El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña deniega a la productora y distribuidora Private Media Group la petición para que las operadoras Telefónica, Orange y Jazztel entreguen los datos personales de usuarios que compartieron mediante P2P algunas de sus películas.
El propósito de la productora de películas eróticas y pornográficas, era iniciar una demanda contra los titulares de las IP por infracción de sus derechos de propiedad intelectual.
La empresa alega que "tiene conocimiento de que a través de redes de intercambio de ficheros en Internet se está produciendo un intercambio masivo" de sus películas.
Solicita como diligencia preliminar que se ordene a tres entidades proveedoras de Internet (TELEFONICA DE ESPAÑA, SAU; UNI2 Orange y JAZZ TELECOM SAU) que conserven los datos e identifiquen a los usuarios de determinadas direcciones IP en las horas y días que se indican, con la finalidad de conocer quiénes son […] para poder dirigir contra ellos la correspondiente demanda.
El juzgado en su respuesta "niega que los actos que motivan las diligencias solicitadas hayan sido realizados a escala comercial" y además se vulneraría la Ley de Protección de Datos Personales, por lo que rechaza la petición de requerir a las operadoras la identificación de los abonados.
Probablemente, la ley haya sido vulnerada desde el momento que la productora ha recopilado direcciones IP de usuarios particulares, un dato considerado "personal" y protegido por la LOPD.