y donde decís "compartir" hay distribución no autorizada. Así que tu punto 1 no es aplicable pues la copia divulgada es ilegal y el punto 1.2 tampoco porque se habla de copista como autor de la copia, no "descargador" y porque si hay uso colectivo una vez colocado en un P2P.

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elsanjuanero
🗨️ 3
BocaDePez
BocaDePez
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elsanjuanero
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BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez

Que no hombre, que no, que "copia privada" se refiere a copia del original, del que debes ser dueño, y para tu propio uso.

Que lo que bajas del emule es una copia no autorizada (siempre que sea material con copyright), y es ilegal, tanto como si vas al top manta y te lo compras.

¿O eres tan ingénuo que te crees que en España es legal la piratería?

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BocaDePez
BocaDePez
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BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez

Hombre, desde mi humilde punto de vista, a parte de los pasos que indica mced en su post, creo que seria conveniente puntualizar que el unico responsable de un delito es la persona que lo comete (sí ya se que es una perogrullada), pero aclaremos una cuestión:

Despues de todos los pasos que tendrian que dar para conseguir ver el contenido de un pc, y suponiendo que en el domicilio registrado vivan 4 personas (mama, papa, pepito y juanito por ejemplo) .... a quien de ellos le cuelgan el marrón. A mi que me demuestren que he sido yo el que descargaba los archivos, que yo solo uso la red para facilitar el trabajo de los programadores del güindos y puedan corregir los "agujeritos" del xp Señor Juez, que me da apuro que puedan venir los Hacker malos malosos y romper los ordenadores de los demas.

Osea, que despues de todo tendran que sacar una foto del "presunto" via satelite y subir al espacio exterior al Señor Notario para que de fe de que en el Satelite esta todo en orden......... y que se den prisa, que lo mismo se han descargado el disco de Bisbi y al ver lo malo que era lo borran antes de que puedan hacer el registro......

BocaDePez
BocaDePez

si bastante ya me sangraron comprando hace años vinilos a precios desorbitados, despues se inventaron el cd y me sangraron bien con precios artificiales desorbitados, ahora que compraba algo de vez en cuando en cuanto entre esta ley jamas en mi vida comprare ningun cd de musica ni de juegos ni dvds. lo juro
a tomar por el culo, creo q me voy a dar de baja hasta del adsl, me pondre una tarifa ondulada por rtb, si ya no consiguieron con su campaña mediatica q me comprara un telefono nuevo con camara , ni consiguen q me compre ropa de marca cara, con esto menos,
el ejercito de los 12 monos

BocaDePez
BocaDePez

Esto es demasié... ya me han tocado demasiado las narices y por fin lo han conseguido.

Hacía tiempo que me rondaba por la cabeza el darme de baja, porque total, para lo que uso internet... me sale más barato volver a mi antiguo módem, y que le den al cable!!!!!!!!

Ale, que se hagan ricos con otro :P

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

Sólo estoy esperando un poco porque se me pasó el plazo (tengo que avisar con un mes de antelación según el contrato de Timofónica). Bueno, sólo es una disculpa para esperar a ver cómo se pone el patio.

Y que conste que estoy usando Linux, pero esto se está poniendo igual que en la época de Franco.

BocaDePez
BocaDePez

Que yo sepa no se puede cometer un delito para comprobar otro delito aunque no soy abogado. Si la sgae le da por publicar sus mp3 a todo dios se estan cogiendo de sus ordenadores, los estan distribuyendo ellos gratis incitando ademas al delito ya que en redes P2P tan pronto como un user tiene un cacho de algo lo esta compartiendo.

No se puede saber antes de descargar un archivo que contiene el archivo, su titulo puede dar algun indicio pero no se puede saber, cuantas veces ha terminado la peña con una peli porno cuando queria bajar algun otro archivo porque a algun gracioso le ha dado por poner un nombre inadecuado? Ademas en caso de tener ficheros comprimidos .zip no se tiene ni todo ni parte del contenido ya que no se puede recuperar el contenido sin los datos resultantes. Un trozo de pelicula VHS se puede ver pero un trozo de pelicula dentro de un fichero zip incompleto no.

bueno a ver que decis

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

Ya se ha dicho hasta la saciedad que ellos no necesitan cometer ningún delito para ver si otros lo están haciendo. Sólo tienen que poner a descarar cualquier cosa que ponga Bisbal (por poner un ejemplo) y cuando termine de descargar ver qué contiene. Si es material con copyright, actuan, si es un fake con cualquier cosa, lo dejan, pero dime a ver que porcentage va a ser fake.

Por otro lado, si tuvieran que poner ellos un fichero (mp3, DivX o lo que fuere) para ver si la gente se lo bajaba y denunciar, seguro que se harían antes con el permiso del propietario del copyright y entonces podrían compartirlo sin problemas.

Lo dicho, no tienen necesidad de hacer nada ilegal, ni de violar la intimidad de nadie ni nada.

BocaDePez
BocaDePez

No tengo por que preocuparme. No vendo a terceros lo que bajo de internet, por tanto no hay ánimo de lucro, que es la primera condición que la referida ley antepone. Si no hay ánimo de lucro se debe considerar copia privada. Además de no lucrarme, si lo almaceno en un medio que ha pagado a la representación del "autor" un canon que "compense" la supuesta pérdida económica producida, he obtenido la autorización "expresa" del autor para hacerlo.

Saludos

🗨️ 7
Petrunken

Ya que si te bajas un disco que no has pagado ya te has lucrado en el sentido de que no lo has pagado y te has ahorrado una pasta.

No se en qué acabará esto, porque el tráfico de drogas también está penado y no se ve que la cosa decaiga, el maltrato a las mujeres estará más castigado, entonces que están haciendo los maltratadores matar a sus ex-mujeres antes del uno de octubre.....

Todo esto me parece un mal sueño, no se en que país vivo.

Salu2.

🗨️ 6
BocaDePez
BocaDePez

Bueno, ¿y quien te dice a ti que de no estar en la red me lo huiese comprado? Tal vez me baje una canción la escuche, me gusto y luego fui a la tienda a comprarme el original, y aunque no hiese esto ello no supone que me hubiera comprado el original de no haberlo descargado...

🗨️ 4
BocaDePez
BocaDePez

solo investigaran las fuerzas de seguridad akeyos ordenadores ke bajen de internet la cantidad de 10 GB por semana lo habeis oido bien osea ke los ke no lleguemos trankilos

🗨️ 3
BocaDePez
BocaDePez

Quién ha dicho eso de los 10 Gigas por semana? O se lo ha inventado alguien?

Me parece absurdo poner un límite de megas y no de contenidos ilegales. Alguien podría descargarse todas las distribuciones de linux disponibles y consumir esos 10 Gigas sin haber cometido delito alguno.

BocaDePez
BocaDePez

eso solo eso

BocaDePez
BocaDePez

Digamos que en españa se van a monitorizar los 2.000.000 de conexiones adsl, el 1000.000 de cable y el resto de rtb y va a haber unos policias encargados de ver quien pasa de 10 gigas para multarle no?... en el mundo real eso es ILEGAL e IMPOSIBLE. Ilegal porque para que monitoricen tu conexión hace falta una orden judicial para la cual debe haber pruebas de un delito mas que fiablle que no las hay e IMPOSIBLE porque no hay persona en el mundo que pueda seguir a tantas ips (te recuerdo que la BIT según lei no son mas de 50 o 60 agentes).

BocaDePez
BocaDePez

El canon en el soporte virgen es una compensación por el derecho de copia privada, por tanto no me estoy ahorrando nada, es más, si utilizara el soporte para grabar mis fotos le estaría "donando" mi dinero a la SGAE y por tanto tendría que declarar a hacienda el importe de dichas donaciones, ¿si no lo declaro estoy cometiendo fraude fiscal?

A mí me imponen un precio por ejercer mi derecho de copia privada porque ese derecho genera un supuesto perjuicio económico a otros. Por tanto, por mucho que alguien quiera ver lo contrario, en España es legal copiar música para uso personal, sin ánimo de lucro, y los autores obtienen además los ingresos derivados de esta actividad mediante un canon establecido por ellos mismos.

Para que se entere todo el mundo de una vez, PAGAR EL CANON ES LO MISMO QUE COMPRAR EL DISCO ORIGINAL, PERO SIN CAJA, SIN CARATULA, SIN CD, SIN ALMACENAJE, SIN DISTRIBUCIÓN Y SIN INTERMEDIARIOS ENTRE EL AUTOR Y EL CONSUMIDOR. (mas o menos, no lo tomeis al pie de la letra, pero legalmente sería así).

Otra cosa es que la imposición del canon sea legal, pero como lo pagamos ...

BocaDePez
BocaDePez

No es delito descargarse peliculas ni musica de internet. Ha sido dicho por muchos juristas en la radio y en miles de foros. En la ultima directiva europea de copyright se eximia de delito en principio a quien se descargaba material para uso privado. La Brigada de investigación tecnológica ha declarado muchas veces que no hay delito en una descarga p2p mientras no haya ANIMO DE LUCRO (dicho por ellos) y que un usuario p2p no es peligroso en internet como son a lo que ellos se dedican (pedarastia, estafas etc...). Como saben si el disco que yo me descargo de internet no lo tengo adquirido legalmente ya y estoy ejerciendo miu derecho a copia privada? para ver lo que descargo deben monitorizar mi conexión ILEGAL, para ver lo que comparto sino autorizo que se vean mis compartidos al no permitir que se vean cualquier otro medio para verlos es ILEGAL. Ningún juez da la orden de intervenir una conexión al no haber delito y como la misma policia ha dicho una descarga p2p no es delito. Como saben si lo que yo comparto es lo que realmente su nombre indica?Como saben quien es el que realmente usa el internet?o van a meter a ancianos de 90 años y niños de 12 años a la carcel?Sabeis el daño que unas demandas de esa clase contra niños y ancianos haría a la SGAE?por eso no han demandado aún a nadie y como dijo en la campus no tenian intención de momento ya que saben que España no es USA y aquí les puede caer la de dios por todas partes...Perseguir de oficio lo deberia hacer la Policia pero como ellos han declarado descargar no es DELITO por lo que no habra persecución de oficio (logicamente porque un niño de 12 años no es un CRIMINAL). La ley no cambia el tema p2p por eso no hagamos el trabajo sucio a la SGAE y demas vale?

BocaDePez
BocaDePez

hhahahahahahaha si hombre! no tengo yo otra cosa ke hacer ke perserguir a la peña ke anda bajandose canciones de un p2p...jaja es ke me parto.

Y ya lo digo ya pa ke la gente se kede trankila...ke la policía (osease, yo mismo ke pa eso soy madero) no va a ir casa por casa mirando lo ke tienes o no tienes...vamos ke es lo ke me faltaba...con todo lo ke hay ahi fuera y ke tenga ke andar jodiendo la marrana al personal pa ke 4 desgraciaos se llenen los bolsillos...eengaaaaaaaa ya hombreeeeee!!!

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BocaDePez
BocaDePez

Si por bajarme unas cancione o peliculas de internet me puden caer hasta 2 años de carcel, pues esta claro las robo en las grandes superficies que solo me pueden poner una sancion administrativa ( mientras que no pase de 300€ ), que es lo que hacen muchos ladronzuelos que estoy cansado de ver una y otro vez reincidiendo en el mismo delito y no les pasa nada.

Aqeloutro

Si eres policía harás lo que te manden. Está claro que no nos van a encarcelar a todos, porque somos demasiados, pero unas decenas o cientos de multas, y un par de penas de prisión en los casos más bestias y ya verás como baja el P2P. Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

Si por un casual, (aunque e de reconocer que estoy tan saturado del emule que e dejado de descargarme mierdas, perdon por la expresion, lo ultimo han sido capitulos de Spiderman y X-Men) me denunciasen por descargarme mierdas, pienso denunciar a TODO el mundo que yo conozco que se descarga todo tipo de cosas, no solo eso, como por un casual me denuncien voy a sacar un listado de ips que se han bajado cosas de mi pc sin MI permiso y os aseguro que si esto a todo el que le denuncien lo hace saturamos a estos malditos que no se enteran de nada y veran como esa ley del PP se vuelve contra ellos en pocos dias.

Asi que no tengais miedo que españoles somos muchos y politicos muy pocos.

Un ole por el comentario de la policia, siempre en sus cabales y sin tener nada que ver con los descabellados comentarios de los politicos que no tienen ni idea.

¿No creeis?

Saludos a todos.

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

Exacto, aun ke el gobierno cambie de partido, la policia sigue funcionando...ya ke da igual kien gobierne porke la mayoria de nosotros pasa mil de los politicos.

Y no, yo no hago siempre lo ke manda el jefe...para eso ya estan los lameculos de todos los trabajos.

Lo ke pasa kel gobierno intenta acojonar a la peña con esa ley...pero na de na.

La verdad es ke no se va a ir mirando por ahi si la peña lleva en la mochila el ultimo CD de "operacion Truño", es ke vamos la risa...tiene ke ser pirateo a niveles industriales con distribucion y movidas raras.

un saludo peña

PD: la Policia esta para solucionar problemas, no para krearlos.

BocaDePez
BocaDePez

Esta ley es una adecuación que se hizo en su día las directicçvas europeas sobre materia de propiedad intectual. En otros paises ya existen estas leyes y no hay redadas ni asaltos (salvo usa pero ayi no existe el derecho a copia privada). Pensas que la ultima directiva de copyright de Marzo también dispone que en prinicpio no delinque quien se descarga material para uso privado en su casa. Mas importante es lo que dicen los entendidos en la materia en distintos foros y radios y tv y dicen que el tema del p2p no cambia con la nueva ley. El que difundio este mensaje en el diario el mundo solo tenemos que ver que noticias difunde ultimamente valgan 2 ejemplos: -una en la que cita el apocalipsis del 1 de octubre confundiendo los terminos importar, almacenar y exportar que nada tienen que ver con el p2p -El fín de la tarifa plana del adsl cuando el presidente de telefonica solo dijo aumentar el abanico de posiblidades de aaceso con precios mas ajustados al consumo de cada uno donde no se cito en ningun momento el fin d ela tasrifa plana solo que la tarifa plana no seria la unica forma de acceder al adsl....Con esto que os digo que nos están llevando a su terreno al miedo, hay que leer informarse y ver que mientras tu descargues para ti mismo no delinques en ningún momento ya que no tienes animo de lucro y haces uso de tu derecho a copia privada por la que pagas un canón. Y al de los 10 gigas mes colega..Para eso tienen que monitorizar todas las conexiones adsl y rtb de este pais (ilegal sin orden judicial y fuera de toda logica porque seria imposible seguir millonew de conexiones) y ver que se decargan y corroborar que sea de verdad lo que su nombre indica..dejate de fantasmas y vuelve al mundo real.

BocaDePez
BocaDePez

- Será delito llevar a cabo cualquier actividad (como informar, vender equipos o proporcionar el servicio) relacionada con desbloquear un móvil, saltarse una contraseña de acceso a un servicio de pago o compartir el propio acceso doméstico a Internet vía WiFi (Artículo 286). La pena oscilará entre 6 meses a 2 años y las multas de 6 a 24 meses.

Por partes ...., sobre lo de liberar un movil, acaso no puedes hacer lo que te de la gana con algo que es tuyo?, además, después de un determinado tiempo, las operadoras no estan obligadas a liberarte el movil por si te quieres cambiar de compañia?....

Con respecto al acceso doméstico via WiFi, si tienes un portatil en casa, o dos pcs con tarjetas inalambricas, separados por una distancia de X metros, con cables tirados por el suelo, para que los dos ordenadores tengan acceso a internet, será ilegal hacer la misma conexion de ambos pcs a través de una red inalámbrica?, cual es la razón?, que no le dejes conectarse a internet a tu vecino via WiFi?, y tengas que conectarte via cable RJ-45?

Que alguien me explique eso, porque yo no lo entiendo, te compras un movil, y es ilegal su liberalización, no puedes tener una red inalambrica en casa para poder conectarte a internet ...., a este paso ..., también será delito tener una conexión a internet? ...... en fin ...., si alguien lo entiende, que por favor me lo explique, porque yo no entiendo nada ...

josejoa

Ante todo habría que darle las gracias a los votantes del PP que por cierto son muchos en este país, aunque claro hay leyes tan estúpidas e incoherentes que para lo único que sirven es para limpiarse el culo. En fin al tiempo a ver qué pasa, a mi ningún analfabeto digital me va a cambiar mis hábitos por internet que considero normales y muy sanos.

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

Hola compañeros.

Un poco de humor sobre este tema:

Aprende a interpretar correctamente el Código Penal siguiendo la
>lógica aplicada por la industria y que considera que la
>reproducción, distribución y comunicación pública de obras
>intelectuales que te den cualquier beneficio o utilidad es
>delictiva. Para ello practica con este sencillo test...
>
>Siguiendo la interpretación que hace la industria del artículo 270
>del Código Penal, elija cuál es la acción considerada de mayor
>gravedad:
>
>PREGUNTA:
>(a) Alfonso se descarga una canción de Internet.
>(b) Alfonso decide que prefiere el disco original y va a El Corte
>Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por
>llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los
>400 euros.
>RESPUESTA:
>La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos
>años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera
>sería un delito sino una simple falta (art. 623.1 CP).
>
>PREGUNTA:
>(a) Alfonso se descarga una canción de Internet.
>(b) Alfonso va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano,
>se lleva cincuenta compactos por valor global de 1.000 euros.
>RESPUESTA:
>Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un
>delito porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la
>descarga (artículo 234 C.P.).
>
>PREGUNTA:
>(a) Sergio, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga
>una canción de Malena Gracia.
>(b) Sergio, en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche
>devolviéndolo 40 horas después.
>RESPUESTA:
>Sería más grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos
>pena a tenor del artículo 244.1 del Código Penal.
>
>PREGUNTA:
>(a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
>(b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando
>medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su
>integridad física.
>RESPUESTA:
>Es menos grave participar en una pelea que participar en el
>intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene
>una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal) y el
>intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del
>Código Penal). Si algún día te ves
>obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de
>CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda
>opción, que es obviamentemenos reprobable.
>
>PREGUNTA:
>(a) Juan copia la última película de su director favorito de un DVD
>que le presta su secretaria Susana.
>(b) Juan, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo,
>acosa sexualmente a Susana.
>RESPUESTA:
>El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 CP.
>
>PREGUNTA:
>(a) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos
>de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados
>protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
>(b) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos
>de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por
>la pareja.
>RESPUESTA:
>La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a
>menores según el artículo 186 del C.P. La distribución de copias de
>material con copyright sería un delito al existir un lucro
>consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los
>originales cuyas copias han sido objeto de distribución.
>
>PREGUNTA:
>(a) Ramón, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco
>de Andy y Lucas diciéndole que es el "Kill'em All" de Metallica.
>b) Ramón, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA
>en un parque público.
>RESPUESTA:
>La segunda broma sería menos grave a tenor del artículo 630 del
>Código Penal.
>
>PREGUNTA:
>a) Juan fotocopia una página de un libro.
>b) Juan le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a
>ver la película "Los Ángeles de Charlie".
>RESPUESTA:
>La acción más grave desde un punto de vista penal sería la "a"
>puesto que la reproducción, incluso parcial, sería un delito con
>pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los
>puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica,
>serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo
>617 en relación con el 147 del Código Penal.