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Acceder a una red privada WiFi gratis, ¿legal o ilegal?

BocaDePez
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Acceder a una red privada WiFi gratis, ¿legal o ilegal?

En los últimos apenas dos años hemos podido advertir la aparición de sistemas de comunicaciones inalámbricas, que permiten el acceso a Internet en entornos mas o menos amplios, y que, en no pocas ocasiones, exceden el ámbito de establecimiento del titular de la red.

La creciente implantación de este sistema de acceso, que permite dotar de una infraestructura de comunicaciones a entornos tanto domésticos como empresariales (hoteles, aeropuertos, cafeterías y universidades) a un coste casi marginal, mueve a la reflexión. Máxime si tenemos en cuenta que buena parte de ellos carece de un nivel de seguridad adecuado.

Esta falta de medidas de seguridad motiva que usuarios de medios técnicos que detectan, en ocasiones sin acción voluntaria, la existencia de una de tales redes, tengan la posibilidad de utilizarla para acceder a Internet (cuando no a la máquina o a la red interna de su titular). Lo plantea el problema de la consideración jurídica que debe darse a la conducta de quien prevaliéndose tales posibles fallos de seguridad por acción u omisión, utiliza parte del ancho de banda única y exclusivamente para fines que no suponen una intromisión en la esfera privada del responsable de la red, y, singularmente, para acceder a Internet.

Quizás la primera consideración respecto de la trascendencia jurídica de quien instala una red inalámbrica que puede rebasar el ámbito doméstico o empresarial en que se encuentra instalada, es que tal conducta, cuanto menos, es carente de la necesaria diligencia, por causarse un daño a tercero, por ejemplo, puede suponer una situación de riesgo, pero en tanto no suceda el hecho lesivo, la conducta debe ser considerada como jurídicamente neutral, y, por otro lado, nunca las victimas son culpables del delito, algo que no hay que perder de vista.

Calificación jurídica

La calificación jurídica que deba darse a la conducta del tercero que accede a Internet utilizado el ancho de banda negligentemente ofrecido por el titular de la red reviste una verdadera complejidad.

Para comenzar hay que distinguir entre dos conductas, diferentes. La del usuario de un aparato que lo conecta en un lugar determinado, tras lo cual éste detecta un punto de acceso no protegido, que emplea. Y de de quien pasea la ciudad buscando activamente la existencia de puntos de acceso no protegido (conducta que se conoce como wardriving), con objeto de utilizarlo para fines igualmente ilegítimos.

Es evidente que quien accede a una red de comunicaciones sin estar autorizado, y con independencia de si la red está protegida o no, y emplea una parte del ancho de banda para su propio beneficio, está realizando una conducta antijurídica. La complejidad es su tipificación.

Consecuencias penales

En el campo penal, es evidente que no nos encontramos ante el supuesto típico del artículo 197.1 del Código Penal, pues la intención tanto de usuario que encuentra el punto de acceso desprotegido, como la de quien activamente lo busca, no persigue conocer los secretos o vulnerar la intimidad de ningún tercero, lo que excluye la aplicación de este tipo. Tampoco parece que nos encontremos en el marco del sub-tipo del delito de desordenes públicos del que trata el artículo 560.1, pues una red de comunicaciones privada, aunque utilice el dominio público (lo que sucede cuando la señal rebasa los límites del edificio y es accesible desde la calle) no es ni una línea o instalación de telecomunicaciones, ni tampoco puede calificarse de servicio público.

Descartados los anteriores tipos, hay que considerar la posibilidad de la conducta en cuestión pueda entrañar la comisión del delito de daños por defraudación de fluido de telecomunicación al que se refiere el artículo 255. Es evidente que el uso no autorizado de parte de la banda de un acceso a Internet puede calificarse de fraudulento, pues hay una apropiación de un servicio ajeno, lo que genera un daño económico, en la fracción que el titular del ancho de banda contrató y paga pero no puede usar precisa y exclusivamente por la acción fraudulenta. Por ello, es defraudatoria la conducta de quien busca activamente el acceso desprotegido, pues está utilizando las telecomunicaciones (la dicción del texto legal no es precisamente afortunada) de las que es titular un tercero y, además, a dicho fin se vale de un mecanismo instalado expresamente para realizar la defraudación (el ordenador en modo de localización de señales wifi y, en su caso, la antena que mejora el resultado de la búsqueda). Ahora bien, en este supuesto la posible exclusión de la tipicidad puede venir impuesta por el hecho de que será bastante dificultoso acreditar que el importe defraudado, es decir el precio de la parte del servicio cuyo uso sólo ha sido posible con el concurso del fraude, y no el perjuicio causado, excede de cuatrocientos euros, dados los precios del servicio del que ilícitamente se está aprovechando.

Más oportunidades ofrece el artículo 256, pues sólo requiere el uso de un terminal de telecomunicaciones sin consentimiento de su titular, y causando a éste un perjuicio superior a cuatrocientos euros. El problema en este caso será, una vez más, probar que el perjuicio excede de 400 Euros, puesto que los restantes requisitos del tipo concurren, es decir la falta de consentimiento y el uso de terminal de telecomunicaciones, que tal es el servidor de comunicaciones del titular, pues el único intermediario entre éste y el exterior.

La evaluación del daño emergente, es decir el causado al propietario del terminal por el ancho de banda utilizado sin autorización, es el camino correcto, pero también de escaso resultado. Al precio actual de los abonos, llegar a acreditar un uso equivalente a 400 Euros puede ser no sólo complejo, sino dificultoso.

Saludos.

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BocaDePez
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Yo si me conecto a una red sin contraseña no estoy haciendo nada ilegal.

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BocaDePez
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si te conectas a la wifi del vecino eres un chorizo, te pongas como te pongas. que ganas tengo de que empiecen a caer denuncias y multas por esto

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BocaDePez
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Y como me localizan?

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Vermu

Una cosa es la dificultad mayor o menor para localizarte, y otra cosa que no sea legal lo que estás haciendo.

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BocaDePez
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badec
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CaReTo

Hombre, es una intrommision a la privacidad y vulneracion de seguridad, pero vamos que si puedo lo seguire haciendo.

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BocaDePez
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lo mismito que dicen los carteristas de mi pueblo: "mientras pueda, lo seguire haciendo"

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BocaDePez
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no tiene ni punto de comparacion. eso lo dices tu que seguro que tienes que pagar porque no tienes ninguna red wifi abierta de ningun vecino.

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BocaDePez
BocaDePez

es exactamente lo mismo, aprovecharse de los descuidos ajenos para sacar tajada

y no tengo una, tengo dos redes a las que podria acceder, 65% y 23% respectivamente de señal. lo que pasa es que algunos hemos tenido un padre y una madre que nos han dado una educacion y si queremos algo lo pagamos de nuestro bolsillo

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BocaDePez
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BocaDePez
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BocaDePez
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anthrax

Por favor, no nos salgamos del tema del hilo ...

BocaDePez
BocaDePez

no se si es legal pero lo que es una animalaa es pagar 40 euros por acceder a informacion simplemente, que es lo que es internet. Creo que es un puto abuso lo que hace telefonica y los que no tenemos ni cable ni tele2 ni na a pagar. A ver si el ayuntamiento de mi pueblo monta el acceso wireless y a la mierda telefonica. :-D :-D

BocaDePez
BocaDePez

Buenas tardes.
Para seguir con el debate...

en el foro de elhacker.net sobre wi-fi todos coinciden que no es ilegal el entrar en una red desprotegida, sin contraseñas ni nada, otra cuestión es usar "artimañas" para reventar claves WEP etc...

Saludos.
;-) ;-) ;-) ;-) ;-) ;-) ;-) ;-) ;-) ;-)

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BocaDePez
BocaDePez

yo hace tiempo vi en varios post que entrar en un red wifi que llega cobertura hasta tu domicilio no era ilegal. Pero lo que si entrañaria delito es " escuchar" y "ver" lo que se transmite por la red a ordenadores distintos a ti.
Decian que era mas un problema moral que legal

Si entras en una red wifi del vecino para ver tu correo mirar cosas en google sin consumir tan apenas ancho de banda, no habia una oposion mayoritaria.
Pero creo que se tendria que especificar y si da lugar mejorar los sistemas de cifrado

BocaDePez
BocaDePez

pues no se en que mirror del elhacker habras entrado, porque en el que he entrado yo me he encontrado con esto:

foro.elhacker.net/privado/privado-t13464…ml;msg673741

en resumen, que a dia de hoy puede no ser sencillo que te pase algo por robar una wifi ajena, pero que ilegal lo es, despues si a uno no le importa ser un sinvergüenza y un chorizo, pues adelante, el siguiente paso es robar al estanquero porque nos parece caro el precio del tabaco