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La reforma del canon contempla gravar las conexiones ADSL domésticas

Joshua Llorach

El PSOE reformará el canon digital en los próximos tres meses, cumpliendo así su parte del acuerdo con el PP para aprobar en el Senado la Ley Sinde. El Gobierno aprovechará esta reforma para ampliar los productos gravados con canon, incluyendo entre ellos la banda ancha.

Según Josep Jover, abogado que consiguió el pasado octubre que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declarará el canon español como indiscriminado, la Directora de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura, reconoció en una reunión que la reforma del canon incluirá una ampliación de los productos que están sujetos y entre ellos estará la banda ancha. Este detalle estaría ya pactado con el resto de partidos que darán su apoyo para que la Ley Sinde salga adelante en el Senado.

Canon ADSL

La información que aparece en la captura de pantalla (tomada de Nación Red) ha sido confirmada personalmente por Josep Jover a bandaancha.eu. También el diario El Economista, en su edición impresa de ayer, respaldaba la misma hipótesis, citando a fuentes de Cultura, aunque sin hacer referencia expresa al ADSL:

Al ser menos los que tendrán que pagar esa tasa (la resolución excluye a empresas y a administraciones públicas) sólo quedan dos opciones: o subir el importe o gravar más dispositivos.

Curiosamente, un día antes de conocerse esta información, la operadoras salian al paso, asegurando que un canon no tiene sentido, puesto que ellas cobran tarifas planas e ingresan lo mismo sin tener en cuenta los contenidos que descarga el usuario.

¿Permite la Ley de Propiedad Intelectual gravar el ADSL?

Jixo de elotrolado.net pone en duda que los servicios de telecomunicaciones puedan gravarse con canon con la actual Ley de Propiedad Intelectual.

El tema no es tan sencillo, sobre todo si la reforma del canon ha de hacerse en los próximos 3 meses como se ha acordado. Actualmente el Gobierno puede modificar mediante orden ministerial el listado de dispositivos y soportes sujetos al canon, así como los importes correspondientes, pero la Ley de Propiedad Intelectual dice claramente que solo podrán ser gravados equipos, aparatos y soportes materiales, excluyéndose por tanto los servicios de telecomunicaciones.

Actualizado