Sobreseimiento provisional para el caso de distribución de cartuchos para Nintendo DS
El Fiscal ha acordado el sobreseimento provisional de una denuncia de Nintendo contra una central de compras de Salamanca -Grupo Movilquick S.L- que distribuía a lo largo de distintas provincias cartuchos para las consolas DS que incorporan una ranura para introducir tarjetas de memoria. Y es que dichas tarjetas pueden servir para almacenar en ellas tanto juegos como cualquier contenido propio, como documentos de texto, música o fotos. Una decisión parecida en su día a la tomada en algunos casos de 'chips' para PlayStation.

(...) deberían modificarse la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley de Propiedad Intelectual, y ya puestos, el Código Penal y la Constitución Española. Es decir, todas aquellas garantías legales que hasta la fecha han impedido la persecución de aquellos que comparten cultura sin ánimo de lucro. Además del principio de presunción de inocencia y el derecho a la libertad de expresión, invocados por el Consejo Constitucional francés para bloquear la Ley Hadopi, a los internautas españoles les asiste el artículo 18 de la Constitución Española, que garantiza el secreto de las comunicaciones salvo resolución judicial. Un derecho éste que no pueden vulnerar ni el Gobierno, ni los titulares de derechos de autor, ni las operadoras de telecomunicaciones