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No creo que tenga que decir nada, porque la noticia no es relativa a derechos de autor de obras (música, libros, películas, etc.), sino a derechos de copia y reproducción de software privativo (aplicaciones, videojuegos, etc.), donde ha quedado demostrado una vez más que el derecho de copia de seguridad existe y es totalmente legal, siempre y cuando dispongas del original.
Manifiesto en defensa de los derechos en Internet
Carta por la Innovación, Creatividad y Acceso al Conocimiento
pues que si no hace falta autorización para copiarse un juego por la regla de tres tampoco para copiarse un libro, un cd etc etc etc... y si lo dice un juez, ajo y agua.
Tan es autor el que hace un juego como el que hace un cd, como el que te hace un tatuaje o el que hace un edificio, lo de los canones estos son un poco.... en fin
Nunca ha hecho falta autorización para hacer una copia de seguridad de un programa de ordenador.
noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/ … t7.html#a100 (párrafo 2 del artículo 100 del Real Decreto Legislativo 1/1996; dicho de otro modo, Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual)
Como siempre, los titulares "manoseando" la realidad. O buscando el titular jugoso.
En esta sentencia se viene a decir que las copias que este hombre hacía eran copias de seguridad, y por tanto, no necesitaba autorización para ello. Por otro lado, lo que los denunciantes denunciaban (valga la redundancia) es que las copias que este señor hacía era para venderlas, pero por lo que se ve no han sido capaces de demostrarlo.
Josh, quiero mi antiguo nick, xavi_super.
lo que los denunciantes denunciaban (valga la redundancia) es que las copias que este señor hacía era para venderlas
La sentencia es clara: No han podido probarlo.
Ahora bien, a mí hay algo que me llama la atención:
"una torre grabadora con la que según parece hacía una copia de seguridad de los juegos originales para su propio uso y para reparar los juegos originales, porque según dijo los mismos se solían estropear con cierta frecuencia"
¿Reparar?
¿Cómo se hace eso? Si el original se estropea, ¿cómo se repara con/desde una copia? 
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Pero, ¿se puede alquilar la copia? Que yo sepa no. Sólo se puede alquilar el original.
Con lo cual cuando el original se estropee, la copia no te sirve de nada porque no puedes regrabar sobre la estampación del original.
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Supongo que puedes alquilar la copia o el original, que mientras no alquiles los dos a la vez no hay problema.
De todos modos, veo el tema un poco en el filo. Siempre he entendido la copia de seguridad en el contexto del uso personal del programa, pero ya cuando se trata de un negocio de alquiler, no sé si el asunto tiene alguna particularidad más.
Luego está el asunto de la protección anticopia. Para poder hacer algunas copias de algunos programas tienes que saltarte la protección, con lo que ya no sé en qué lado de la ley queda la copia. La Ley de Propiedad Intelectual que comenté antes también tiene su apartado dedicado a los sistemas que sirven para saltarse tales protecciones, si los usas con fines comerciales.
Josh, quiero mi antiguo nick, xavi_super.
"una torre grabadora con la que según parece hacía una copia de seguridad de los juegos originales para su propio uso y para reparar los juegos originales, porque según dijo los mismos se solían estropear con cierta frecuencia"
A ver si de repente un CD/DVD estropeado y original traspasa su karma original a una copia de seguridad y desde ese momento la copia de seguridad pasa a ser "original"...
es lo que se me ocurre 
En el fondo, si una copia de seguridad se hace con el fin de no perder esa información por la que has pagado... ¿por qué no va a cumplir esa copia de seguridad el mismo fin que la original si esta última ha pasado a mejor vida?... no sé, por especular 
Por cierto, lo de la torre grabadora, me ha venido a la memoria las grandes redadas contra fabricantes y vendedores de esas máquinas letales; super torres PC con multiples grabadoras amontonadas y precintadas por las fuerzas del orden abriendo los telediarios... como si eso fuera un delito... denuncias y operaciones que se quedaron en eso y nada más.
Saludos.
El que uses la copia cuando se haya estropeado el original, o que la uses desde un principio ... no le veo la diferencia.
Por lo que tengo entendido, si se estropea el original por uso, debes contactar con el distribuidor para que te provea o sustituya por uno nuevo, imagino que a un coste. Eso de utilizar la copia, creo que no se puede cuando se trata de alquilarla.
Luego está también lo que comenta xavi_super acerca de las protecciones anticopia.
No se, lo de copia para uso personal, por colección, está claro. Pero eso de "reparar" ... me pregunto como ha podido "colar" semejante argumento 
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LOGICO, se ha librado por los pelos.
como Add on: (dado que muchos de los de aqui, por BA, no estan contando la verdad)
EL DIA que algún juez entienda que MIENTRAS "se baja" algo en plan p2p, y AUN antes de tenerlo completo, a la vez se esta compartiendo algo que no se tiene, "Ni copia privada", ni copia de seguridad, ni churras en vinagre...(de hecho, eso tampoco autoriza a la generación de muchas copias sin control y su distribución, aunque sea gratuitamente), pero es que EL COLMO es que el 99% de los usuarios de p2p no saben que estan compartiendo simultaneamente a la descarga... y el otro 1%, no se lo dice, ademas de llevar ratios de 5:1 como minimo...
NO SE PUEDE fusilar ninguna obra intelectural, libros, programas, musica, cd´s, dvd´s, ni 10%, ni 15 % ni na, el argumento copia privada colgado de internete para compartir ES un argumento ~ estafa...
el dia que demuestren eso y un juez lo entienda. Tururú.
ASCII+ & ctrl-alt-supr...
Gran sentencia judicial; no hace falta autorización para copia de seguridad de juegos...
Me he encontrado en El Mundo con una noticia que puede ser muy importante
:
Para hacer copias de seguridad de un juego 'no se necesita autorización'
Resumiendo; tras 7 años de proceso judicial (
... 7 años) una sentencia del titular del juzgado de los penal nº3 de Granollers absuelve al propietario de una tienda de alquiler y venta de videojuegos de un delito contra la propiedad intelectual, porque según la sentencia "las copias de seguridad no necesitan autorización de nadie".
Quien esté interesado que lea con detenimiento la sentencia porque no tiene desperdicio (ni el pataleo de la acusación), y es que en el fondo, y lo más importante es que "las copias de seguridad no necesitan autorización de nadie".
Saludos.