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¿Puede una norma del siglo XIII ser la vacuna contra la Ley Sinde?

alejandrosantos

El conocido abogado David Bravo, autor de 'Copia este Libro', plantea hoy una interesante solución a la denominada "Ley Sinde". Concretamente en la ley 46, título II, partida tercera de la ley de Partidas de Alfonso X el Sabio, que regula la llamada "acción de jactancia", declarada todavía vigente por el Tribunal Supremo en sentencia de 1988. Se trata precisamente aquella que puede interponerse contra aquél que presume de tener un derecho contra ti pero que, paradójicamente, no promueve ninguna acción legal para reivindicarlo. ¿Qué sucedería si las páginas de enlaces interpusieran la acción de jactancia contra la industria de los contenidos antes de la entrada en vigor de la Ley Sinde?

¿En qué consiste?

Nada mejor que acudir a las palabras de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo para entenderlo: "la jurisprudencia de esta sala tiene declarada la vigencia de la tan meritada ley 46 a los efectos que le son propios, que el que se jacta de un derecho lo ejercite en el término que se le fije y que de no hacerlo se le impone perpetuo silencio"

¿Quién conocería el caso?

Los procedimientos judiciales iniciados por la acción de jactancia se sustanciarían en tribunales ordinarios con lo que se estaría obligando a que la industria de contenidos se vea las caras con los mismos jueces que con la Ley Sinde pretenden sortear.

¿Es factible?

Siguiendo el espíritu abierto que David Bravo junto con el también letrado, Javier de la Cueva, plantean en su procedimentos, quieren otorgarle un carácter colaborativo: "Lanzo esta posibilidad al aire, no con objeto de fingirse milagrosa ni exenta de obstáculos prácticos o jurídicos, sino para que entre todos los compañeros la mejoremos, le demos forma y, si la consideramos con visos de prosperar, actuemos en consecuencia liberando un modelo de procedimiento que pueda utilizarse por cualquier ciudadano"

En cualquier caso, y como afirma Carlos Sánchez Almeida, abogado especializado en nuevas tecnologías, "todas aquellas páginas web que estén siendo investigadas en Juzgados de Instrucción, no pueden ser cerradas por una comisión administrativa"

💬 Comentarios

BocaDePez
BocaDePez

esta noticia es un lol

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BocaDePez
BocaDePez

Jejeje... Se ve que el "¿Por qué no te callas?" es típico de la realeza. A ver si las páginas de enlaces se lo sueltan de una vez a las gestoras.

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BocaDePez
BocaDePez

Es lo que tiene el absolutismo. Su voz siempre resuena más.

Ivaner3k

ten en cuenta que el rey estaba puesto en esta ley jajaja fue su tatararararaabuelo quien la puso, así que dijo ¿por qué no te callas? y luego pensó o denuncia si tienes huevos jajajaja.

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BocaDePez
BocaDePez

Alfonso X no era borbon.

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BocaDePez
BocaDePez

Cierto. Merecidamente denominado como "El Sabio". Muy distinto a los de ahora. Esos sí que son "bobones" ;) :D :D

BocaDePez
BocaDePez

El rey estaba puesto...

Que raro...

BocaDePez
BocaDePez

Uhmmm, aunque esta traido con pinzas, tal vez sería viable si se consigue QUE NO SE DEN "por no enterados", procedimiento: una web, o webs informan a la SGAE y al gobierno, ministerio de cultura que van a proceder "a crear" una web, con determinadas caracteristicas, dejando claro que consideran que "estan" dentro de la ly y detallando exahustivamente el sistema "de enlaceS", a lo que se les puede interpelar mediante burofax, dejando constancia que han sido informados. (Ese argumento puede basarse en que "La ley sinde y ese procedimiento", "espera" el momento justo, para hacer mas daño al demandado, cuando eso es contrario a derecho, "si han sido informados" de un posible delito, a su juicio, su deber es "denunciarlo" y no esperar "a ver cuando" me conviene... (aunque con el tema de las patentes en usa hacen precisamente eso...)

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BocaDePez
BocaDePez

add on: evidemente, meditando esa norma, "tiene" muchos inconvenientes: "www.elestadodelderecho.com/default.aspx?…=25&id=223"; efectivamente yo lo veo una intromision en "el derecho a la libertad de expresion", que ellos tambien la tienen, (como que "silencio para siempre?" y al tema de "prescripcion de un delito", este articulo/norma se puede pasar por el forro esos dos temas. *** Pero... (lo de informar a la SGAE y al Ministerio de Cultura de tu web, de su diseño y argumentos legales, puede SER MUY INTERESANTE, puesto que haciendolo mediante "burofaX" el reloj de "prescripcion" empieza a correr, (es una licencia literari), luego la SGAE y El ministerio de Cultura no pueden alegar "desconocimiento" o "daño asociado desde X fecha"... puesto que han sido informados previamente "por el supuesto demandado"... creo que puede diluir los posibles efectos secundarios, resta fuerza a la "posible" demanda tiempo despues... y deja la puerta abierta a esos otros temas...

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BocaDePez
BocaDePez

Silencio para siempre, muy simple. Si tienes derecho a denunciar y no lo haces, algún interés tienes en no denunciar. Si luego lo haces porque ese interés a desaparecido... Te jodes, pues ya sabías que tenías que haber denunciado.

Simil: Te roban en tu trabajo, pongamos 30 mil Euros. Sabes quien es el ladrón, pero te interesa que te siga robando para que aumente la cuantía por la que puedes denunciar y por tanto la pena.

Llega el momento en que dice, vale, te he robado 30mil 1€, y deja de robarte.

Entonces vas y denuncias, oyes, me ha estado robando durante 3 meses, tengo conocimiento desde el primer robo, pero no he querido denunciarlo hasta ahora. Silencio perpetuo. Ya tenías un interés en que te roben y no denunciaste el robo.

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BocaDePez
BocaDePez

COMO VEO, no te has leido el link que te he indicado: [...Constituye, además, una excepción al principio de disponibilidad de la acción no recogida como tal por la LEC (ni la de 18881, ni la vigente de 2000). Mediante la acción de jactancia se pretende que el demandado (jactancioso) sea obligado a ejercer su derecho procesal de acción, en contra del principio general invitus agere nemo cogatur, de acuerdo con el cual nadie puede ser obligado a intentar o proseguir una acción en contra de su voluntad. Afecta, por consiguiente, al tiempo de ejercicio de los derechos subjetivos, incidiendo de esta suerte, oblicuamente, sobre el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 24 CE, hasta el punto de poder verse compelido el titular de un derecho a acudir a la jurisdicción sin que haya sido efectivamente perturbado en su ejercicio. Y es que el derecho a la tutela judicial efectiva es, según su dicción, un derecho, y no un deber, y si se obligara a una parte a que actuara en la forma que pretende la demanda se estaría vulnerando ese derecho, trastocándolo en deber, lo que resulta inadmisible desde el punto de vista constitucional (SAP Valladolid 27-1-1994). Por otro lado, debe advertirse que el plazo de ejercicio de las acciones es el que la Ley marca a cada una de ellas, de manera que su no ejercicio dentro de dicho plazo provocaría la prescripción. Establecer, por vía de la acción de jactancia, un período de tiempo más breve, puede suponer indudablemente una merma de esa tutela judicial efectiva. A todo lo anterior debe añadirse la cuestionable posibilidad actual de una condena al silencio, en relación con la libertad de expresión del artículo 20.1.a CE (SAP Alicante 10-11-1997). En definitiva, la vigencia de la acción de jactancia en el Derecho actual precisa de ciertas aclaraciones jurisprudenciales respecto de las citadas cuestiones controvertidas que plantea; a saber: 1.º La posibilidad de considerarla como un instrumento de tutela del honor, frente a la difamación. 2.º La posibilidad de obligar a alguien a accionar, en cuanto excepción al principio dispositivo. 3.º La posibilidad de modificar judicialmente el plazo legal para el ejercicio de las acciones. 4.º La posibilidad actual de una condena al silencio, en relación con la libertad de expresión del artículo 20.1.a CE. Vanessa García Herrera es Doctora en Derecho y Profesora de Derecho Civil en la Universidad Rey Juan Carlos. Unive Servicio Legal..] *** Como ves, no puedes obligar a un demandante a seguir un proceso judicial contra su volutad, no puede reducir los tiempos de prescripcion de un delito, por que SI, tampoco puedes limitar el derecho a la liberdad de expresion... (una vez al menos)... por tanto. SE puede informar al Ministerio de Cultura de tu web, a la SGAE, mediante bufofac u otro sistema que deje constancia, de esa forma "tal vez" se puede iniciar el contador, pero en ningun caso "solapar" o recortar las leyes actuales, "ESA LEY, en su dia, posiblemente fue creada para los ricos, para los nobles, que cometian tropelias, y querian quedarse de pies"... limita muchos derechos y omite otros temas importantes. Pero la idea permanace... se puede investigar algo parecido, PERO EN NINGUN CASO LITERAL. (y ni caso a la jurisprudencia, mañana llega un juez listillo y se la pasa por el forro...)

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BocaDePez
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Add ON; En otras palabras, "si ponemos" esa ley en el contexto historico, vemos que NO TODO EL mundo tenia ni la formacion ni el poder de iniciar un proceso judicial, hacia falta dinero, conocimientos etc, para ello, por tanto "quien" comete la tropelia y tiene buen nivel adquisitivo, podia "incitar" al "pobre" desgraciado, a quejarse en el momento, o "a callarse para siempre"... Pero, (en la Iglesia, tambien se afirmaba tal cosa, justo antes de casarse... ESO NO EVITA HOY en dia, divorcios y demas, "aunque" en su dia en la iglesia, nadie hubiese abierto el pico... [A mi el tema me ha dado la otra idea, pero asi, "coger" eso a pelo, se trisca como una manuca de articulos imprescindibles hoy en dia...

BocaDePez
BocaDePez

Lo primero, no me rayes con parrafadas de jurisprudencia ni sopladas, ya que si es dificil entender la noticia en sí, más la mierda que me has puesto.

¿O te escribo yo a ti todo esto matematicamente?

Hay que joderse con los de letras, que listos que son.

Y de segundas, yo no soy el tio al que le has puesto ningún link.

¿Y porqué no, de terceras, no puedo entender lo que me salga de los cojones? Aunque el desconocimiento de la ley no exima de su cumplimiento, tampoco estoy obligado a conocerla, ni siquiera a cumplirla.

Tocate los potrokas con el notas este, joder que listo es. Como se nota que la falsocracia en la que vivimos sigue siendo un puñetero régimen absolutista en toda regla.

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Vermu

No he entendido nada.

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Vermu

Podrías ponerme un ejemplo práctico de porqué una ley del siglo XIII va a ser la vacuna contra la Ley Sinde?

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tumerudi
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"Las webs P2P son unas piratas y tenemos derecho legal a pedir su cierre".

Las webs P2P se enfadan por las continuas acusaciones públicas como ésa y piden a los tribunales que los artistas ejerzan su derecho y que sean menos bocazas (la ley de Alfonso X), para que nos entendamos.

En caso de no ejercitar ese derecho del que tanto presumen y con el que se valen para atacar a otros, el tribunal puede decir: "o denuncias o te callas". Que es cuando hablan del perpetuo silencio.

Porque si públicamente no haces nada más que decir que te han robado, señalando con el dedo pero sin llegar a denunciar, el ofendido puede también pedir al tribunal que se le restituya su honor. Algo así ;)

Y una vez sea cosa juzgada, el demandante no podría acudir al órgano administrativo que ha dispuesto el Gobierno para cerrar webs ya que prevalece el tribunal.

Ojo, esto es como lo entiendo yo y explicado con mis pocos conocimientos.

EDITADO: lo he cambiado para adecuarlo mejor.

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marc6

Gracias.

Vermu

Ahora sí lo entendí, gracias.

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Vermu
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Muy clarito, Tume. Asi si me kosko. :P

Asias

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por fin entiendo algo. Gracias !

superllo

Tampoco me he enterado mucho, ya que parece que está escrito en castellano antiguo, pero "creo" que si tú me amenazas (o te jactas) con dennciarme pero al final no lo haces no podrías hacerlo, o algo así: aquella que puede interponerse contra aquél que presume de tener un derecho contra ti pero que, paradójicamente, no promueve ninguna acción legal para reivindicarlo.

Osea: que el que se jacta de un derecho lo ejercite en el término que se le fije y que de no hacerlo se le impone perpetuo silencio.

Aunque ya te digo que parece castellano antiguo.

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BocaDePez
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En el artículo de Almeida lo explica en mejicano: "Demándame si tienes huevos o calla para siempre, hijo de la chingada".

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BocaDePez
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BocaDePez
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alejandrosantos

Ya lo han dicho por arriba con la cita de Almeida, bastante ocurrente ;-DDD Siento no haber sido muy explícito por lo que veo.

BocaDePez
BocaDePez

Otro que tampoco ha entendido

axier

Antes de empezar a leer en serio, solo me ha venido a la cabeza, que esto es jugar con fuego, si le invocas a la SGAE la ley de Partidas de Alfonso X , ya le veo a la Sinde and company, aplicandonos el derecho de pernada mediante decreto ley, y hasta que no salga un juez que diga que no, tenemos que ir a comprar discos duros nuevos, pegaditos a la pared...

Saludos..

P.D Tambien es verdad que siempre nos quedara el recurso de mandar a RWX, que eso de las leyes es lo suyo, y alla se las apañe, o le ganas al tipo, o compras los corchos por cajones...

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BocaDePez
BocaDePez
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Lo que pasa es que el derecho de pernada esta abolido (lo esta, verdad????) y la accion de jactancia no.

Ademas, como se sigan columpiando, puestos a tirar de normativa del año de la pera, me apunto a sacar la guillotina a la plaza.

Empezando, como en su dia, por la realeza, y acabando, como en su dia, por a saber que pobre diablo que simplemente estaba en un mal sitio en el peor momento.

Tirando de norma vetusta, yo diria que el pueblo al final acaba por salirse con la suya. A un precio alto, eso si...

BocaDePez
BocaDePez

Algo parecido es lo que se hizo con lalistadesinde.net/ una serie de webs se apuntaron y enviaron por burofax la lista al ministerio de cultura, industria y a las gestoras para que denunciasen, y aun no han denunciado a ninguna de ellas.

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BocaDePez
BocaDePez

dales tiempo...

BocaDePez
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Gracias por la info

BocaDePez
BocaDePez
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aunque solo sea para equilibrar cosmicamente el barrapuntismo que emana de esta "noticia" ahora en serio, que tal la arqueologia en la sala de lo civil, parecen indiana jones... pero tragarnos su ultima peli con nevera anti bomba nuclear es ya de cachondeo y tal

BocaDePez
BocaDePez
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Offtopic: ¿que le parece esto? "http://bandaancha.eu/articulo/7577/rss-conexion-bandaancha-calibre-ereaders-ebooks-websites-news"- En sencion COLA de enviados.

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BocaDePez
BocaDePez

Me parece que ni tiene que ver con la noticia, ni es el lugar para pedir veladamente que te la publiquen.

Y si a todos los usuarios nos da por comentar cualquier cosa sin relacion con la noticia en si? Tu que crees que sucederia?

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BocaDePez
BocaDePez

¿Me parece que no estaban hablando contigo?, no me hagas mucho caso ehh, "pero YA esta en Articulos Enviados y publicados..., el post esta en programación: "http://bandaancha.eu/tema/1672928/bandaancha-eu-rss-calibre-ebook-for-ereaders-he-programado-esta-receta-leer-news-articulos-ereaders#t1672928", que es distinto de LA NOTICIA: "http://bandaancha.eu/articulo/7577/rss-conexion-bandaancha-calibre-ereaders-ebooks-websites-news", ves ?.. ya nos subes las visitas... ;-); en enlace ya funciona y de hecho la han "linkeado" en otras webs... (rwx tiene un lector ereader, y no tengo/ni me hace falta su mail, por eso la pregunta, puede interesarle esa función, en fin... (sobre lo último, teniendo en cuenta que te has metido en una pregunta entre dos, ¿crees que estas cualificado/a?, o consejos vendo y para mi no tengo...