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Sobreseimiento libre para el caso Emule24horas

alejandrosantos

No constando que los imputados sean quienes introduzcan en Internet el material y contenidos, protegidos por los derechos de propiedad intelectual que es objeto de intercambio ilícito, ni que sean los mismos los que ejecuten dicho intercambio, siendo únicamente los administradores de una página web que en sí no es ilícita, aunque algunos de sus usuarios usen este medio para actos que sí puedan ser considerados como delitos, procede el archivo de la causa al no ser los hechos atribuidos a los imputados constitutivos de delito

Otro caso más para el que hemos tenido que esperar mucho tiempo pero que sigue poniendo de manifiesto lo que el sentido común y la ley ya colocaba dentro de los cauces legales. Se decreta el sobreseimiento libre y el archivo de estas actuaciones, sin perjuicio de las acciones civiles que en su caso, puedan corresponder al perjudicado.

La noticia en Bufet Almeida. En su día, el caso en El Mundo cuando una nota de prensa de la Policía Nacional advertía que había culminado una operación sin precedentes en Europa contra páginas de Internet dedicadas al intercambio ilegal de archivos P2P.

💬 Comentarios

BocaDePez
BocaDePez
1

Amigos, no se puede poner puertas al campo :D

BocaDePez
BocaDePez
-1

sssssssssssssssssssssssssssssssssssssss

Lazar
1

Tomaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa.

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

GEROMAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAA

heffeque
3

Esperamos pacientemente el comentario estrambótico de karmazen con respecto a su visión sobre las descargas por P2P de contenido multimedia con derechos de autor.

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez
1

Yo lo que considero ilícito es que para una canción que pueda estar bien, uno se deba gastar 18€ (3000pesetas), ya que desde hace años sólo hay una canción o 2 si tienes suerte que están bien por CD (siempre hay agradables excepciones, claro).

Yo encuentro mucho peor ese atraco y que encima se quejen de los que no compran su bazofia. En vez de mejorar y reducir precio, gastan más en publicidad, la calidad global de la música va a peor y encima insultan a sus posibles consumidores...

Solo puedo decir: Felicidades por emule24horas :)

makarzur
2

aunque algunos de sus usuarios usen este medio para actos que sí puedan ser considerados como delitos

Pero a los usuarios de P2P se les sigue considerando delincuentes, yo no veo motivo de satisfacción por ningún lado.

🗨️ 11
donkirk

+1

Pnia

Yo creo que ese comentario no dice que toda la gente esté haciendo algo ilegal.

Seguro que se pueden hacer montones y montones de cosas ilegales en las que el P2P es el medio, no dice que usar P2P sea ilegal.

BocaDePez
BocaDePez
1

Buenas, no es que los usuarios de P2P sean delincuante.

Una cosa es que para que la descarga sea delito tiene que concurrir el ánimo de lucro, cosa que al bajarte canciones para tu uso propio no podrían condenarte penalmente(Ya que no hay delito) y otra cosa es que la descarga sea un ilícito civil, todavía no hay resoluciones al efecto. Pero que creo que en cuanto exista la primera demanda en España contra un usuario por descargar a Bisbal mediante Bitorrent se va a entrar a analizar el derecho a copia privada y el pago del canon a la hora de decidir si es o no ILICITO CIVIL.

Por lo tanto, una cosa es que sea o no DELITO(PENALMENTE RELEVANTE= CARCEL) que en la actualidad hay numerosas resoluciones españolas y de Europa que dicen que no es delito diga lo que diga Teddy y Ramoncín y otra cosa es que sea un ILICITO CIVIL(CIVILMENTE RELEVANTE= DINERO QUE LES TIENES QUE PAGAR) de lo cual en españa ni en Europa hay resolución alguna al efecto. Aunque cada vez hay más doctrina científica a favor de que estén amparadas por el derecho a copia privada.

Espero haber sido de Ayuda.

Saludos. Tinguaro González Hernández-Abogado

🗨️ 6
Bodescu

Muy bien explicado, señor abogado.

Por favor, corrijame si es que me equivoco: Para poder emprender un proceso civil, el demandante necesitara demostrar que desde la IP que sea se ha producido una descarga presuntamente ilicita, y que esa IP corresponde a un señor fulano.

No obstante, la resolucion IP- nombre del tipo en cuestion la hara el ISP, y este se negara en base a que no se comete ninguno de los delitos supuestos en la Ley, es decir, al no concurrir delitos de terrorismo, ni estar la seguridad nacional comprometida, por ejemplo.

Luego si el ISP se niega, y con razon segun la UE, y tampoco se puede obtener la IP del usuario desde el propio intercambio, ni desde un servidor trampa, al no poder incitarse a la comision de un ilicito, o al no poder justificar la comision de un ilicito para perseguir otro, y los jueces no estan por la labor de propiciar la llegada del ciudadano de cristal, no queda mas que decir que, salvo confesion expresa de don Fulano, no hay forma de demostrar que desde la IP tal se descarga material protegido.

Yo personalmente lo veo muy negro si quisiera perseguiir un presunto ilicito civil sobre descargas y p2p. Y usted?

Un saludo

🗨️ 5
Lovermaino

Hola bodescu y gracias por tu apreciación.

Lo que dices no está falto de razón y los enlaces que aportas se refieren a la realidad de lo que está sucediendo en Europa con respecto a las IP. Solo se pueden desvelar los datos con motivo de asuntos penales.

En cuanto a la IP en cuando te estás descargando material via P2P, hubo una resolución del Tribunal Supremo muy reciente en la que deja un poco abierto acceder a los datos que hay detrás de una IP, fue en un marco de investigación de un delito de pederastia, pero la conclusión de entrar en la red para descargar contenidos puede y la naturaleza voluntaria de esa puesta a disposición de tu IP, la verdad que inquieta un poco el panrama de los ilícitos civiles. Te dejo el enlace a la noticia e interpretación de la Sentencia de manos de un Abogado experto que la analizó para mi gusto con excelente acierto.Aquí.

Saludos de nuevo.

🗨️ 4
Bodescu

Conozco el supuesto de la puesta a disposicion voluntaria de la IP. Es un poco suigeneris, pero bueno... Aun aceptando esa hipotesis, seguiria siendo inviable la resolucion IP- nombredeltipo, porque aunque la IP se ponga a disposicion de forma voluntaria, la conversion en nombre no puede ser realizado asi como asi.

Por otro lado, sigue pendiente una parte realmente fundamental de la prueba, y es que se descagra uno cnotenido protegido. Y es que aun disponiendo de la IP, no puedo (no debo, que como poder...) analizar el trafico de nuestro don Fulano para comprobar si se esta bajando la ultima de Bisbal (puajjj!!), una copia de Debian, la ultima peli del Chuarcheneger o quiza el mitico España- Malta. Y es que la IP podrá ser un dato publico, pero el flujo de informacion si esta protegido por el secreto de las telecomunicaciones, y ahi no hay como entrar si no es con una orden. Que no tendran, porque no pueden demostrar un indicio razonable de delito, y ningun juez la concedera en contra del derecho fundamental a la intimidad y el secreto de las telecos por una presunta falta/ ilicito.

Asumiendo que haya un juez lo bastante (ponga aqui su calificativo preferido) como para conceder tal orden, hay que montar un dispositivo de seguimiento (con cargo a las arcas publicas, claro) que analice el trafico de don Fulano (si es que no lo ha encriptado, que esa es otra) y determine que hay flujo de datos protegidos por derechos de autor. Ahora ya hay pie a la demanda civil, pero sigue pendiente un pequeño asunto. Quien de entre los cinco miembros de la familia es culpable? Todos? Solo la hija de don Fulano? El titular de la lnea, aunque este este de viaje de larga duracion? Dicho de otro modo... A quien acusamos? Podemos demostrar que tenemos a un candidato a multa inequivoco y completamente culpable?

Y todo esto, para que? Para demandar como en los United, por cifras que marea con pensarlas? Porque aqui, si planean demandar a un internauta por 50.000€ por haberse bajado la ultima de la Chenorra (puajj!!) la llevan clara...

Asi que me da la impresion de que la via civil es larga, compleja, cara y ademas poco atractiva, con lo que se me antoja mas bien inviable.

Perdon por el tocho.

Un saludo

🗨️ 3
Lovermaino
1
🗨️ 2
Bodescu
🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

Exacto, este auto es bastante peligroso.

🗨️ 1
Lovermaino
1

No lo es, pero bueno.

Saludos.

WOPR1
1

Se puede decir mas alto, pero dudo que se pueda decir mas claro.

BocaDePez
BocaDePez

intercambio ilegal de archivos P2P

Esto tiene miga... un intercambio jamas es ilegal salvo que el objeto intercambiado tenga un origen ilegal o la propia naturaleza de la transaccion asi lo sea segun las leyes vigentes (que no es el caso).

Los archivos p2p no se pueden intercambiar ilegalmente. Habria que definir primero que es un archivo p2p, ¿el archivo final? ¿el enlace -ya no es archivo- que lleva al objeto del intercambio? ¿un archivo con informacion donde esta el archivo objeto del intercambio? ¿como saber que es ilegal en el caso que lo fuese? ¿como saber que yo no tengo los derechos adquiridos? ¿como saber que no ejerzo mi derecho a la copia privada vigente en este pais? etc. etc.

Decir intercambio ilegal de archivos P2P es como decir "intercambio ilegal de cuchillos de cocina" porque con los cuchillos se puede matar y son armas blancas, y por tanto si intercambias armas estas haciendo algo ilegal, al igual que si llevas tu cuchillo de cocina a afilar, estas haciendo un intercambio ilegal de armamento con el... Sin comentarios.

El truco de la cuestion es que se criminaliza el hecho de que sea p2p simplemente por ser p2p, y por amor y gracia de unos pocos corruptos y vividores que ven como se les acaba el chollo del engaño al personal.

Si, muchos ya saben esto, pero otros no se paran a pensar lo que leen. Y yo me aburro esta mañana jeje.

BocaDePez
BocaDePez
3

Buenas, no es que los usuarios de P2P sean delincuante.

Una cosa es que para que la descarga sea delito tiene que concurrir el ánimo de lucro, cosa que al bajarte canciones para tu uso propio no podrían condenarte penalmente(Ya que no hay delito) y otra cosa es que la descarga sea un ilícito civil, todavía no hay resoluciones al efecto. Pero que creo que en cuanto exista la primera demanda en España contra un usuario por descargar a Bisbal mediante Bitorrent se va a entrar a analizar el derecho a copia privada y el pago del canon a la hora de decidir si es o no ILICITO CIVIL.

Por lo tanto, una cosa es que sea o no DELITO(PENALMENTE RELEVANTE= CARCEL) que en la actualidad hay numerosas resoluciones españolas y de Europa que dicen que no es delito diga lo que diga Teddy y Ramoncín y otra cosa es que sea un ILICITO CIVIL(CIVILMENTE RELEVANTE= DINERO QUE LES TIENES QUE PAGAR) de lo cual en españa ni en Europa hay resolución alguna al efecto. Aunque cada vez hay más doctrina científica a favor de que estén amparadas por el derecho a copia privada.

Espero haber sido de Ayuda.

Saludos. Tinguaro González Hernández-Abogado