Holas.
Recientemente he dejado un piso que compartía con unos compañeros y hemos, a su vez, dado de baja el ADSL que teníamos con ONO. Pues bien, un mes después de aquello nos envían una carta de despedida con un apartado de "Devolución de Equipos" que reza:
"Sólo para clientes del servicio de Televisión con decodificador, Telefonía por Voice Port (equipo situado en la pared de la entrada del cable de su domicilio) o MTA (equipo para el servicio de telefonía e Internet ubicado cerca de su PC o de las tomas de teléfono)." Pasado esto especifican que, si no devolvemos el "equipo" en un plazo de 45 días y por los métodos de envío especificados, nos facturarán 180€ en concepto de indemnización por perdida de "descodificador".
Ahora la pregunta. ¿Entramos nosotros, sólo poseedores de un router wifi, en esa clasificación?, porque en la agencia de transportes a la que remiten en la carta dicen que sólo se hacen cargo de Decodificadores y que el router es en propiedad. Si es así, ¿por qué mandan la carta? ¿Debo preocuparme? Sé que la respuesta parece lógica, pero no quiero llevarme ninguna sorpresa.
Gracias por la ayuda.

